4 años de cárcel por tener sexo con una mujer semiinconsciente, aturdida y desorientada por culpa del alcohol

4 años de cárcel por tener sexo con una mujer semiinconsciente, aturdida y desorientada por culpa del alcohol

26 / 07 / 2018 06:15

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:23

En esta noticia se habla de:

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de la Comunidad Foral que condenó a 4 años de prisión, por un delito de abuso sexual, a un acusado, M. S. T. T.,  que penetró «sin su conocimiento ni consentimiento» a una mujer que se encontraba «aturdida, desorientada y con tal grado de afectación por la ingesta de bebidas alcohólicas que no era capaz de moverse ni reaccionar».

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN, que ha actuado en funciones de tribunal de apelación, ha ratificado, asimismo, la pena de un año de prisión impuesta por la Audiencia a otro procesado por un delito de abuso sexual, por haber aprovechado el estado de inconsciencia de la víctima para acercar su pene a la boca de esta.

En la conducta de los dos condenados, que deberán indemnizar a la denunciante con 8.000 y 1.500 euros, respectivamente, la Sección Primera de la Audiencia consideró que concurría la atenuante de embriaguez, según ha informado el TSJN.

Los hechos que la Audiencia y el TSJN estiman probados se produjeron la madrugada del 1 de mayo de 2016 en Pamplona.

Los dos inculpados y un tercer hombre estuvieron con la denunciante y dos amigas de esta en dos bares del barrio de San Juan.

Sobre las 4 horas, como la víctima se encontraba mal debido al alcohol ingerido, todos decidieron irse a la vivienda en la que residía uno de los encausados.

Dado que la mujer no se recuperaba, sus amigas la metieron en la ducha, le cambiaron de ropa y la acostaron en la cama del inquilino de la casa. La dejaron durmiendo «en un considerable estado de embriaguez» mientras el resto de hombres y mujeres continuaron bebiendo en la misma habitación.

Entre las 5.30 y las 6 horas, una de las mujeres se marchó, mientras que la otra amiga de la víctima y los tres hombres decidieron acostarse en el suelo.

RELACIONES SEXUALES NO CONSENTIDAS

En un momento dado, los dos acusados, sin el consentimiento de la víctima, la desnudaron y llevaron a cabo los abusos: uno «sacó su pene y lo acercó a la boca» de la mujer; y el otro la penetró vaginalmente.

La víctima denunció los hechos sobre las 6.40 horas en dependencias de la Policía Municipal de Pamplona.

De ahí fue derivada al Complejo Hospitalario de Navarra, donde fue examinada en el servicio de urgencias de ginecología. Sobre las 10.45 horas arrojó un resultado de 0,76 gramos de alcohol por litro de sangre.

La sentencia, dictada el 5 de febrero de este año por la Sección Primera de la Audiencia, fue recurrida por los dos condenados –un tercer acusado resultó absuelto–, mientras que la fiscalía solicitó la confirmación del fallo.

Entre otros motivos, los recurrentes alegaron que no había quedado acreditado que la víctima se hallara en estado de inconsciencia y que, en todo caso, había prestado su consentimiento a las relaciones sexuales.

TASA DE ALCOHOL: 1,5 GRAMOS POR LITRO DE SANGRE

Para la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, las declaraciones de los testigos y de la denunciante fueron corroboradas por la prueba pericial forense, que concluyó que, dada la tasa de alcohol recogida a las 10.40 horas, el índice que podría arrojar en el momento de los abusos rondaría los 1,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

A juicio de los forenses, esto afectaría «a la coordinación, a la desinhibición y a la alteración de la conciencia».

Sobre la inexistencia del consentimiento, la sentencia impugnada concluyó que, debido al «estado de embriaguez e intoxicación etílica» de la mujer en el momento en que se produjeron los abusos, estos se perpetraron «sin el consentimiento de la denunciante», que se hallaba «en un estado de privación de la capacidad suficiente para acceder voluntariamente a los actos de naturaleza sexual de que se trata y para otorgar su consentimiento al efecto».

El TSJN no solo defiende esta valoración de la Audiencia, sino que la califica como «coherente», «fundada» y «argumentada sólidamente».

Para los magistrados, la denunciante «tenía una pérdida o inhibición de sus facultades» en un grado de intensidad «suficiente» para desconocer o desvalorar la relevancia de sus decisiones, al menos en lo que atañe a los impulsos sexuales.

La mujer, según el Tribunal Superior, estaba en una «posición inerme a los requerimientos sexuales» y tenía «prácticamente anulados sus frenos inhibitorios» frente a quienes pretendían aprovecharse de su debilidad, de lo que se deduce que «no prestó consentimiento a la realización de los actos de índole sexual que tuvieron lugar», más bien se trataron de actos sin consentimiento «a la vista del estado de intoxicación etílica en la que se encontraba la víctima».

Noticias relacionadas:

Nace un nuevo sistema de reconocimiento y reparación para las víctimas de abusos sexuales de la Iglesia

200.000 euros de indemnización a un padre separado de su hija durante 11 años por una falsa denuncia de abuso sexual

Un hombre intenta librarse de una condena por abuso sexual alegando «ausencia de lesiones» en la víctima

Un condenado por abuso sexual busca «librarse» de la pena de prisión porque la víctima «tardó mucho en denunciar»

Las denuncias falsas por agresión sexual no quedan impunes: dos mujeres tendrán que pagar 3.000 € al afectado

La prostitución y los abusos sexuales en Madrid aumentan más de un 130% en el último año

Lo último en Tribunales

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo

stradivarius zara despido

Un holding uso datos de dos empresas para despedir a una empleada: el juez condena con 5.000 € por vulneración de la intimidad

Ferrer y Martínez Arrieta compiten por presidir la Sala Penal del TS y Teso y Lucas, por lo Contencioso-Administrativo

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas