La sentencia de «la manada», al hilo de la evolución de la sociedad española

Prisión provisional y seguridad jurídica: el caso de "la manada"

29 / 06 / 2018 06:15

En esta noticia se habla de:

Primero, he de decir que, siendo abogado, y no teniendo clientes en este asunto no sé nada como para opinar y que, al contrario, tampoco lo haría dado que nuestro trabajo es contribuir a la acción de la Justicia y no contribuir al espectáculo.

En fin, se puede ver que no estoy nada de acuerdo con los juicios paralelos y con la opinión de gente que sabe de todo y, en realidad no sabe de nada.

Es muy fácil disparar contra los jueces, de hecho, las partes lo solemos hacer.

Pero algo ha pasado aquí, algo tan importante como desenfocado y poco o nada marquetiniano.

Sucede que una pena impuesta por un Tribunal no ha gustado, hasta ahí todo normal. Lo que pasa es que ha provocado manifestaciones en contra y la existencia de ulterior recurso no ha calmado en nada a la gente.

La percepción es que se ha llegado al tope del reproche legal y que la sentencia se puede cambiar un poco, vía recurso, pero que no hay mucho margen, se veía venir el conflicto.

Sucede que, desde 1981, no se reúne la Comisión de Codificación y en las normas penales se han hecho cambios pero sin ningún criterio técnico de dicha comisión, es decir, se han hecho parches políticos parciales en una normativa muy técnica y, luego, pasa lo que pasa.

Que la norma penal, que contiene el reproche de una sociedad a una conducta, no la pena con la dureza que exige esa misma sociedad.

O sea que esa norma penal no refleja el sentir social, y este divorcio entre el pueblo y su clase política lo pagan los jueces que, encima, son los que tienen que hacer Justicia en base a la norma socialmente inadecuada.

Al final el Gobierno reúne a la Comisión de Codificación, y, sus miembros, descubren que, entre ellos, no hay ninguna mujer.

¿Qué mujer era relevante en el mundo jurídico en 1981?

Ninguna o muy pocas, al contrario que hoy en día que hay más mujeres que hombres, y van en aumento.

Pero en 1978 y en 1981 no se veía a la mujer, y no se concebía que una mujer pudiera heredar el trono si había un heredero varón.

De hecho no hubo divorcio hasta 1981, y en el Código Penal, además que era más fácil cometer adulterio por la esposa que por el esposo, que el propio adulterio era delito y había una atenuante para el que pillara a su mujer acostándose con el querido (no al revés): el uxoricidio en vindicta del honor familiar.

La sociedad va evolucionando por sí sola, va rompiendo esquemas, sin que las famosas le sirvan de mucho. De hecho los miembros de la Comisión de Codificación, al ver que no había mujeres entre ellos, pidieron el nombramiento de varias para poder reunirse.

Lo importante es que supieran de Derecho, no respetar una cuota, y las había y muchas.

Quienes hemos tenido compañeras, colegas de profesión, e hijas, no concebimos la minusvaloración de personas que valen tanto o más que nosotros.

Antes que pasar a la horterada del “todos y todas”, sería bueno repasar el Código Penal y tener en cuenta cómo piensa la sociedad española hoy en día.

Como todas las sociedades de nuestro entorno (por ejemplo, Suiza autorizó el sufragio femenino en 1973, y en Gran Bretaña el varón hereda la Corona con prioridad a la mujer) venimos de una sociedad machista muy reciente, incluso actual (de hecho hace poco el “ejemplo” de “la manada” ha provocado el nacimiento de “la manada 2” y otra violación en grupo), no de un país idílico.

La realidad social es la que es y, seamos partidarios del “todos y todas” o no, por Justicia, hay que cambiarla.

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