Francesco Arcuri, expareja de Juana Rivas, está ‘satisfecho’ con la resolución italiana que le da la custodia de sus hijos
Arcuri tiene la custodia provisional de los niños desde agosto de 2017. Foto: EP

Francesco Arcuri, expareja de Juana Rivas, está ‘satisfecho’ con la resolución italiana que le da la custodia de sus hijos

siente "algún recelo" respecto a los desplazamientos que los menores puedan hacer a España, pero reconoce que son "muy restrictivos a la hora de poder plantearlos"
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21/3/2019 09:16
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Actualizado: 21/3/2019 09:41
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Francesco Arcuri, expareja de Juana Rivas, ha manifestado su «satisfacción» después de que el Tribunal de Cagliari le haya concedido la custodia de los dos hijos que tienen en común.

En una resolución del 14 de marzo, conocida ayer, el juez que ha llevado el proceso penal en primera instancia en la Primera Sección Civil del Tribunal de Cagliari (Ignazio Tamponi, presidente de la Prima Sezione Cuivile) ha decidido que la custodia de los menores vaya a parar en exclusiva a él.

Rivas tendrá que pagar 300 euros al mes, 150 euros por niño, en concepto de manutención; además de asumir el 50% de los gastos extraordinarios previamente acordados y documentados.

Los menores podrán pasar cada año el periodo comprendido entre el final de la escuela y la primera mitad del mes de agosto cerca de su madre en España, así como las vacaciones de Navidad alternadas con el padre. La sentencia desgrana cómo debe llevarse a cabo el régimen de visitas en los distintos periodos.

Con respecto al régimen de visitas ordinarias, la madre podrá reunirse con sus hijos durante el fin de semana en Italia y un fin de semana de cada cinco podrán estar con ella en España o donde resida en ese momento.

Juana Rivas ha anunciado que la recurrirá para intentar que los niños puedan vivir con ella en España.

La defensa del italiano ha indicado que Arcuri siente «algún recelo» respecto a estos desplazamientos que los menores puedan hacer a España, si bien reconoce que son «muy restrictivos a la hora de poder plantearlos».

El equipo jurídico de Arcuri, que en España está representado por el letrado Enrique Zambrano, ha hecho hincapié también en las medidas respecto a la madre, después de que la psicóloga del caso haya reclamado que sea «sometida a tratamiento al menos una vez en semana y monitorizada desde Italia al menos cada dos meses».

Por su parte, la abogada de Rivas en Italia, María Eugenia Álvarez, ha señalado que, aunque la sentencia no ha resultado como esperaban, «no se ha retirado la patria potestad» a la madre y se le permite llevarse a los niños a España en determinados periodos, «como verano y Navidad».

«Que se los dejen llevar a España es un logro, a diferencia de lo que han hecho los jueces españoles», ha manifestado la letrada, en alusión al proceso penal en el que ha sido condenada por sustracción de menores a cinco años de prisión y seis sin la patria potestad de los niños.

LA AUDIENCIA DE GRANADA HA RATIFICADO LA CONDENA DE 5 AÑOS DE CÁRCEL

Esta resolución escasos días después de que la Audiencia Provincial de Granada haya confirmado esta pena para Rivas, a la que fue sentenciada por el juez Manuel Piñar, titular del Juzgado Penal 1 de Granada, el pasado 18 de julio, después de que en el verano de 2017 Rivas permaneciera un mes en paradero desconocido con los niños, de cinco y doce años, incumpliendo las resoluciones que le obligaban a entregárselos al padre, al que acusa de malos tratos.

Juana Rivas durante el juicio en el Juzgado Penal 1 de Granada, celebrado el pasado 18 de julio, después de que uno de los abogados la dejara sin defensa.

Una vez que se los entregó, los niños han vivido desde agosto de 2017 con él en la isla de Carloforte, donde tienen fijada su residencia habitual. 

La sentencia dictada en España también condena a Rivas a ser privada de la patria potestad durante un periodo de seis años y deberá indemnizar a su expareja con 12.000 euros por daño moral.

El tribunal estima parcialmente el recurso de Rivas en lo referido a esta indemnización. El juez Piñar le había impuesto 30.000 euros.

El fallo fue aportado al Tribunal de Cagliari por parte de la defensa de Arcuri en Italia.

Rivas ha anunciado que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Hará “todo lo posible” por estar con sus hijos y agotará todas las vías para no entrar en prisión, ha dicho su defensa.

El Tribunal de Cagliari celebró el pasado 21 de febrero la última vista del proceso civil para decidir sobre la custodia de los pequeños y tanto Juana Rivas como el padre solicitaron la custodia exclusiva.

Para poder tomar una decisión, el tribunal contaba, entre otros informes, con el de la perito designada para el caso, la cual mantuvo 32 entrevistas con los menores y sus padres en diferentes modalidades, tanto juntos como por separado, incluyendo varios careos entre los progenitores.

También con profesores, pediatras y profesionales que han estado en contacto con los menores en Maracena (Granada).

La perito expuso que la madre tiene una «gran capacidad de manipulación contra los niños» y que el mayor de ellos ha optado por «aliarse» con ella al «considerarla más frágil».

Sostenía que Rivas «se encuentra en un estado de profundo desequilibrio emocional y que a menudo ha demostrado que no se adhiere correctamente a la realidad, manipulándola».

Esta experta estimó que «el comportamiento maternal es perjudicial» para los niños y agregó que durante las entrevistas Juana Rivas «relató episodios que existen, de acuerdo a la comparación con el resto de involucrados, solo en su mente», proponiendo que la custodia fuera para el padre.

‘LO APORTADO NO ACREDITA EL MALTRATO NI HACIA ELLA NI HACIA LOS MENORES’

En el juicio en el Juzgado de lo Penal 1 de Granada, Rivas alegó que se fue en mayo de 2016 con sus dos hijos de la isla de Carloforte (Italia) porque “no quería vivir más” bajo “las torturas” de su expareja y que, ya en España, no le entregó a los niños, pese a conocer las resoluciones judiciales que le obligaban a ello, porque estaban “escapando del maltrato” y quería protegerlos.

El magistrado advirtió durante la vista oral que ésta no era una causa de malos tratos, pero sí hizo referencia a este asunto en su sentencia.

El juez Piñar sostiene en la sentencia que a lo largo del procedimiento Rivas ha aportado comunicaciones e informes periciales que no acreditan el maltrato ni hacia ella ni hacia los menores, mientras que los peritos que han actuado en la causa sí lo han descartado. También concluyeron que la restitución de los niños al contexto paterno no suponía “un grave peligro para su integridad física o psíquica”.

Tampoco da credibilidad a la denuncia que Rivas presentó por malos tratos en julio de 2016 en Granada, que ha sido remitida a Italia, “porque ningún jurado ha declarado la veracidad de los mismos”.

El juez advierte que “predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia, e incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio” es “una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos como el honor o el de presunción de inocencia”.

Argumenta que esto conlleva daños, “no solo de tipo de moral, en cuanto que se ha atacado la dignidad y honor de la persona y su imagen, sino también de naturaleza económica incuantificable, pues la sensibilidad social que hay sobre la lacra del maltrato, ha llevado a muchas personas a aislar al maltratador convicto; a señalarlo y rehuirlo a la hora de una oferta de trabajo, de un negocio y de muchos otros aspectos de la vida social”.

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