Los delitos cometidos por el asesino de los abogados de Atocha, Carlos García Juliá, podrían haber prescrito
Carlos García Juliá, en una foto de los años 80.

Los delitos cometidos por el asesino de los abogados de Atocha, Carlos García Juliá, podrían haber prescrito

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07/12/2018 14:02
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Actualizado: 07/12/2018 14:43
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Los dos delitos, tanto el de asesinato de los 5 abogados de Atocha, como el de quebramiento de condena, cometido por el ultraderechista fugado, Carlos García Juliá, de 63 años, podrían haber prescrito.

Si fuera extraditado a España desde Brasil, casi con toda seguridad podría ser un hombre libre.

Varios juristas consultados por Confilegal, coinciden sobre este aserto.

«García Juliá fue condenado en 1980 a 193 años de prisión por el asesinato de los abogados de Atocha en 1977, que tenía un cumplimiento máximo de 20 años. Se fugó en 1994. Desde entonces hasta ahora han pasado 24 años. La prescripción para los delitos de asesinato es de 20 años. Y para el quebrantamiento de condena, 5 años. La máxima es que el Estado perdona cuando ha ocurrido el paso del tiempo. Es un caso similar, en este sentido, al de Javier Anastasio, implicado en el crimen de los marqueses de Urquijo. Por lo tanto, podrían haber prescrito», explican.

Sin embargo, la cosa no es del todo pacífica.

De acuerdo con otras fuentes consultadas, la prescripción es de 25 años, de acuerdo con el vigente Código Penal. El fugado huyó hace 24 años, por lo tanto no se habría producido tal prescripción.

García Juliá fue detenido ayer en Sao Paulo por la Policía Federal de Brasil en cumplimiento de la orden internacional de detención y entrega que España emitió a su fuga, en 1994.

Durante estos 24 años ha vivido bajo una identidad oculta en Chile, Argentina, Venezuela y Brasil.

Cuando se fugó había cumplido 17 años de la condena que le impuso la Audiencia Nacional en 1980.

Sea como fuere, ahora le corresponde a la Sección de Ejecutorias de la Audiencia Nacional ha dado traslado a la Fiscalía para que emita informe sobre la vigencia de la orden y se pronuncie sobre si procede su entrega a España.

Una vez el Ministerio Público emita su dictamen, la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el tribunal que le sentenció, tendría que emitir un auto en el que solicite formalmente a Brasil que entregue al penado, o no.

 

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