El Supremo deniega de nuevo la libertad a Forn por riesgo de fuga y reiteración
Joaquim Forn, exconsejero de Interior del gobierno autonómico catalán./ Vilaweb.

El Supremo deniega de nuevo la libertad a Forn por riesgo de fuga y reiteración

El exconsejero alegó, entre otras cosas, que el estado de salud de su madre había empeorado
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13/9/2018 14:26
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Actualizado: 13/9/2018 14:30
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha vuelto a rechazar hoy la puesta en libertad del exconsejero de Interior catalán Joaquim Forn, al entender que persiste el riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

Ese fue el motivo que llevó al instructor del ‘Caso Procés’, Pablo Llarena, a confirmar la situación de prisión preventiva de Forn en la que se encuentra Forn desde el pasado 2 de noviembre después de que fuera procesado por rebelión.

El pasado 10 de julio, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, rechazó por cuarta vez la libertad de este exconsejero catalán, atendiendo a los argumentos del Ministerio Fiscal.

El magistrado señaló en su auto que la anterior vez que le denegó la libertad fue el 24 de mayo y le recordó los argumentos por los que tomó esta decisión tanto él como la Sala de Apelación en el mes de marzo.

Indicó que la única diferencia entre ese momento procesal y el actual es que existe un nuevo Gobierno en Cataluña, presidido por Joaquim Torra, algo que a su juicio “no modifica la evaluación de riesgo” hecho.

Dijo que eso es así porque “no sólo no faltan manifestaciones institucionales que niegan un cambio de método o que se jactan de no renunciar a desarrollar el proceso de secesión iniciado, implementando la república independiente que se declaró, sino por las múltiples opciones de coparticipación que mantiene el propio encausado”.

Respecto al riesgo de fuga, Llarena recordó a Forn la gravedad de los delitos que se le imputan, que son rebelión, sedición, conspiración a la rebelión y malversación de caudales públicos.

Considera que la proximidad del juicio contra los 18 procesados en esta causa que no están huidos como factor a tener en cuenta. La intención de la Sala Segunda del Supremo sería empezar el juicio a finales de diciembre.

Llarena destacó que, aunque Forn se incorporó al Gobierno de Carles Puigdemont apenas tres meses antes de la declaración unilateral de independencia del 27 de octubre del pasado año, el “menosprecio a las decisiones judiciales” no se mide por el tiempo en que se ejerce, sino por la gravedad o el calado de “la desatención”.

LA ÚLTIMA SOLICITUD DE LIBERTAD DE FORN

El pasado 3 de agosto, Forn solicitó al Alto Tribunal que se dejara sin efecto esta medida cautelar o, en su caso, se sustituyera «por otra más próxima a la libertad». Entre otras cosas, alegó que el estado de salud de su madre había empeorado.

El Supremo considera que «no han variado las circunstancias» que ya fueron ponderadas en anteriores resoluciones tanto por el magistrado Llarena como por la Sala de Recursos, y que debe continuar en la cárcel.

Respecto al argumento esgrimido por el separatista acerca del agravamiento del estado de salud de su madre, no es para el Supremo razón para dejar sin efecto la prisión preventiva «por más que haga entendible la afectación emocional que late en el recurso presentado».

El exconsejero también alegó el «padecimiento sufrido» tanto por él como por su entorno más próximo, que supone «un fuerte contrapeso en la balanza que debería equilibrar los intereses protegidos» por la medida de prisión provisional.

En su recurso, rechazó que pretendiese huir, y destacó que si utilizase una «excusa tan miserable para engañar al tribunal y darse a la fuga» «el reproche, la indignidad y la vergüenza caerían sobre el».

EL TC TAMBIÉN RECHAZÓ A FINALES DE JULIO LA LIBERACIÓN DE RULL Y TURULL

El Pleno del Tribunal Constitucional también rechazó el pasado 26 de julio por unanimidad la suspensión de la prisión provisional y sin fianza de los diputados de Jxcat y exconsejeros  Josep Rull y Jordi Turull, acordada por Llarena, y confirmada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Ambos están en prisión preventiva desde el pasado marzo.

La resolución, cuya ponente fue la magistrada Encarnación Roca, rechazó suspender las resoluciones del juez Llarena y de la Sala de Apelaciones del Supremo porque ello podría equivaler a un “otorgamiento anticipado de amparo”.

El tribunal de garantías respondió así al recurso de amparo presentado por los dos procesados por el delito de rebelión contra la situación de prisión provisional, argumentando ante el TC que la medida cautelar de prisión preventiva vulnera su derecho a la libertad, a la representación política y al acceso a cargos públicos. Además, cuestionaban la imparcialidad del instructor del caso.

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