La Sala de lo Contencioso se parte en dos: 15 a favor de que siga pagando el comprador y 13 de que lo hagan los bancos

7 / 11 / 2018 11:50

Actualizado el 24 / 12 / 2018 19:24

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fallado este martes por 15 votos frente a 13 que sean los clientes quienes sigan asumiendo, como hasta ahora, el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y no las entidades bancarias.

El Pleno corrige así a la Sección Segunda, que cambió la jurisprudencia anterior.

Con este fallo quedan desestimados los tres recursos presentados por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra resoluciones anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que fallaron a favor de las entidades bancarias.

Antes de llevarse a cabo la votación final en el Salón de Plenos del Alto Tribunal, se puso sobre la mesa una propuesta anterior, ecléctica, apoyada por el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo y la magistrada Pilar Teso por la cual se asumía la nueva jurisprudencia pero sin efectos de retroactividad.

Esto es, que se aplicara desde este mismo momento en adelante. Sin embargo, dicha propuesta fue tumbada por 17 votos en contra y 11 a favor. Lo que precipitó la votación definitiva, que, aunque mayoritaria, manda un mensaje de división muy negativo a la sociedad.

En síntesis, la cosa se queda como estaba antes de las tres sentencias.

El voto de Díez-Picazo ha sido determinante. Votó el último, cuando el resultado estaba 14 a 13 a favor de que el «statu quo» continuara, es decir que fueran los compradores los que pagaran el IAJD, volcando así definitivamente el asunto del lado de la banca.

En algunos de los magistrados la cara era de desolación. «Nos hemos metido en este lío nosotros solitos. Lo lamentable es que podríamos haberlo evitado», explicó uno de ellos a Confilegal, y no podía tener más razón.

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