La fiscalía española, una institución que reclama medios para gestionar mejor su independencia
Carlota Tarín y Elisa de la Nuez explican lo más importante del estudio. Al lado, el fiscal portugués Mota. En el centro, el fiscal Salvador Viada y a su derecha, la fiscal Escarlata Gutiérrez.

La fiscalía española, una institución que reclama medios para gestionar mejor su independencia

'Fundacion Hay Derecho' en colaboración con el 'Grupo de la Alianza de los Liberales y Demócratas por Europa' (ALDE) han realizado un estudio comparado de esta institución con otros países de nuestro entorno
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16/11/2018 06:15
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Actualizado: 16/11/2018 00:37
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El estudio integral comparado de la fiscalía española con sus colegas italiana, francesa, alemana y portuguesa define a esta institución jurídica débil y falta de medios e inversiones de los poderes públicos.

Es una de las conclusiones del Informe presentado este jueves en Madrid por ‘Fundación Hay Derecho’ en colaboración con el ‘Grupo de la Alianza de los Liberales y Demócratas por Europa’ (ALDE).

En esta presentación han intervenido políticos como Javier Nart, de Ciudadanos, quien tuvo palabras de recuerdo para los fiscales Mena y Villarejo que gestionaron el caso ‘Pujol’ «con ahínco pese al vació de la sociedad catalana».

“La situación de nuestro país es frágil, la justicia quiere ser domesticada por el poder ejecutivo y en esos términos la independencia judicial es inviable”, lamentó Nart.

Por su parte, Ignacio Prendes, portavoz de la formación naranja en la Comisión de Justicia en el Congreso, recordó como en marzo de este año PP y PSOE tumbaron una Propuesta de Ley para dotar de autonomía al Ministerio Público.

“Los fiscales se encuentran en el poder judicial con autonomía funcional pero no son el brazo del Ejecutivo”. Y recordó la necesidad de reformar el Estatuto del Ministerio Fiscal que data de 1982, para adecuar la carerra a los nuevos tiempos.

En dicha proposición de ley, rechazada por mayoría parlamentaria, se hablaba de que el nombramiento del Fiscal General del Estado se hiciera por el poder ejecutivo y el Congreso a la vez, con un mandato mayor en el cargo -de seis años-, para que cuando cesara el Gobierno, el fiscal se mantuviera y de definir ciertos contrapesos desde el Consejo Fiscal, órgano consultivo de la carrera para que el poder del propio Fiscal General tuviera cierto control. También se pedía a los candidatos al puesto una trayectoria profesional de 25 años como juristas de reconocido prestigio en lugar de los 15 que se piden ahora.

Desde el punto de vista de Prendes, la fiscalía vive en estos momentos el reto institucional más importante de los últimos treinta años. Así, alabó el trabajo de los fiscales que llevan ya varios meses gestionando el tema del caso ‘procés’ en Cataluña, de los que destacó su firmeza y convencimiento en el Estado de Derecho. “Parece evidente que el futuro de la democracia en este país pasar por como se gestione este asunto”, apuntó.

Fiscales que opinan

En esta jornada sobre el papel de la fiscalía, también escuchamos las opiniones de dos fiscales. Uno veterano, Salvador Viada, destinado en el Tribunal Supremo y otra, Escarlata Gutiérrez que trabaja como fiscal adjunta  a las Secciones contra la criminalidad informática y de delitos económicos en Fiscalía Provincial de Ciudad Real.

Pese a la diferencia generacional, ambos profesionales señalaron la precariedad de medios y falta de inversiones en la carrera fiscal en los últimos veinte años. A continuación, el fiscal portugués Jose Luis López de la Mota, explicó cómo funciona la fiscalía en ese país vecino.

Viada señaló que la trayectoria histórica en nuestro país hasta la llegada de la Constitucion Española fue la vinculación del Ministerio Público al ejecutivo. “Con la aprobación de la Constitución de 1978 se modifica algo el estatus quo y la fiscalía pasa a estar bajo el poder judicial, con cierta independencia”.

Sin embargo, el Fiscal General del Estado es nombrado y cesado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial y previa valoración de su idoneidad por la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados. Intervienen, pues, en su nombramiento los tres poderes del Estado.

A su juicio, «resulta fundamental que este alto cargo tenga una serie de contrapesos en su actividad para que su poder no sea onnímodo. Ni siquiera el Consejo Fiscal es un contrapeso en estos momentos”, aseveró.

Por su parte, Escarlata Gutiérrez, fiscal ‘de trinchera’ con ya seis años experiencia, subrayo la necesidad de dotar de más medios a la carrera fiscal para que sean realmente eficaces en su actividad profesional. “En Europa hay 11 fiscales por cada 100.000 habitantes, cantidad que en España es solo de 5, lo que hace que en estas circunstancias la carga de trabajo sea muy elevada”.

En su opinión, el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se reformó en 2015 «habría que derogarlo necesariamente porque lejos de agilizar las causas las complica mucho hasta su archivo».

Gutiérrez pidió públicamente que se trabaje más la comunicación institucional en la sociedad española y se haga pedagogía de lo que hacen los fiscales. Y apuntó unos datos del CIS correspondientes al año 2011 que indicaban que la profesión de fiscal era la menos valorada por los españoles, por debajo incluso de policías y jueces.

“Tenemos que comunicar mejor lo que hacemos para que nos conozca mejor la sociedad”, apostilló.

Un estudio integral 

Respecto al estudio, que fue presentado por Elisa de la Nuez y Carlota Tarin de la ‘Fundación Hay Derecho’, señalar que se ha realizado «de forma integral para poder conocer la fortaleza de nuestras instituciones».

De hecho hace ya un par de años elaboraron otro similar sobre el Tribunal de Cuentas español.

Sobre las recomendaciones que contiene el Informe destaca mejorar el nombramiento del Fiscal General del Estado y la necesidad que tenga contrapoderes para evitar un excesivo poder. «Se trata de apostar por la gobernanza institucional». También se pide un sistema de evaluación del rendimiento objetivo para que la promoción interna de los fiscales esté basada en la meritocracia.

En el informe se menciona también la necesidad de autonomía presupuestaria para dotar de medios técnicos y humanos a la propia carrera fiscal. “En este aspecto como en cualquier otra institución pública es fundamental la transparencia y la rendición de cuentas”, destacó De la Nuez.

Se indica, además, que debe haber especial cuidado con las relaciones con el poder ejecutivo y sus instrucciones particulares, en especial. Y se recoge la relevancia de la cultura institucional. Las normas no escritas del respeto a la autonomía e imparcialidad del Ministerio Fiscal.

Cuestiones comparadas

Entre los temas que analiza este informe en relación a Italia, Francia, Alemania y Portugal está el principio de unidad del Poder Judicial, como un único cuerpo. Esta situación se observa en Italia y Francia, mientras que en Alemania y Portugal son cuerpos diferentes.

Respecto a las funciones que realiza el fiscal en estos cinco países, en todos ellos se ocupan de la persecución de delitos y de ser acusación, intervienen en la ejecución de las sentencias y realizan otras funciones, además de la pena, como puede ser proteger a menores u a otros colectivos. En cuanto a la instrucción del proceso penal en Francia y España no se realiza como sí sucede en Alemania, Portugal e Italia.

Sobre la dotación prespuestaria, este documento señala que salvo Italia, que tiene un presupuesto conjunto con el sistema judicial, los otros cuatro países, con España incluido dependen del Ministerio de Justicia.

En cuanto al nombramiento del Fiscal General del Estado, cada país tiene una forma de hacerlo. Portugal lo hace desde el presidente de la República a petición del Gobierno por una duración de seis años. En España le corresponde al Gobierno tras consultar con el CGPJ y tener la idoneidad del Parlamento, por cuatro años. En Alemania depende del Lander, pero recae en el ministro de Justicia ratificado por el Senado. Igualmente el periodo es por cuatro años.

Se da la circunstancia que en Italia no existe esta figura ni asimilado.

Tampoco existe en Francia aunque sí hay una cúpula llamada ‘fuera de jerarquía’. Cuentan, además, con la figura del Procurador General ante el Tribunal de Casación y los Procuradores Generales ante los Tribunales de Apelación que son nombrados por el presidente de la República oído el Consejo Superior de la Magistratura, sin duración determinada.

En 2014, el número de causas gestionadas por un fiscal de Alemania fueron 875,  en España de 1.569, Francia ascendió a 2.605 e Italia con 1.587.

Y en cuanto al gasto en Justicia por país y lo que se invierte en la propia fiscalía, los datos de mayo del 2018 señalan que en Italia se invierte 73 euros, de ellos 49 van al sistema judicial y los otros 24 a la fiscalía. En Francia, el total es de 64 euros y la proporción es de 52 frente a 12.

En el caso de Portugal hablamos de un total de 52 euros de los cuales 43 van al sistema judicial y 9 a la fiscalía. España, de un total de 77 euros, destina 6 a la carrera fiscal.

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