Es «inapropiado» que un juez ponga públicamente en tela de juicio la imparcialidad de otro juez, según el promotor de la Acción Disciplinaria
Sobre estas líneas, la magistrada Victoria Rosell con el "tuit" que publicó la víspera de la celebración del juicio por el caso Faycán, que presidió Salvador Alba. Confilegal.

Es «inapropiado» que un juez ponga públicamente en tela de juicio la imparcialidad de otro juez, según el promotor de la Acción Disciplinaria

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17/4/2018 06:16
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Actualizado: 18/4/2018 23:03
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Es «inapropiado» que un juez ponga públicamente en tela de juicio la imparcialidad de otro juez y no «excede del límite de la libertad de expresión en los términos que han sido conformados por la jurisprudencia», según el promotor de la Acción Disciplinaria (pAD) del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Ricardo Conde.

En consecuencia, el pAD ha decidido archivar la diligencia informativa, iniciada a raíz de la denuncia presentada por el magistrado Salvador Alba contra su compañera Victoria Rosell, por una supuesta intromisión en su función jurisdiccional y en su independencia judicial.

Un archivo que puede ser recurrido en alzada en el plazo de un mes ante la Comisión Permanente del CGPJ.

El pasado 14 de enero, la víspera de la celebración del juicio por el caso Faycán, un proceso con gran relevancia pública en las islas y que iba a presidir Alba en la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, en cuya Sección Sexta está destinado, Rosell, titular del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria, publicó un «tuit», en su cuenta de la red social Twitter, en la que es muy activa.

En el mismo escribió: «Aquí quería llegar el juez Alba, imputado por 6 delitos. Retrasa su propio juicio con mil maniobras (recusaciones múltiples, querellas) para presidir éste -Faycán-, con demasiada relación con el PP de su gran amigo Soria (2005). Tendría que repetirse. Y lo saben”.

Un «tuit» que su autora ha eliminado de la red, según ha podido comprobar Confilegal.

A raíz del mismo -copia adjunta mediante-, Alba dirigió una denuncia ante el pAD Conde pidiéndole el «cese de la intromisión en la función judicial de este magistrado” y la “incoación de un expediente disciplinario por conducta reiterada y constante de la magistrada denunciada”.

“No se atenta a los derechos fundamentales de quien suscribe sino también a la Administración de Justicia y a la independencia del Poder Judicial, por quien se encuentra en activo como magistrada», afirmó el magistrado en su denuncia.

Según Alba, “como magistrado y presidente del tribunal que debe juzgar el llamado caso Faycán, no puedo ni debo permitir que se atente por una magistrada en activo contra la independencia de este tribunal ni de este magistrado, sembrando dudas sobre su imparcialidad, con afirmaciones falsas e insidiosas, sembrando con ellos entre sus más de 26.000 seguidores [en Twitter] las dudas sobre la imparcialidad e  independencia judicial de quien suscribe”.

En su opinión, la conducta de Rosell encajaba en las conductas contempladas en el artículo 417 y en el 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que eran susceptibles de castigo.

La situación, que calificaba de “auténtico acoso mediático y personal de la señora Rosell Aguilar”, le empujó a solicitar que se adoptaran las medidas necesarias para poner fin a esa situación.

Alba también adjuntó en su denuncia al pAD otro «tuit» que publicó el periodista Carlos Sosa, pareja de la magistrada, en la misma línea y en el mismo día.

Pantallazo del tuit que el periodista publicó el 14 de enero de 2018, a las 20:28, y que el magistrado Salvador Alba adjuntó en su denuncia al promotor de la Acción Disciplinaria, al que ha tenido acceso Confilegal.

Rosell no hizo el «tuit» «como juez sino como parte»

En opinión del pAD, «las manifestaciones vertidas no alcanzan una significación ultrajante u ofensiva».

Y añade que la crítica procesal realizada por Rosell a través de la red social Twitter no la hace «como juez, sino como parte».

Para explicar esta afirmación, afirma que a Alba «No le imputan deficientes actuaciones procesales en su labor jurisdiccional; ni que incumple plazos procesales o que adopta sin fundamento o cobertura legal decisiones judiciales; únicamente parece cuestionarse -implícitamente- la conveniencia de haberse abstenido, divergencia jurídica con una resolución que resultaría legítima».

Por ello, el tuit de Rosell «no reviste los elementos del tipo al que se hizo más arriba mención», de acuerdo con Conde.

Eso sí, el pAD subraya «la inconveniencia que supone este tipo de enfrentamientos públicos entre sus miembros (con apoyo en la libertad de expresión que, con determinadas limitaciones, ostentan) para el propio prestigio y estimación social de la carrera».

«Patata caliente» para el CGPJ

El pAD, finalmente, recuerda a Alba que si lo considera oportuno, ante lo que éste califica de «acoso mediático», puede acudir al mecanismo previsto en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contempla la petición de amparo ante la Comisión Permanente.

Y será esta Comisión -máximo órgano decisorio del CGPJ entre cada Pleno mensual- la que finalmente tiene que dirimir el caso. Y tiene dos posibilidades: ratificar el acuerdo del pAD o enviárselo de vuelta para que aplique una sanción.

En el caso de que eligiera la primera opción, daría por buena la posibilidad de que los jueces, a partir de ahora, puedan poner en tela de juicio pública y directamente la independencia judicial y la imparcialidad de sus compañeros sin esperar consecuencia disciplinaria alguna, como parte de su ejercicio reconocido al derecho de la libertad de opinión y de expresión.

Algo que el presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, nunca ha visto nunca con buenos ojos.

En ese caso, al magistrado afectado le quedaría la posibilidad de recurrir en alzada ante el Pleno del CGPJ, que sería quien tendría que dirimir el asunto.

Una «patata caliente» de libro.

O, como la han llamado otros, una «mina de efecto retardado» de muy difícil desactivación.

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