El TJUE dice que las fiscalías alemanas no actúan con independencia de los gobiernos regionales al emitir euroórdenes

El TJUE dice que las fiscalías alemanas no actúan con independencia de los gobiernos regionales al emitir euroórdenes

Afirma que la decisión de éstas podría estar sujeta a la instrucción del Ministerio de Justicia de los Länder (Estados federados) competentes

27 / 05 / 2019 12:42

Actualizado el 27 / 05 / 2019 18:49

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que las fiscalías alemanas no ofrecen garantías de independencia suficientes frente al poder Ejecutivo para poder emitir Órdenes Europeas de Detención y Entrega de nacionales de otro Estados miembro para ser juzgados en Alemania.

Así lo ha sentenciado hoy, tras una pregunta prejudicial del Tribunal Superior irlandés, donde ha recaído el caso de dos ciudadanos lituanos residentes en Irlanda que se opusieron a su extradición a Alemania para ser juzgados en este país por presuntos delitos de homicidio voluntario con agresión de lesiones graves y siete delitos de robo, respectivamente, reclamada por las Fiscalías alemanas de Lubëck y Zwickau.

Estos alegaron que las Fiscalías no eran independientes frente al poder Ejecutivo, que existía riesgo de injerencia política y que no constituían una «autoridad judicial» como estipula la Decisión marco de la Euroorden de 2002.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dice que la decisión de las Fiscalías alemanas de emitir una euroorden podría estar sujeta a la instrucción del Ministerio de Justicia de los Länder (Estados federados) competentes y, por tanto, no cumplen el requisito de actuar con independencia que exige la normativa europea para ser consideradas como «autoridad judicial emisora».

Recuerda que las euroórdenes se basan en «el principio de confianza recíproca» entre los Estados miembros y aclara que el principio de reconocimiento mutuo presupone que solo deben ejecutarse las órdenes europeas de detención que cumplan los requisitos establecidos en la Decisión marco de 2002.

Ésta estipula que las euroórdenes, en tanto que «resolución judicial», deben ser emitidas por una «autoridad judicial», que debe actuar de forma «independiente», incluso cuando esa orden se base en una orden de detención nacional dictada por un juez o un tribunal.

La «autoridad judicial» debe ejercer su función «con objetividad», tener en cuenta «todas las pruebas» y no estar «expuesta al riesgo» de que su decisión «sea objeto de órdenes o instrucciones externas, en especial del poder Ejecutivo».

La autoridad judicial, cuya designación compete a los Estados miembros, puede abarcar no sólo a jueces o tribunales de un Estado miembro, sino a las autoridades que participan en la administración de la justicia penal, pero no así los Ministerios la Policía, que forman parte del poder Ejecutivo.

En este sentido, el TJUE concluye que las Fiscalías alemanas, que pueden estar sujetas a las instrucciones del Ministerio de Justicia alemán, ya sea de forma directa o indirecta, no pueden ejercer como autoridad judicial emisora «independiente».

BRUSELAS TOMA NOTA DEL FALLO Y ESTUDIARÁ SI TIENE CONSECUENCIAS

El Ejecutivo comunitario ha manifestado hoy que evaluarán sus «posibles consecuencias para el funcionamiento del procedimiento de la orden de detención europea», al ser preguntado por si el impacto del fallo implica que Alemania ya no podrá extraditar a nadie.

«Examinaremos la sentencia del Tribunal con más detalle ahora y evaluaremos posibles consecuencias para el funcionamiento del procedimiento de la orden de detención europea», ha señalado el portavoz jefe de la Comisión Europea, Margaritis Schinas, tras asegurar que Bruselas «toma nota de la sentencia».

Sin entrar en el fondo del fallo, ha indicado que las euroórdenes constituyen «un instrumento importante en la lucha contra el crimen transfronterizo» y es la herramienta europea «más utilizada» desde su lanzamiento en 2004 para la cooperación judicial en asuntos penales.

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