La juez «pitonisa» tendría que haber tributado a Hacienda y estar dada de alta como autónoma
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03/6/2018 00:15
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Actualizado: 02/8/2018 13:24
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María Jesús García Pérez, de 55 años, la juez «pitonisa» de Lugo, podría ser objeto de una inspección por parte de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social si no hubiera declarado los ingresos extras obtenidos por su actividad económica como echadora de cartas del tarros y adivinadora del futuro.
Una actividad por la que cobraba en líquido entre 15 y 20 euros la hora, supuestamente «en negro».
El epígrafe específico de la Agencia Tributaria para este tipo de actividades es el 881 y comprende a astrólogos así como diversos tipos de terapias habladas, terapias bioenergéticos o con base espiritual.
La magistrada, titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 3 de Lugo negó al diario El Progreso, de esa ciudad, que ejerciera como echadora de cartas o pitonisa. Atribuyó esa actividad a su «empleado de hogar».
Sin embargo, uno de los autores del reportaje se hizo pasar por un cliente y la magistrada García «le predijo el futuro» en una sesión de cartas del tarot en «su céntrica consulta de la Avenida Ramón Ferreiro y le cobró 15 euros por esos servicios esotéricos».
«Primero pregunta por la presentación de la demanda, luego si lo que quiere el cliente es la custodia compartida y más tarde si la otra parte quizá podría haberse inventado ‘algo de malos tratos’ para tener a la Justicia de su mano», cuentan los autores de la información, M.Olarte y J.M. Freire.
«La mecánica consiste en saber el nombre de la persona sobre la que va a adivinar y su signo zodiacal. Lee el tarot primero al cliente, luego a su esposa, después a los niños, también al abogado. E incluso llega a proponer leer el tarot del magistrado que llevará el caso: ‘¿Sabes quién es el juez? Podemos leerle las cartas para saber cómo teva a ir’, explica», relatan.
En la actualidad, el promotor de la Acción Disciplinaria (pAD) del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Ricardo Conde, ha abierto una investigación (diligencias informativas) a la magistrada para determinar si es cierto que ha venido ejerciendo de pitonisa; de constatarlo tendría que aplicársele el régimen disciplinario.
El artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece el régimen de incompatibilidades y de prohibiciones de actividades económicas para jueces. El punto 8 de ese epígrafe es el que se aplicaría a la magistrada: «El cargo de juez o magistrado es incompatible con: 8. Con el ejercicio de toda actividad mercantil, por sí o por otro».
Los jueces, al margen del ejercicio de la judicatura, sólo pueden ejercer la docencia, dar conferencias o publicar libros o artículos. El resto, prácticamente, les está vedado.
Fue el presidente de la Audiencia Provincial de Lugo, José Antonio Varela Agrelo, quien alertado por las noticias de que las actividades extrajudiciales de la magistrada, puso en conocimiento de estas circunstancias a su inmediato superior, Miguel Ángel Cadenas Sorbiera, presidente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Cadenas incoó, por su parte, unas diligencias informativas e informó al pAD del CGPJ, quien a la vista del revuelo mediático, finalmente se ha puesto en marcha.
Entre las funciones jurisdiccionales de la magistrada, desde 2016, se encuentra la de controlar los permisos de libertad de más de mil presos de tres prisiones en Lugo y Ourense, Bonxe, Monterroso y Pereiro de Aguilar.
Los jueces y magistrados tienen un régimen de incompatibilidades muy estricto. Le corresponde a la Comisión Permanente del CGPJ autorizar autorizar actividades extrajudiciales. Sólo son admisibles las de formación y las publicaciones.
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