El Constitucional rechaza excarcelar a Rull y Turull
El SUP le demanda que se persone en el recurso y no se convierta "en cómplice de un acuerdo político" cuya consumación provocará "una indecente vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad ante la ley de todos los españoles, al honor, y a la presunción de inocencia". Confilegal.

El Constitucional rechaza excarcelar a Rull y Turull

POR UNANIMIDAD
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26/7/2018 17:43
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Actualizado: 26/7/2018 18:04
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado hoy por unanimidad la suspensión de la prisión provisional y sin fianza de los diputados de Junts per Catalunya (Jxcat) y exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull, acordada por el magistrado instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, y confirmada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Ambos están en prisión preventiva por el proceso separatista catalán desde el pasado marzo.

La resolución, cuya ponente ha sido la magistrada Encarnación Roca, rechaza suspender las resoluciones del juez instructor, Pablo Llarena, y de la Sala de Apelaciones del Supremo porque ello podría equivaler a un «otorgamiento anticipado de amparo».

El tribunal de garantías responde así al recurso presentado por los dos procesados por el delito de rebelión contra la situación de prisión provisional, argumentando ante el TC que la medida cautelar de prisión preventiva vulnera su derecho a la libertad, a la representación política y al acceso a cargos públicos. Además, cuestionaban la imparcialidad del juez Llarena.

El TC decidió formar una pieza separada y pedir alegaciones al Ministerio Fiscal y a los solicitantes en amparo.

Respecto al eventual perjuicio producido al derecho de los demandantes a la participación en asuntos públicos, el Constitucional aclara en su auto que «tal limitación se apoya precisamente en su situación de preso preventivo».

Afirma que «por ser objeto de este proceso de amparo, tanto la adecuación a la ley de tal limitación judicialmente acordada como el cumplimiento de un fin legítimo y el examen de proporcionalidad, su resolución anticipada no puede pretenderse en este incidente cautelar, debiendo ser abordada cuando se resuelva sobre el fondo de la queja».

TRASLADADOS DE MADRID A CÁRCELES DE BARCELONA 

Fue el 23 de marzo cuando Llarena decidió enviar de nuevo a prisión preventiva a Turull, Rull, a Carme Forcadell y otros dos exconsellers. Todos ellos ya están en cárceles de la comunidad autónoma de Cataluña.

El pasado 4 de julio el exvicepresidente del Gobierno catalán, Oriol Junqueras; el diputado de JxCat Jordi Sànchez; el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y el exconsejero Raül Romeva ingresaron en la cárcel de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona), tras su paso por las cárceles madrileñas de Estremera y Soto del Real.

Ese mismo día también ingresaron la expresidenta del Parlamento de esta comunidad Carme Forcadell y la exconsejera Dolors Bassa, en la prisión de Puig de les Basses, en Figueres (Gerona), procedentes de Alcalá-Meco, en Madrid.

El pasado 11 de julio llegaron a la cárcel barcelona de Lledoners los exconsejeros catalanes Joaquim Forn, Jordi Turull, y Josep Rull. Eran los últimos presos por esa causa que permanecían en Madrid, en la prisión de Estremera.

LLARENA TAMBIÉN RECHAZÓ LA EXCARCELACIÓN DE FORN

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, rechazó el pasado 10 de julio por cuarta vez la libertad del exconsejero del Interior catalán Joaquim Forn.

Lo hizo en uno de los ocho autos que dictó antes de cerrar la investigación del “procés”. Mantiene la situación de prisión provisional en la que se encuentra Forn desde el pasado 2 de noviembre, de nuevo ante el riesgo de reiteración delictiva y de fuga, atendiendo así a los argumentos del Ministerio Fiscal.

El magistrado explica que la última vez que le denegó la libertad fue el pasado 24 de mayo y le recuerda los argumentos por los que tomó esta decisión tanto él como la Sala de Apelación en el mes de marzo.

Aclara que la única diferencia entre ese momento procesal y el actual es que existe un nuevo Gobierno en Cataluña, presidido por Joaquim Torra, algo que a su juicio “no modifica la evaluación de riesgo” hecho.

Y eso es así porque “no sólo no faltan manifestaciones institucionales que niegan un cambio de método o que se jactan de no renunciar a desarrollar el proceso de secesión iniciado, implementando la república independiente que se declaró, sino por las múltiples opciones de coparticipación que mantiene el propio encausado”.

En lo que respecta al riesgo de fuga, Llarena le recuerda la gravedad de los delitos que se le imputan, que son rebelión, sedición, conspiración a la rebelión y malversación de caudales públicos.

Considera, además, la proximidad del juicio contra los 18 procesados en esta causa que no están huidos como factor a tener en cuenta. Se celebrará entre octubre y noviembre.

Llarena resalta que, aunque Forn se incorporó al Gobierno de Puigdemont apenas tres meses antes de la declaración unilateral de independencia del 27 de octubre del pasado año, el “menosprecio a las decisiones judiciales” no se mide por el tiempo en que se ejerce, sino por la gravedad o el calado de “la desatención”.

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