826 euros de sanción al dueño de 11 perros por su "situación dantesca" de desatención

826 euros de sanción al dueño de 11 perros por su «situación dantesca» de desatención

3 / 04 / 2018 06:08

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El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5, con sede de Las Palmas de Gran Canaria, ha confirmado la sanción de 826 euros del Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria) al dueño de once perros por no evitar que los canes cogieran la sarna y sufrieran lesiones.

En este sentido, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha desestimado el recurso del hombre contra la sentencia que confirmó la sanción que le había impuesto el Ayuntamiento en 2014 por «desatención, tanto alimenticia como higiénico-sanitaria de sus animales y su mantenimiento en instalaciones inadecuadas para los cuidados que precisan».

Según detalla el fallo de primera instancia ahora confirmado por la Sala, en acusado estaba al cuidado de once perros que se encontraban cuando actuó el Ayuntamiento en «situación dantesca».

«Tanto el policía local que efectuó la denuncia como el veterinario que elaboró el correspondiente informe», dice la resolución judicial.

La misma añade que «se ratificaron en sede judicial en los escritos de lo que fueron autores, efectuando un relato cabal de la situación dantesca en la que se encontraban los canes, advirtiendo circunstancias de insalubridad, desatención, falta de recogida de excrementos, y como consecuencia de todo ello la existencia de cucarachas, moscas, aparición de sarna y lesiones cutáneas en los animales».

Además, según el magistrado Ángel Teba «la ausencia injustificada del recurrente a la práctica de la prueba impidió que, en su caso, se pudieran efectuar preguntas de contraste a los testigos por lo que la credibilidad que cabe predicar de los mismos es máxima y determinante de la acreditación de los hechos sancionados (más allá del estéril debate sobre si el veterinario municipal tiene o no la condición de funcionario público)», subraya la resolución.

Por ello, entiende el magistrado que es «acertada la calificación de los hechos efectuada por la Corporación Local por lo demás sugerida por la Resolución de la Viceconsejera de Administración Pública del Gobierno de Canarias de 31 de julio de 2013».

Y lo mismo «respecto a la graduación, suficientemente motivada, y que se sitúa dentro del arco punitivo del artículo 69 a) de la Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales».

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5, en el plazo de 15 días, que será resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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