El TSJM mantiene suspendidas las oposiciones a psicólogo militar que Defensa ordenó repetir
Los tatuajes no podrán ser visibles vistiendo el uniforme de las Fuerzas Armadas común para la mujer y el hombre

El TSJM mantiene suspendidas las oposiciones a psicólogo militar que Defensa ordenó repetir

Por excluir inicialmente a dos candidatas con tatuajes visibles si visten uniforme con falda
|
18/9/2018 06:15
|
Actualizado: 17/9/2018 18:34
|

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decidido mantener la suspensión cautelar de la convocatoria realizada por el Ministerio de Defensa para repetir la celebración del proceso de selección de siete aspirantes a militar de carrera, en la especialidad médica de Psicología.

La decisión de la repetición de convocatoria de las pruebas por parte la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio se tomó después de que se readmitiera en el proceso de selección a dos mujeres candidatas que denunciaron que habían sido rechazadas inicialmente por lucir tatuajes que podían ser visibles con uniforme de falda. Esta medida no afectaba a los hombres candidatos, por lo que Defensa decidió modificar las bases y ordenó la repetición de las pruebas.

El auto dictado ahora por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM confirma lo que señaló este órgano el pasado 10 de agosto en cuanto a suspender cautelarmente la repetición de las oposiciones hasta que se resuelva el recurso interpuesto por una de las candidatas que superó las pruebas iniciales alegando que la repetición vulnera sus derechos fundamentales.

El TSJM entiende que la suspensión de los exámenes hasta la resolución definitiva de este recurso no generará perjuicios de relevancia para la Administración, en este caso el Ministerio de Defensa, toda vez que el referido proceso de selección afecta a la incorporación de sólo siete alumnos al Cuerpo Militar de Sanidad.

Sin embargo, argumentan que el perjuicio que supondría para los siete aspirantes aprobados la repetición de las oposiciones es superior al que se causa al Ministerio con la suspensión cautelar.

Concluye el auto subrayando que no se pronuncia sobre el fondo del asunto sino que se limita a rechazar el recurso del Ministerio de Defensa contra esa suspensión cautelar. Además, condena a la Administración al pago de las costas del proceso y concede 30 días para la presentación de recurso de casación.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales