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Condenado el exjefe de Medicina Interna de un hospital de Burgos por realizar sedaciones irregulares a dos pacientes

La sentencia le condena a cuatro años y cinco meses de cárcel y ocho años de inhabilitación profesional

10 / 05 / 2019 06:15

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El exjefe de Medicina Interna del Hospital Universitario de Burgos ha sido condenado a cuatro años y cinco meses de cárcel y a ocho años de inhabilitación profesional por dos sedaciones irregulares que practicó a finales de 2014 y principios de 2015.

El juzgado de lo Penal nº 2 de Burgos le considera presunto autor de un delito de lesiones cometidas por imprudencia profesional grave y otro de homicidio cometido por imprudencia profesional grave en relación a una mujer y a un anciano pacientes del hospital.

Además, la sentencia le obliga a pagar una indemnización por 121.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

La sentencia condena al autor de los hechos «criminalmente responsable de un delito de lesiones cometidas por imprudencia profesional grave».

«Sin que concurran circunstancias modificativas de responsabilidad penal, a la pena de cinco meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica por tiempo de tres años», añade.

Se impone al condenado la obligación de indemnizar a los sobrinos del primer afectado en la cuantía de quince mil euros, como responsabilidad civil derivada del delito. La cantidad devengará el interés legal correspondiente.

También se el condena como responsable de un delito de homicidio cometido por imprudencia profesional grave sobre la segunda persona.

Habilitación para ejercer la medicina durante cinco años

«Sin que concurran circunstancias modificativas de responsabilidad penal, a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión por cinco años«, dice la sentencia.

Se impone al condenado la obligación de indemnizar a los hijos del afectado en la cuantía de 106.000 euros como responsabilidad civil derivada del delito. Esta cantidad, también devengará el interés legal correspondiente.

Además, se declara la responsabilidad civil directa de la compañía aseguradora MAPFRE, y se condena a la Aseguradora MAPFRE S.A. al pago de los intereses del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro desde enero de 2017 hasta agosto de 2017, fecha en que efectuó la consignación.

El interés para la consignación efectuada antes de los dos años del siniestro será el legal del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en el 50 por 100.

El interés de las consignaciones o pagos efectuados en el periodo siguiente a los dos años no podrá ser inferior al 20% anual.

También se declara la responsabilidad civil subsidiaria de la Gerencia de Sanidad de la Consejería de Salud de la Junta de Castilla y León. Y se impone al condenado la obligación de satisfacer las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

El escrito indica que la resolución no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el mismo juzgado ante la Audiencia Provincial de Burgos, en el plazo de diez días desde su notificación.

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