El TS confirma la rebaja de un año de prisión a uno de los condenados de La Manada por la ley del 'sólo sí es sí
Los miembros de la Manada, en julio de 2016 horas antes de los hechos. El Español.

El TS confirma la rebaja de un año de prisión a uno de los condenados de La Manada por la ley del ‘sólo sí es sí’

4 / 07 / 2024 15:28

Actualizado el 05 / 07 / 2024 10:12

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la rebaja de 15 a 14 años de prisión que fijó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra para uno de los cinco integrantes de ‘La Manada’ condenados por la violación grupal cometida en los sanfermines de 2016, en aplicación de la ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’.

La Sala de lo Penal avala la interpretación que realizó el TSJ de Navarra cuando acordó reducir en un año la pena para uno de los condenados al entender que el Tribunal Supremo en su momento impuso la pena de 15 años por ser «próxima» o «cercana» al mínimo legal vigente entonces, antes de entrar en vigor la ley.

En su sentencia el alto tribunal recuerda los argumentos del tribunal navarro que indicaba que al entrar en vigor la ley, impulsada por el Ministerio de Igualdad cuando estaba al frente del mismo Irene Montero, se rebajó el mínimo legal del delito en 1 año y 3 meses (de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años) y por tanto la pena debía también reducirse puesto que tras la reforma legal quedaba situada dos años por encima del nuevo mínimo legal.

La Sala Segunda, con ponencia del magistrado Julián Sánchez Melgar, considera razonable el criterio expresado por el TSJ de Navarra en tanto que se ajusta a los parámetros que estableció el Pleno de la Sala Segunda cuando abordó la línea a seguir en relación con los asuntos afectados por la nueva ley. En línea con esa doctrina recuerda que resulta esencial respetar el criterio de dosimetría penológica que tomó en consideración el tribunal sentenciador.

«En nuestro caso –señala la Sala– es claro que el Tribunal Supremo situó la pena muy poco por encima de su umbral mínimo. En concreto dijo lo siguiente: Lo que justifica la imposición de una pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercano al mismo».

La Sala analiza los arcos penológicos que estaban establecidos cuando el Supremo resolvió el recurso de casación e indica que impuso una pena 9 meses por encima del mínimo legal de aquel momento.

Esa pena establecida entonces (15 años) es ahora, con la nueva regulación, superior en dos años al mínimo imponible, «luego la nueva ley es más favorable para el acusado porque ha bajado 1 año y 3 meses el umbral mínimo imponible, y mantiene el mismo techo».

LA LEY ES «MÁS FAVORABLE»

El tribunal indica que no hay duda alguna de que la ‘ley del sólo sí es sí’ resulta más favorable que la regulación anterior y buena prueba de ello fue que el propio legislador modificó su inicial conceptuación penológica para elevarla, a la vista de la realidad social y las revisiones que se estaban produciendo.

La sentencia añade que no pueden hacerse diferencias «entre este caso, por más que sea particularmente mediático, y los cientos de casos que han sido analizados por esta Sala Casacional, en donde de forma muy reiterada se ha declarado que el marco penológico instaurado por la nueva Ley Orgánica 10/ 2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, es más beneficioso que la regulación anterior».

Noticias relacionadas:

El Supremo anula la multa de 862.496 euros impuesta por el Tribunal de Cuentas a Vox por sus actividades promocionales

El nombramiento como jueza de paz de su mujer lleva al senador del PSOE Alfonso Carlos Moscoso ante el Supremo

Entró con un machete en la empresa, pero el Supremo tumba el intento de homicidio: no se pueden «releer» las pruebas sin ver al acusado

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas

Que tu empresa te proteja por edad ante un riesgo de salud no es discriminación, según el Supremo

Julián Sánchez Melgar, Rosa Ana Morán, Navarro Sanchís, Ricardo Garrido y Consuelo Madrigal, Premios Puñetas de ACIJUR

Lo último en Tribunales

Juicio anulado

Condenado sin estar presente y sin un solo apoyo: la Audiencia de Madrid anula la sentencia contra un hombre con el 67% de discapacidad

Leticia de la Hoz, directora del Departamento Jurídico IDBO Consultants.

La abogada de Koldo García, Leticia de la Hoz, citada como investigada por la AN el próximo 14 de julio

La Guardia Civil hizo informes sobre las estrategias de defensa desarrolladas por el abogado de Villar Mir

Anticorrupción pide citar como testigos a dos generales de la UCO que avisaron de «presiones» en investigaciones a David Sánchez

synlab

La AN avala 152 despidos en SNB y rechaza que formara grupo laboral con Anapath pese a pertenecer ambas a Eurofins

carrera popular

Las carreras populares también tienen que cumplir con la protección de datos