Revés para RTVE: La AN ordena entregar la Relación de Puestos de Trabajo a los sindicatos

Revés para RTVE: La AN ordena entregar la Relación de Puestos de Trabajo a los sindicatos

3 / 04 / 2019 06:15

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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado parcialmente la demanda de conflicto colectivo interpuesta por el sindicato CGT, a la que se han adherido otros sindicatos, y que obliga a la dirección de RTVE a entregar a la representación legal de los trabajadores una Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

El sindicato CGT considera que esta sentencia, que considera una «importantísima» victoria les da «una base jurídica para denunciar la contratación a dedo, sea de trabajadores o de directivos».

La Corporación ha anunciado que recurrirá la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo.

De este modo, declara la obligación de la Corporación de RTVE S.A. de entregar a la representación legal de los trabajadores la relación de puestos de trabajo, que comprenderá al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional y las retribuciones complementarias.

El tribunal añade que esta RPT debe ajustarse a lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, pues «forma parte de la transparencia».

TRANSPARENCIA

La sentencia señala que sí son aplicables los principios de acceso al empleo público en las sociedades mercantiles que forman parte del sector público.

«Está sin duda justificado que así sea, pues de otro modo se abriría una ingente posibilidad de contratación discrecional de personal, con todos los riesgos que ello conlleva, en sociedades que por mucho que actúen sujetas al derecho privado y ello no en todos los ámbitos, están participadas total o mayoritariamente por la Administración, es decir, que han sido constituidas con recursos públicos», añade.

Concretamente, considera que el Estatuto sí incluye a todo el sector público a efectos de la aplicación de determinadas normas, como son las relativas a código de conducta, principios éticos, principios de conducta, principios rectores del acceso al empleo público y personas con discapacidad.

En un comunicado, la Corporación subraya que la sentencia acoge la argumentación de RTVE y estima que ésta «cumplió la obligación del deber de información a la Representación Legal de los Trabajadores recogido en artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores».

Sin embargo, no comparte que sea aplicable a RTVE el artículo de 74 del Estatuto Básico «por el que considera que existe la obligación de RTVE de establecer una Relación de Puestos de Trabajo».

«RTVE no comparte esta última argumentación y va a proceder a recurrir la Sentencia en casación ante el Tribunal Supremo», añade. EP.

 

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