Una "lotera" y su marido se enfrentan a 2 años de prisión por quedarse con un décimo premiado con 100.000 euros

La Audiencia de Alicante condena a seis meses de prisión a un jefe de cocina por acosar a una subordinada

Sometió a la trabajadora a un trato degradante con comentarios y gestos que la avergonzaron y humillaron

11 / 03 / 2019 13:55

En esta noticia se habla de:

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a seis meses de prisión a un jefe de cocina por un delito de acoso laboral cometido sobre una compañera de trabajo que era su subordinada.

La sala, que confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Alicante, considera que la víctima, una ayudante de limpieza y de cocina, fue avergonzada y humillada por el condenado cuando coincidieron trabajando en las cocinas de un colegio de Alicante.

La mujer trabajó en el colegio en 2016 con un contrato temporal

La mujer trabajó en el colegio donde sucedieron los hechos entre abril y junio de 2016 con un contrato temporal. En una ocasión su jefe se dirigió a ella y le dijo «mírame el plátano», en referencia a la fruta que se había colocado a la altura de los genitales.

Ya en el mes de junio, aprovechó que la mujer había entrado en el cuarto donde guardaban los objetos de limpieza para sujetar la puerta e impedir que saliera mientras le decía desde fuera «…te ponía fina filipina, que estás muy buena».

Tres días después, cuando la trabajadora llevaba un carro con las bandejas, el cocinero le dio un guantazo en el cuello. Según relata la sentencia, que recurrió el condenado y que ahora confirma el tribunal, todos estos episodios humillaron y avergonzaron a la mujer.

En su recurso, el cocinero relacionó los hechos con «bromas de mal gusto»

En su recurso, el cocinero relacionó los hechos con «bromas de mal gusto» y con un «comportamiento inadecuado, desconsiderado, grosero, maleducado o irrespetuoso», pero no con un delito de acoso.

Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia alicantina argumenta en el fallo que «la repetición o permanencia de los tratos humillantes dispensados por el recurrente» deben calificarse como acoso.

Noticias relacionadas:

Opinión | El fiscal que acusa lo que antes archivó: variaciones sobre un arte sofista muy antiguo

3.000 euros de sanción de un detective que fotografío a una trabajadora de baja médica en su balcón

Acepta casi 11 años de prisión por injurias, acoso y amenazas a abogados, jueces y policías en Vigo

El Tribunal General de la Unión Europea confirma la amonestación del Parlamento Europeo a Bauzá por acoso

Bolaños considera «sorprendente» la apertura del juicio oral contra el hermano de Sánchez sin la valoración de la Audiencia Provincial

La presunta estafadora de Moto GP vuelve a conseguir posponer uno de sus juicios: «se ríe hasta de los jueces»

Lo último en Tribunales

Zapatero en la AN

Zapatero pide la nulidad total del caso y acusa a la Fiscalía de construir la investigación con pruebas ilícitas; el juez no es el predeterminado por la ley

jacobo teijelo abogado santos cerdán

El abogado de Santos Cerdán admite haber cobrado 125.000 euros del PSOE y reuniones junto a Leire Díez con la Fiscalía

Plus-Ultra

Calama ordena investigar las filtraciones del caso Plus Ultra por su posible relevancia penal

Ábalos derecho al a última palabra

Ábalos pedirá la nulidad de la sentencia del Supremo porque asegura que su condena estaba «predeterminada»

BRECHA DE DATOS

La AEPD multa con 500.000 euros a una entidad financiera por la falta de medios para detectar brechas