La Mesa del Senado suspende a Raül Romeva

La Mesa del Senado suspende a Raül Romeva

Tras analizar el informe de los letrados de la Cámara, que defendían que "resulta indudable" la aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

29 / 05 / 2019 14:13

Actualizado el 29 / 05 / 2019 15:09

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La Mesa del Senado ha acordado hoy suspender al senador de ERC Raül Romeva en sus derechos y deberes parlamentarios, en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que prevé esta medida para aquellos cargos públicos procesados por rebelión y en prisión preventiva, y ha dado un plazo de cinco días a ERC para formar nuevo grupo.

La decisión ha sido anunciada por la vicepresidenta primera de la Cámara Alta, Cristina Narbona.

Con todos los miembros de la Mesa a favor, salvo un voto en contra, el del senador de PNV y secretario de la Mesa, Imanol Landa, Romeva queda suspendido en el ejercicio de su cargo público «de carácter retroactivo».

Los letrados del Senado elaboraron un informe para la Mesa en el que concluyen que «resulta indudable» la aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al caso del senador de ERC en prisión preventiva Raül Romeva y por tanto su suspensión en el ejercicio del cargo público, que deberá ser, además, indefinida hasta que no cambie su situación.

La conclusión de los letrados es que en aplicación de la ley, el senador «se halla ya, de hecho, suspenso ex lege» y que le corresponde a la Mesa darle «efectividad».

Dicho informe, solicitado hace una semana por el presidente del Senado, Manuel Cruz, ha sido analizado esta mañana por la Mesa de la Cámara Alta para tomar la decisión.

ERC pierde así a uno de sus 13 senadores, de los cuales había cedido cuatro a Junts per Catalunya (JxCat) para que pudiera formar grupo parlamentario propio.

La Mesa del Senado ha otorgado un plazo de cinco días para que la formación «pueda subsanar» la composición de su grupo ya que, como ha explicado Narbona, «se entiende que cuando se comunicaron las composiciones de los grupos, ERC no podía ser conocedora de esta circunstancia».

«No hay personas al margen de la ley, sino que todas estamos sometidas, seamos miembros o no de la Cámara Alta. No va a haber impunidad para nadie y eso refuerza nuestro Estado de Derecho», ha expresado.

Los cuatro diputados del Congreso en la misma situación que Romeva fueron ya suspendidos por la Cámara Baja el pasado viernes: Oriol Junqueras, de ERC, y Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, de Junts per Catalunya.

Fueron suspendidos por el órgano de gobierno de la Cámara, con el apoyo de PSOE, PP y Ciudadanos y el rechazo de Podemos y En Común.

La suspensión, avalada por los letrados de la Cámara, también se justificó en aplicación del artículo 384 bis de la LECrim.

ERC y Junts presentaron recursos contra la suspensión de sus diputados en prisión preventiva y juzgados por rebelión, alegando que dicho precepto no podía ser aplicado por la Mesa del Congreso por tratarse de una ley procesal.

La Mesa de la Camára Baja los estudiará mañana, pero aún no tomará una decisión ya que primero debe escuchar a los grupos en la nueva Junta de Portavoces de la Cámara y los grupos parlamentarios aún no están constituidos.

Con todo, la solicitud de ERC y Junts no tiene visos de salir adelante.

Por otra parte, el órgano de gobierno ha encargado un informe a los servicios jurídicos de la Cámara sobre los efectos de la suspensión de los diputados presos en la composición de la Cámara y si, al haber cuatro parlamentarios que no pueden ejercer sus funciones, habría que rebajar o no la mayoría absoluta del Pleno.

EL INFORME DE LOS LETRADOS

Los letrados del Senado recogen en el informe las dos resoluciones del Tribunal Supremo con las que autorizó la salida de prisión de Romeva para tomar posesión del escaño y aclaró a las defensas de los políticos presos que no cabía el suplicatorio para proseguir con el juicio ni dejar sin efecto la prisión preventiva.

Indican que la suspensión de un senador debe producirse según el Reglamento de la Cámara sólo mediante la concesión de suplicatorio, la retirada del aforamiento por parte del Pleno del Senado para permitir que uno de sus miembros pueda ser investigado.

Pero el propio Tribunal Supremo ha desestimado «de plano» esta vía, exponen los letrados.

Recuerdan que el juicio está en fase oral, posterior a la fase de la que habla el Reglamento para conceder el suplicatorio, y señalan que el «significado histórico de la inmunidad» parlamentaria no es proteger ante una causa penal «en la que un parlamentario electo ha sido ya procesado y acusado» y está en fase de juicio oral.

Descartan, por tanto, la suspensión por la vía reglamentaria, pero explican que es de aplicación la Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 384, como solicitó la Fiscalía ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Esta norma señala que firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional, por delitos relacionados con bandas armadas, terrorismo o rebeldía, el procesado que tuviera cargo público «quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».

Los servicios jurídicos del Senado también apuntan que corresponde a la Mesa determinar los efectos de la suspensión.

Tanto PP como Ciudadanos solicitaron esta medida para Romeva.

Los efectos de la suspensión son los derechos y deberes que corresponden a Romeva desde la perspectiva parlamentaria, la eventual repercusión en la composición del Senado y el sueldo y la protección social que le corresponden al senador.

«Finalmente, parece que la suspensión debe tener carácter indefinido, hasta tanto no se produzca una variación en la situación del senador Romeva que determine la no aplicabilidad del artículo 384 bis de la LECrim», concluyen los letrados.

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