La Audiencia de Madrid absuelve al alcalde de Hoyo de Manzanares (PP) de desobediencia y usurpación de funciones

La Audiencia de Madrid absuelve al alcalde de Hoyo de Manzanares (PP) de desobediencia y usurpación de funciones

Estima el recurso presentado por el regidor, José Ramón Regueiras, contra la sentencia que lo condenó a dos años de cárcel el pasado octubre

25 / 04 / 2019 15:43

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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al alcalde del municipio madrileño de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras (PP), y al letrado municipal, Francisco Javier Cardona, de los presuntos delitos de desobediencia y usurpación de funciones públicas, por los que fueron condenados a dos años de cárcel el pasado 8 de octubre por el Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid.

El tribunal de la Sección 16 ha estimado sendos recursos de apelación presentados por ambos contra esta condena y la ha revocado.

Contra esta sentencia no cabe recurso.

La firman los magistrados Miguel Hidalgo Abia, David Cubero Flores y Pilar Alhambra Pérez. El ponente ha sido Hidalgo, presidente de la Sala.

En las elecciones locales de 27 de mayo de 2007 en la localidad de Hoyo de Manzanares salió elegido el Partido Popular con cuatro concejales.

Como consecuencia del resultado y pactos con otros partidos en junio fue proclamado alcalde José Antonio Antolínez Sousa, del PP.

El 28 de enero de 2008Regueiras, que era concejal del Partido Independiente Popular de Hoyo, y con el apoyo del PSOE e IU, urdieron una moción de censura contra el regidor. 

La votación se produjo el 28 de enero de 2008. No prosperó tras equivocarse en el voto una concejal del Partido Independiente de Hoyo de Manzanares, María del Carmen Martínez Torralba. Según se hizo constar en el acta votó «no«, y acto seguido pidió perdón, diciendo de forma reiterada , .

El resultado fue seis votos a favor de la moción de censura y cinco en contra, por lo que no se había obtenido la mayoría absoluta de siete votos que se exigía para que prosperase.

Ello, pese a que la citada concejal insistió en que había cometido un error y que su intención era votar a favor. Sin embargo, el alcalde presidente y el secretario del Ayuntamiento manifestaron que no se podía votar otra vez y que no se rectificaba el referido resultado.

José Ramón Regueiras García presentó el 31 de enero de 2008 un recurso de reposición contra ese acuerdo del pleno. Pidió la rectificación del error material producido, la anulación de dicho acuerdo y que se reconociera su derecho a ser proclamado alcalde. 

El 9 de febrero siete concejales –tres del Partido Independiente de Hoyo de manzanares, dos del PSOE y dos de Izquierda Unida- reclamaron la celebración de una sesión extraordinaria del pleno para debatir si procedía la admisión de ese recurso de Regueiras García.

El pleno se celebro el 10 de marzo, el recurso se estimó entendiendo que el voto de la concejal había sido a favor de la moción, nombró nuevo alcalde a Regueiras Garcíacesando en el cargo Antolínez Sousa.

En paralelo, el 28 de marzo de 2008 dos concejales del PSOE, María del Pilar Bermejo Martínez y Julián Carrasco Olmo, presentaron una demanda contencioso administrativa para la protección de los derechos fundamentales contra el resultado de la votación celebrada por el pleno de la moción de 28 de enero de 2008.

En enero de 2009, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 14 de Madrid estimó dicho recurso, considerando que se había producido un error por parte de la citada concejal en el momento de emitir su voto y anuló el cómputo de su voto como negativo y la proclamación del resultado de dicha votación.

En cumplimiento de la resolución, en mayo de 2009 se celebró un pleno en el que se realizó el recuento de los votos emitidos computándose el de la concejal como favorable y se procedió a la proclamación de Regueiras como alcalde.

La representación procesal del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares presentó en junio de 2009 un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 14 de Madrid, demanda que fue turnada a la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que lo estimó y revocó la sentencia de instancia, confirmando el resultado de la votación de la moción de censura debatida.

El TSJM concluyó que «no se había infringido el derecho fundamental invocado al computar como negativo el voto de la concejal».

Pese a ello, José Ramón Regueiras García no quiso entregar la alcaldía e «hizo caso omiso de la sentencia del TSJM y a cuantos requerimientos se le hicieron en tal sentido y, con ánimo de perpetuarse ilícitamente en el cargo de alcalde del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, continuó ejerciendo» hasta la siguientes elecciones locales, de 22 de mayo de 2011, y «al cobijo del artificio jurídico que había diseñado Cardona Ayuso».

Antolínez Sousa envió en noviembre de 2010 varios escritos al Ayuntamiento, el 7 día y el 14, exigiendo el cumplimento de la sentencia dictada por el TSJM, «sin que tales requerimientos siquiera fueran contestados por la Corporación Local».

En octubre de 2018, el Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid sentenció a dos años de prisión al alcalde de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras, por un delito de desobediencia y un delito de usurpación de funciones públicas por no devolver su cargo a su predecesor, también del PP, tras aquella moción de censura cuya votación no tuvo validez jurídica.

Estos presentaron un recurso contra la condena, que ha estimado la Audiencia de Madrid este mes revocándola.

En las elecciones autonómicas de 2011, Regueiras rompió el pacto con PSOE e IU y se presentó por el PP ganando las elecciones con mayoría absoluta.

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