Los políticos independentistas presos piden quedar libres tras ser elegidos el 28-A para ejercer de parlamentarios
Junqueras, Sànchez, Rull y Turull han logrado escaño en el Congreso y Romeva en el Senado.

Los políticos independentistas presos piden quedar libres tras ser elegidos el 28-A para ejercer de parlamentarios

Quieren suspender el juicio mientras el Congreso da permiso para seguir procediendo penalmente contra ellos
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08/5/2019 10:18
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Actualizado: 08/5/2019 17:24
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Las defensas de los cinco políticos en prisión preventiva por el proceso independentista que obtuvieron escaño en los comicios del 28 de abril –Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva- han presentado sendos escritos hoy ante el tribunal que les juzga en el Supremo solicitando la libertad «para ejercer con plenitud» las responsabilidades derivadas de su nueva condición.

Cuatro de ellos han obtenido escaño en el Congreso de los Diputados: el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras, por ERC y el exlíder de la ANC Jordi Sánchez y los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull, por Junts per Catalunya, mientras que el exconsejero de Exteriores Raül Romeva, ha logrado escaño en el Senado.

Piden también al Supremo que solicite permiso formal a las Cámaras para poder seguirles juzgando y que se suspenda el juicio mientras éste se tramita.

Así lo han manifestado a las puertas del Supremo el abogado Jordi Pina, defensa de Jordi Sánchez, Josep Rull, y Jordi Turull; y el letrado Andreu Van Den Eynde, que representa a Oriol Junqueras y a Raül Romeva.

El tribunal enjuiciador del ‘caso procés’, de izquierda a derecha: Andrés Palomo, Luciano Varela, Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena (presidente y ponente), Juan Ramón Verdugo, Antonio del Moral y Ana María Ferrer.

La suspensión de la vista no se pide expresamente en los escritos, si bien esta vendría derivada de la tramitación del suplicatorio en las Cortes que se constituyen el próximo día 21 de mayo.

Argumentan que la libertad es fundamental para que sus defendidos puedan ejercer sus derechos políticos, no sólo para jurar o prometer el cargo en dicha jornada, sino para ejercerlo plenamente a lo largo de la legislatura.

En el texto piden que puedan quedar libres y que «la modificación de la situación personal que el Tribunal pueda determinar debería permitir que los parlamentarios acudan a las sedes del Congreso y el Senado y a todas sus sesiones plenarias».

Además, indican que los dos líderes de ERC deberían poder «desarrollar las tareas que les son propias, manteniendo reuniones dentro del grupo parlamentario, ruedas de prensa y entrevistas, así como todads aquellas tareas vinculadas a su estatuto».

Por ello, argumentan que es imprescindible que queden libres hasta la sentencia.

Dicen que se debe tener en cuenta «la valoración de alternativas de aseguramiento personal que no impliquen prisión provisional se impone como necesaria en un Estado democrático».

Para Pina, abogado de Sànchez, Rull y Turull, «la tramitación del suplicatorio no sólo suspende la tramitación de la causa penal, sino que también obliga a revisar y dejar sin efecto las medidas cautelares que puedan limitar o condicionar el ejercicio del cargo, especialmente las que afecten a la libertad personal».

En su escrito, señala que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional se refiere a la inmunidad parlamentaria, de forma genérica, respecto de posibles «procesos penales» que se puedan dirigir frente a los miembros de las Cámaras.

La petición también se fundamenta en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (artículos de 750 a 756) que según esta parte incluye una previsión específica respecto al procedimiento a seguir contra diputados o senadores que son proclamados electos «después de haber sido procesados», como es el caso.

«Este precepto no solo confirmaría la tesis de la extensión de la inmunidad a lo largo de todo el proceso judicial sino también la existencia de una obligación del Tribunal de poner en conocimiento de las Cámaras la existencia de una causa penal que pueda afectar a un diputado o senador electo», añade.

El abogado de Junqueras y de Romeva, Andreu Van Den Eynde, señala en su escrito que la situación de privación de libertad viola la Constitución Española. Considera que bloquea el libre ejercicio de la actividad parlamentaria de los dos cargos electos.

Alude a la Carta Magna y asegura que los diputados tienen «el derecho a la participación política directamente o a través de representantes», así como «el acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad». 

También considera que la  jurisprudencia constitucional avala el «derecho de acceso a cargos públicos representativos incluido en el sufragio pasivo, y en el derecho de acceso a la función pública conforme a principios de mérito».

Y destaca que el Supremo debe garantizar «el acceso a aquellos candidatos que los electores, en quienes reside la soberanía popular, han elegido». 

Abunda en jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para apuntalar sus peticiones e incide en que la propia doctrina jurisprudencial establece que, una vez que el candidato recibe el apoyo del electorado, «se convierte en representante del conjunto de la ciudadanía, y no sólo de los votantes directos, en virtud de la prohibición del mandato imperativo».

Se trata, según la defensa de Junqueras y Romeva, de derechos «que encarnan la participación política de los ciudadanos en el sistema democrático, en conexión con los principios de soberanía del pueblo y del pluralismo político consagrados en el artículo 1 de la Constitución» y que aparecen como modalidades o variantes del mismo principio de representación política.

También alude al artículo 23.2 de la Carta Magna, que garantiza, a su juicio, «que los que hayan accedido a los cargos se mantengan en ellos sin perturbaciones ilegítimas», y añade que «la necesidad de suplicatorio de las Cámaras aboga a favor de dicha idea».

A las puertas del tribunal, Andreu Van Den Eynde también ha manifestado que sus representados, «de una forma u otra ya ha sufrido la limitación de sus derechos cuando se presentaron como parlamentarios en el parlamento catalán», y que «ahora por primera vez han asumido un estatus diferente de diputado o senador, que les otorgan incluso un haz de garantías que van mucho más allá que las que tiene un parlamentario en Cataluña».

«Ello implica incluso la necesidad de solicitar una autorización de las Cámaras», ha añadido.

En el caso de los cinco presos la recogida de credenciales se ha efectuado a través de la representación de la candidatura electoral, según recuerdan los escritos, que añaden antes de su asistencia a la sesión constitutiva, diputados y senadores deben presentar dichas credenciales para asistir al pleno de constitución y cumplir con los demás requisitos legales -juramento o promesa, declaración de actividades-.

Para poder cumplimentar dichos trámites los encausados por presunta rebelión y malversación precisan de la tutela del tribunal que les juzga «para que sus funciones representativas puedan desarrollarse sin perturbación».

El abogado de Junqueras y Romeva apunta en su escrito que la libertad provisional, «con sujección a las condiciones que fuesen menester» -fianza, seguimiento mediante medidas de control telemático-, deben ser » compatibles con la debida y efectiva participación en las Cortes españolas» en tanto que diputado y senador electos, y concretamente» a tiempo para recoger sus actas de parlamentarios, asistir al pleno de constitución de las Cámaras y desarrollar en lo sucesivo las funciones inherentes a sus cargos».

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