La Audiencia de A Coruña fija en 18 años el tiempo mínimo de condena que debe cumplir 'el chicle' para acceder al tercer grado

La Audiencia de A Coruña fija en 18 años el tiempo mínimo de condena que debe cumplir ‘el chicle’ para acceder al tercer grado

La condena por abordar a una joven en Boiro con la intención de agredirla sexualmente se acumula a la de prisión permanente revisable

19 / 02 / 2021 16:58

La Audiencia Provincial de A Coruña ha acordado que la condena de cinco años de prisión a José Enrique Abuín Gey, conocido como ‘el chicle’, por abordar a una joven en Boiro en diciembre de 2017 con la intención de agredirla sexualmente se acumule a la de prisión permanente revisable por el asesinato de Diana Quer en 2016.

En un auto, con fecha de este jueves, la Sección Sexta establece que la pena resultante de dicha acumulación sea la de prisión permanente revisable, de modo que se computan los plazos como si solo hubiese sido sentenciado a esta pena.

De esta manera, para acceder al tercer grado el tiempo mínimo de cumplimiento será de 18 años y de 25 años para solicitar la revisión de la condena y pedir una posible libertad.

Así lo ha fijado el tribunal, presidido por Ángel Pantin Reigada, en un auto contra el que cabe recurso de casación.

El magistrado, en esta resolución correspondiente al trámite de ejecutorias, también se pronuncia sobre una tercera condena por unos hechos sucedidos en 2007, por los que ‘el chicle’ está condenado a dos años y medio de prisión.

En este sentido, explica que esta pena ha de cumplirse por separado, sin perjuicio de la eventual refundición de dicha condena con la resultante de la acumulación.

Debido que los hechos fueron cometidos antes de abordar a la joven de Boiro, la condena no puede ser acumulada a la de prisión permanente revisable. Sobre el cumplimiento de esta pena deberá decidir Instituciones Penitenciarias.

El Supremo confirmó en noviembre de 2020 la condena a prisión permanente revisable para ‘el chicle’ por el asesinato de Diana Quer en el verano de 2016 en A Pobra do Caramiñal (A Coruña), así como a 4 años y un día de prisión por un delito de detención ilegal y un delito de agresión sexual, en concurso medial. 

La Sala de lo Penal desestimó íntegramente el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que confirmó a su vez la dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña.

Diana Quer desapareció el 22 de agosto de 2016, cuando regresaba a su casa de veraneo caminando desde las fiestas de la localidad coruñesa de A Pobra. Tenía 18 años.

Tras 16 meses de búsqueda, el 29 de diciembre de 2017 fue detenido José Enrique Abuín Gey, vecino de Rianxo (A Coruña), por otro hecho delictivo y confesó ser el responsable de su muerte.

Y es que a finales de diciembre, una joven de la vecina localidad de Boiro (A Coruña) denunció haber sido víctima de un intento de rapto y agresión sexual y señaló a Enrique Abuín como el responsable, que fue juzgado y condenado por ello a cinco años y un mes de prisión por los delitos de detención ilegal consumado y agresión sexual en grado de tentativa.

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