Artur Mas condenado a 2 años de inhabilitación por la consulta del 9N

Mas estará inhabilitado hasta el 23 de febrero de 2020 por el 9-N

Rigau no podrá ejercer hasta el próximo 23 de julio y Ortega hasta el 23 de octubre

5 / 02 / 2019 16:10

Actualizado el 01 / 03 / 2019 14:09

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha fijado que las condenas de inhabilitación para cargo público del expresidente de la Generalitat Artur Mas y las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau por impulsar la consulta ilegal del 9N empiecen a contar desde el pasado 23 de enero, cuando el Tribunal Supremo dictó la sentencia firme.

Así lo ha acordado el tribunal de la Sala Civil y Penal del TSJCat en un auto de ejecución de la condena.

Además, requiere a Mas, Ortega y a Rigau el pago de las multas impuestas: 36.000 euros para Mas, 30.000 para Ortega y 24.000 euros en el caso de Rigau.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña concluyó el 13 de marzo del 2017 que Mas y las exconsejeras Ortega y Rigau desobedecieron “consciente y deliberadamente” el mandato del Tribunal Constitucional al mantener esta consulta sobre la independencia, pese a la orden de suspenderla.

El TSJCat había condenado a Mas a  dos años de inhabilitación, a Ortega a un año y nueve meses, y a Rigau a un año y seis meses.

Los condenados presentaron un recurso de casación ante el Supremo contra esta sentencia en los que invocaron sus derechos constitucionales a la participación en asuntos públicos y a la libertad ideológica y de expresión en busca de su absolución.

La vista de los recursos en el Supremo se celebró el pasado 7 de noviembre.

El fiscal Jaime Moreno calificó lo ocurrido el 9-N, por tratarse de una convocatoria que fue prohibida por el Tribunal Constitucional, de “desafío a la legalidad”, y recordó que Mas afirmó ante los medios de comunicación que el “responsable” de la consulta era él y su gobierno.

El tribunal de la Sala Segunda del Supremo estimó en parte los recursos de casación interpuestos por las defensas y rebajó las penas de inhabilitación impuestas por el TSJCat.

El pasado 17 de diciembre se avanzó el fallo y se dictó el pasado de 23 de enero.

El Supremo condenó a Mas a una inhabilitación de un año y un mes para ejercer cargos públicos, por lo que estará inhabilitado hasta el 23 de febrero de 2020. Igualó su pena a la que se impuso al exconsejero Francesc Homs.

Rigau, que fue sentenciada a seis meses, no podrá ejercer hasta el próximo 23 julio y Ortega, condenada a 9 meses, hasta el 23 de octubre.

Lo que no tocó el Supremo fueron las multas, que se confirmaron en 36.000 euros para Mas, 30.000 para Ortega y 24.000 en el caso de Rigau.

TAMBIÉN HAN SIDO CONDENADOS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS A PAGAR 4,9 MILLONES

Por esta consulta ilegal de 2014, Artur Mas y 9 exmiembros de su Govern, entre ellos los exconsejeros Homs, Rigau y Ortega, también han sido condenados por el Tribunal de Cuentas a pagar 4,9 millones de euros por su responsabilidad contable en el desembolso del dinero que gastó la Generalitat de Cataluña en organizarla y celebrarla.  

El Tribunal de Cuentas los considera responsables contables, así como a Luis Bertrán Saura, Josefina Valls, Jaume Domingo Planas, Ignaci Genovés, Jordi Vilajoana y Teresa Prohias.

Deberán hacer frente al pago de forma conjunta y solidaria.

Mas se le hace responsable de los 4.946.788,16 euros y al resto se les ha imputado importes en función de su papel en el 9-N.

Este procedimiento se abrió a raíz de una denuncia presentada por ‘Societat Civil Catalana’ y la ‘Asociación de Abogados Catalanes por la Constitución’ por considerar que, aunque Mas y tres exconsejeros ya fueron condenados por desobedecer al Tribunal Constitucional al organizar aquella consulta, no les exime de su responsabilidad contable por el uso irregular de dinero público.

La defensa de Mas, Ortega y otros de los condenados recurrieron en apelación esta sentencia ante el Tribunal de Cuentas.

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