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El papel puntual del Senado en el proceso soberanista catalán: Un invitado inesperado

El papel puntual del Senado en el proceso soberanista catalán: Un invitado inesperado
Pleno del Senado donde se votó hoy la enmienda 1911. Senado.
08/4/2018 06:15
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Actualizado: 13/4/2018 01:23
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Con la distancia temporal que requiere una revisión sosegada de los últimos episodios que han marcado la crónica de la política española durante los últimos meses, se hace interesante el poner el ojo en el Senado en sus puntuales apariciones.

Hablamos de una Cámara no pocas veces ninguneada por varios y desconocida por muchos respecto a su utilidad, su necesidad y no pocas veces se ha escuchado aquello de a qué se dedican los senadores con su sueldo “cincomileurista” y qué funciones le dan razón a su existencia, habiendo incluso partidarios de su reforma, cuando no de su supresión, en las filas de algunos partidos y distintos agentes sociales.

Llamada “Cámara de enfriamiento” por Thomas Jefferson o por Manuel Fraga Iribarne, o de “segundas lecturas” en un sistema parlamentario  de bicameralismo asimétrico como es el nuestro, ha sido en esta ocasión cuando se ha demostrado la función cortafuegos  de este órgano constitucional.

Repasando someramente su perfil, es una Cámara de representación territorial (266 miembros) en la que hay un mínimo de 4 senadores por provincia, tres en las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife), una en las demás islas, dos en Ceuta y dos en Melilla y además un senador autonómico por cada autonomía, y uno más por cada millón de habitantes, lo cual dibuja un mapa muy aproximado del territorio por formaciones políticas.

Es además la Cámara alta a la que se le atribuye la secundaria función legislativa y presupuestaria (residual y con los mismos poderes que una Comisión del Congreso gracias a la castración a la que le sometió una sentencia el Tribunal Constitucional).

También desempeña la capacidad política controladora de solicitar información, la presencia o investigación de una persona o la de lanzar temas sobre la reparto de competencias, la organización del Estado… por medio de preguntas e interpelaciones aunque con menos  poderío en rendimiento que en el Congreso, que es ante el que constitucionalmente ha de responder el Gobierno por su gestión.

El panorama funcional del Senado es variado fuera de nuestras fronteras

En EEUU solo hay 100 senadores, 2 por Estado.

El italiano tiene 315, con la peculiaridad de que sus miembros, algunos vitalicios, no pueden tener menos de 40 años.

En estos dos países, además, es el Senado el que reparte el bacalao en comparación con el Senado francés que posee casi las mismas atribuciones que la Asamblea Nacional franca.

Pero, afortunadamente, el escueto artículo 155 de la Constitución (bien desarrollado en el Reglamento del Senado) ha desplegado su genio y despertado del letargo funcional de la institución.

Un procedimiento quasi-virgen (Pues en el 89 Felipe González requirió al Presidente de Canarias aunque no llego a intervenir su autonomía) un cartucho que no se ha gastado desde su compra en el 78. Gracias al precepto, sabemos que se han podido intervenir los poderes de la instrumentalizada Generalitat a tiempo.

En este toma y daca entre el Estado y la rebelde autonomía ha aparecido un invitado tan autorizado como inesperado como es el Senado y resulta que sin ser protagonista ha resultado clave en la trama del espectáculo.

Este eterno suplente, en primera instancia saltó al campo en sustitución del exhausto Gobierno titular tras el gol del referéndum ilegal del 1-O, que más bien parecía un 1-0. Pero empató el partido cuando el 21 del mismo mes Mariano Rajoy inició los trámites previos del art. 155 en que acabarían aprobándose las medidas de intervención el día 27 por mayoría absoluta que darían la remontada, como manda la norma.

Pero el cameo del Senado no queda ahí.

Recordemos que el mismísimo Carles Puigdemont pidió por carta certificada al presidente del Senado comparecer ante dicho órgano, y no a otro, para ofrecer una conferencia sobre el referéndum, solicitud denegada con poco criterio, dado que la audiencia y el diálogo nunca están de más.

Subsanó tiempo después  dicho error el Senado al ofrecer el 27 de octubre de nuevo a Puigdemont la oportunidad de debatir el process en la Comisión del artículo 155.

Esta vez fue el entonces president el que denegó la mano tendida.

Si hubiese en este drama puntos a mejorar echando la vista atrás, estos reveses al dialogo serían algunos ejemplos.

En resumidas cuentas, en este caso, la vieja institución normalmente subordinada al Congreso de los Diputados, ha sorprendido grata y realmente demostrando su utilidad en escenarios tan perniciosamente perjudiciales para el Estado constitucional actual, lo que sin duda consolida, al menos, su papel de salvaguardar la unidad y la garantía de los valores que nos definen.

Desde luego, es inesperadamente destacable este freno de mano o botón rojo del Senado ante situaciones similares, y las que pudieran originarse a nivel ejemplificador, pero ello no quita el amplio margen de mejora al que puede dotarse a esta desaprovechada institución si no queremos convertir un “cementerio de elefantes” solo en un socorrido “cementerio de procesos independentistas”.

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