28 años de cárcel para la madre de la pequeña Sara y prisión permanente revisable para su expareja
El asesino de la pequeña Sara se tapa la cara para evitar ser reconocido; a la derecha, la madre, que consintió. Foto: El Norte.

28 años de cárcel para la madre de la pequeña Sara y prisión permanente revisable para su expareja

La pequeña falleció en agosto de 2017 tras recibir una brutal paliza y ser violada
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05/6/2019 15:28
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Actualizado: 26/2/2021 09:27
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La Audiencia Provincial de Valladolid ha sentenciado a 27 años y 11 meses de cárcel a Davinia Muñoz, madre de la pequeña Sara, de 4 años, -fallecida el 3 de agosto de 2017 tras recibir una brutal paliza y ser violada-, y a prisión permanente revisable al que entonces era su compañero sentimental, Roberto Hernández, que no es el padre de la niña.

Tras el veredicto del jurado, emitido el pasado día 25 de mayo, que los consideró responsables del asesinato de Sara, a ella por comisión por omisión, tan solo quedaba por conocer las penas impuestas.

La sentencia, notificada hoy, está firmada por el presidente de la Audiencia Provincial de Valladolid, el magistrado Feliciano Trebolle.

Roberto Hernández ha sido condenado por un delito de asesinato -no homicidio-, con las agravantes de alevosía y ensañamiento. 

Además de prisión permanente revisable, la condena incluye otras penas que suman 22 años de prisión por cuatro delitos de maltrato a persona especialmente vulnerable, un delito de maltrato habitual y un delito de agresión sexual a menor de 16 años, y considera que en todos los delitos concurre la circunstancia agravante de odio por el origen rumano de la niña. El padre es rumano.

Hernández era simpatizante del grupo neonazi Juventud Nacional Revolucionaria y se dirigía a Sara con el término despectivo de «rumanilla».

La madre de la pequeña, Davinia Muñoz, ha sido condenada a casi 28 años de cárcel por la comisión por omisión de los delitos de asesinato, maltrato habitual y tres delitos de maltrato con lesión sobre su hija.

En concreto, establece 25 años de prisión como autora por comisión por omisión del delito de asesinato, con alevosía pero no con ensañamiento.

Por tres delitos de maltrato con lesiones y un delito de maltrato habitual, la condena a dos años y 11 meses de prisión, como autora igualmente por comisión por omisión.

En todos los delitos, se han aplicado a la condenada las atenuantes de obcecación y confesión que apreciaron los miembros del jurado popular.

El jurado está integrado por cuatro mujeres y cinco hombres. Foto: EP

El tribunal, de conformidad con el veredicto del jurado, ha rechaza aplicar a los condenados los beneficios de la remisión condicional de la pena y de la concesión del indulto.

Ambos también deberán indemnizar de manera conjunta al padre de la niña con 85.000 euros, y a su hermana, que tenía 12 años cuando ocurrieron los hechos, con 70.000 euros.

El magistrado no priva de la patria potestad a la condenada en relación con la hermana de Sara ni le prohíbe comunicarse con ella al aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que exigiría para ello que la otra hija de Davinia Muñoz hubiera sufrido los hechos o presenciado los mismos, además de que la condenada no ha sido considerada autora material de los delitos.

La condena impuesta coincide a grandes rasgos con la petición final de la fiscal del caso, Petra Álvarez, ya que las acusaciones populares, la Asociación Clara Campoamor y la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales (Adavasymt), habían mantenido su petición de prisión permanente revisable no sólo para Roberto Hernández, sino también para Davinia Muñoz.

La fiscal modificó su escrito de acusación y finalmente excluyó a la madre de la petición de prisión permanente; reclamó 27 años y 11 meses para ella.

La fiscal Petra Álvarez dijo en el juicio que consideraba que la madre «conocía y consentía» los malos tratos sufridos por la pequeña y pese a ello «dio prioridad absoluta a su relación de pareja».

Por su parte, las defensas, que inicialmente reclamaban la absolución, demandaron la imposición de las penas mínimas.

La expareja de la madre de la niña está en prisión provisional desde agosto de 2017.

El caso de Sara fue juzgado en abril y mayo pasados.

Hay cuatro acusaciones personadas en la causa, el fiscal, las dos populares (Asociación Clara Campoamor y Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos (Adavasymt)), y la particular, que representa al padre biológico de la pequeña.

Ha sido el juicio con jurado más largo de los celebrados hasta ahora en la historia judicial vallisoletana y que en algunas fases, como el día de la pericial forense, se celebró a puerta cerrada debido a la crudeza de las fotografías de la autopsia de la pequeña.

El 11 de julio de 2017, la madre de Sara, una militar destinada en el Palacio Real de Valladolid, decidió llevar a la pequeña al Servicio de Pediatría del Hospital Campo Grande para ser atendida de un fuerte hematoma en los labios y allí los facultativos, alertados por la cantidad de lesiones hallados en todo el cuerpo de la niña activaron el protocolo de malos tratos.

«Tenía el culete, literalmente, cosido a hematomas», dijo gráficamente en el juicio una médico que la atendió.

Los Servicios Sociales de la Junta recibieron el encargo de Fiscalía de iniciar una investigación, por correo ordinario, 15 días después; el 25 de ese mes.

El 2 de agosto, las técnicos de los Servicios Sociales llamaron a Davinia Muñoz por teléfono para comunicarle que se hacían cargo de la tutela de la pequeña.

Entonces, la madre les informó que su hija yacía entubada, en muerte cerebral, en la UCI pediátrica del Clínico Universitario.

Falleció al día siguiente a causa de un traumatismo craneoencefálico. Según los forenses, fruto de un mecanismo de zarandeo contra una superficie roma o bien al recibir en la cabeza el golpe de un objeto contundente, lo que provocó un fuerte edema cerebral.

Este proceso judicial supone el broche a la larga carrera del magistrado Feliciano Trebolle, presidente de la Audiencia de Valladolid, que ha presidido la Sala del jurado popular hasta el pasado 14 de mayo. Foto: EP

Los forenses explicaron en el juicio que la pequeña presentaba el síndrome del niño apaleado, más un abuso sexual, en referencia a la infinidad de hematomas, erosiones y equimosis en todo el cuerpo, desde la cabeza hasta las uñas de los pies.

Como vestigios objetivos de la culpabilidad de Roberto Hernández, las acusaciones enumeraron el hecho de que era el único adulto que había en la casa, el mechón del pelo de Sara hallado en el pantalón corto que éste usaba a modo de pijama y, sobre todo, los restos biológicos encontrados bajo las uñas de la niña, prueba de que ésta trató de defenderse sin éxito; lucha que quedó también reflejada en arañazos en las manos y antebrazos del condenado.

En cuanto a la madre, la fiscal manifestó que ésta «conocía y consentía» los malos tratos sufridos por la pequeña y pese a ello «dio prioridad absoluta a su relación de pareja, antepuso su interés egoísta y jugó a la ruleta rusa con su hija».

Pidió al jurado un veredicto de culpabilidad para los dos acusados, no sólo por Sara, sino también por quienes la querían y porque se haga Justicia.

Hernández es el décimo condenado a prisión permanente revisable en España.

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