‘El chicle’, condenado a cinco años de cárcel por intentar agredir sexualmente a una joven en Boiro (A Coruña)
José Enrique Abuín Gey tiene pendiente el juicio por el asesinato, la agresión sexual y la detención ilegal, y en el Juzgado número 2 de Noia también hay una instrucción abierta por otro presunto atentado contra la integridad sexual de la hermana gemela de su mujer.

‘El chicle’, condenado a cinco años de cárcel por intentar agredir sexualmente a una joven en Boiro (A Coruña)

El tribunal determina que su intención era "meterla en el coche y trasladarla a algún lugar para satisfacer su ánimo libidinoso"
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30/4/2019 14:52
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Actualizado: 28/10/2019 08:56
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La Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a cinco años y un mes de prisión a José Enrique Abuín Gey, alias ‘El chicle’, por los delitos de detención ilegal consumado y agresión sexual en grado de tentativa, de los que fue víctima una joven en Boiro, unos hechos ocurridos el 25 de diciembre de 2017.

El tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña también le considera a culpable de un delito leve de lesiones por el que le ha impuesto una multa de 600 euros.

Además, le prohibe acercarse a menos de medio kilómetro de la víctima, así como a su domicilio, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 10 años.

‘El chicle’ deberá abonar a la joven 11.546 euros por incapacidad temporal y secuelas y al Sergas 1.120 euros, más la cantidad que se determine en fase de ejecución de sentencia en concepto de gastos de asistencia psicológica que se presten a la afectada.

La sentencia, con fecha de ayer, está firmada por los magistrados José Gómez Rey, César González Castro y Jorge Cid Carballo, que ha sido el ponente. 

La Fiscalía pedía 15 años y 10 meses de prisión y el abono de una indemnización de 15.750 euros, o alternativamente, 12 años y diez meses.

La identificación y detención de ‘El chicle’ por este caso desencadenó el desenlace de la desaparición de Diana Quer, ocurrida más de un año antes en un municipio cercano, A Pobra, y que había permanecido sin resolver durante 500 días.

Todavía no hay fecha para el juicio a Alabuín por el asesinato de Diana Quer.

En el Juzgado número 2 de Noia también hay una instrucción abierta por otro presunto atentado contra la integridad sexual de la hermana gemela de su mujer, cuando ésta era menor de edad. 

LA VÍCTIMA SIGUE EN TRATAMIENTO Y TIENE PESADILLAS CON LOS HECHOS

Tras la agresión, la víctima tuvo que recibir tratamiento hospitalario para sus lesiones y asistencia psicológica, con la que continúa en la actualidad.

Asimismo, dijo en el juicio que sigue tomando tratamiento ansiolítico y que tiene pesadillas con los hechos.

“Me despierto cada dos horas, con cada ruido, y tengo que levantarme para ver si las puertas o las ventanas están bien cerradas”, contó.

LA SENTENCIA, AL DETALLE

El tribunal afirma que ‘El chicle’ «buscó desde un principio y consiguió» privar a la denunciante «de su libertad ambulatoria», y determina que su intención era «meterla en el coche y trasladarla a algún lugar para satisfacer su ánimo libidinoso».

«No se le ocurre a este tribunal ninguna otra alternativa. Su intención no era la de apoderarse de su dinero o del móvil. Lo que pretendía era coger el teléfono de la víctima para que no pudiera pedir ayuda», señalan los magistrados, rechazando la argumentación que en el juicio dio ‘El chicle’, que alegó que únicamente trató de robarle.

El tribunal recuerda que José Enrique Abuín Gey «rechazó» el dinero que le ofrecía la víctima y concluyen que «si hubiera querido robarle no tenía necesidad alguna de introducirla en el coche».

“El ataque sorpresivo a una mujer joven, de noche, en una zona poco transitada y el intento reiterado de encerrarla en el maletero del vehículo nos llevan a inferir, como única hipótesis verosímil, que trataba de trasladarla a un lugar más seguro para poder abusar sexualmente de ella”, indica.

Para el tribunal, “el que no lo haya podido materializar se debió, sin duda, a la entereza de la víctima, que se resistió como pudo a la agresión sufrida”, y a la ayuda de los dos jóvenes que, “al acudir en auxilio de aquella, obligaron al acusado a huir del lugar del crimen sin logar su objetivo último”.

En los fundamentos de derecho de la sentencia, los magistrados recuerdan que los hechos que se enjuician ocurrieron el día 25 de diciembre de 2017 y se desarrollaron en un lapso temporal que se prolongó entre 10 y 15 minutos.

“Se juzga al acusado por lo que hizo y tenía intención de hacer ese día. No se le juzga por los hechos ocurridos en el año 2005 en el partido judicial de Noia, ni por los ocurridos en agosto de 2016 en el partido judicial de Ribeira, a los que se ha referido el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación y que se han tratado de introducir a lo largo del proceso por distintas vías. Tales hechos no solo no son objeto del presente procedimiento, sino que se encuentran en fase de investigación y ni siquiera han sido juzgados”, aclaran.

El tribunal también indica que el fin de prevención de la pena, o la “ejemplaridad” de las condenas, “no se cumple imponiendo penas desmesuradamente altas en relación con el delito que se juzga, o tratando de sancionar penalmente más conductas que las realmente cometidas”.

Afirma que los jueces y tribunales deben aplicar la norma “sin estridencias, sin exhibicionismo y con rigor” y ello porque “no solo así lo exigen los derechos fundamentales del acusado, sino también porque así lo requiere una sociedad democrática que se fundamenta en valores tan básicos como son la libertad o la seguridad jurídica”.

En opinión del tribunal, “ese rigor debería ser exigible no solo a los jueces y tribunales, sino también a los restantes operadores jurídicos, porque los efectos perversos que produce esa falta de rigor son el de transmitir a la sociedad una falsa imagen de impunidad y el de socavar la confianza de esta en los tribunales de Justicia”.

LA FISCALÍA PIDE PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE PARA ‘EL CHICLE’ POR EL ASESINATO DE DIANA QUER

El juez instructor de Ribeira Félix Isaac Alonso ha concluido recientemente la instrucción del ‘caso Diana Quer’, y ha dado traslado de la documentación a la Audiencia Provincial de A Coruña, que deberá ahora fijar la fecha del juicio.

La joven madrileña Diana Quer desapareció el 22 de agosto del 2016.

La Fiscalía ha pedido prisión permanente revisable para José Enrique Abuín por el secuestro, agresión sexual y asesinato de Diana Quer.

Esta joven madrileña desapareció mientras regresaba a la casa de veraneo de su madre desde las fiestas de A Pobra, en las que había estado aquella noche.

Tras 16 meses de búsqueda e incertidumbre, ‘el Chicle’ confesó ser responsable de su muerte.

Ya que Enrique Abuín había sido sospechoso en el caso de Diana Quer y dado el paralelismo con el suceso de Boiro, fue formalmente acusado de la desaparición de la joven madrileña tras su detención por el caso de Boiro, lo que finalmente llevó a los agentes hasta su cadáver, en un pozo de la parroquia de Asados, el 31 de diciembre de 2017.

El juzgado decretó prisión provisional para Enrique Abuín el 1 de enero de 2018.

El pasado mayo, ‘el chicle’ cambió su versión de los hechos  y dijo ante el juez de instrucción que “estranguló” a la joven “involuntariamente”.

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