En el auto de libertad, el magistrado advertía de que “el incumplimiento de cualquiera de las condiciones” supondría “su inmediato ingreso en prisión”.
A prisión un joven que quedó en libertad con la condición de no volver a delinquir y a los 15 días ha robado
Imputado por cuatro robos en comercios, había eludido el ingreso en la cárcel el 11 de mayo con la condición de no volver a delinquir y cumplir medidas de reinserción
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18/6/2019 11:35
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Actualizado: 18/6/2019 11:35
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El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona revocó el pasado viernes la libertad provisional decretada el 11 de mayo para un joven, A. G. J., y ordenó su ingreso en prisión por haber perpetrado quince días después un nuevo robo, en un local de Pamplona.
El magistrado Fermín Otamendi Zozaya lo había dejado en libertad, además de a otros tres detenidos por su supuesta participación en cuatro robos en establecimientos comerciales de Pamplona. Todos ellos tienen 19 años.
El juez les impuso la condición de que no volvieran a delinquir, así como comparencias semanales en el juzgado, y que en un plazo de quince días acreditaran su participación en programas socioeducativos; demostraran semanalmente, mediante la aportación del correspondiente análisis, que han dejado de consumir sustancias estupefacientes; y mantuvieran su asistencia a programas de deshabituación.
En el auto de libertad, el magistrado advertía de que “el incumplimiento de cualquiera de las condiciones” supondría “su inmediato ingreso en prisión”.
El juez exponía entonces que contaba con indicios racionales de la participación de A. G. J. en la comisión de cuatro delitos de robo con fuerza en establecimiento abierto al público, fuera de las horas de apertura, castigado cada uno de ellos con pena de uno a cinco años de prisión, “y ello a la vista de las diligencias de investigación policial que se reflejan en el atestado, en donde se han obtenido imágenes y huellas dactilares de éste en el lugar de los hechos, lo que junto con el resto de los datos que se contienen en el atestado policial supone un indicio suficiente de su participación en dichos delitos”.
Un mes después, el pasado 14 de junio, el investigado compareció de nuevo ante el magistrado como supuesto autor de un robo ocurrido el 25 de mayo.
El fiscal solicitó el ingreso en prisión, mientras que la defensa se opuso.
En un auto, fechado ese mismo día, el juez lo envió a la cárcel.
Una resolución contra la que cabe recurso de reforma y de apelación.
El juez señala que existen “indicios contundentes” de que el encausado, a pesar de las advertencias realizadas hacía un mes, “volvió a cometer un nuevo delito de robo con fuerza escasamente dos semanas después de quedar en libertad”.
En concreto, el juez se refiere a una huella palmar del investigado hallada por la policía en la puerta del establecimiento.
“La comisión de un nuevo delito quince días después de quedar en libertad provisional evidencia, sin ningún género de dudas, que la comisión de delitos contra el patrimonio es el modo de vida habitual de este investigado y pone de manifiesto el clarísimo riesgo de reiteración delictiva que existe en caso de que continúe en libertad provisional”, señala el magistrado.
EL SEGUNDO DE LOS CUATRO INVESTIGADOS QUE INCUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS POR EL JUEZ PARA SEGUIR EN LIBERTAD
Se da la circunstancia de que ya es el segundo de los cuatro investigados que incumple las condiciones establecidas por Otamendi el 11 de mayo para seguir en libertad.
Al día siguiente, el imputado I. S. B., a quien el magistrado había dejado en libertad con, entre otras medidas cautelares, la obligación de presentarse en el juzgado todos los miércoles, viernes y domingos, infringió la imposición y no se presentó en el juzgado, por lo que el 13 de mayo ingreso en prisión.
En las comparecencias celebradas el 11 de mayo en el Juzgado de Guardia de Pamplona, la Fiscalía solicitó el ingreso en prisión provisional de los cuatro investigados, una medida cautelar a la que se opusieron las defensas.
El Palacio de Justicia de Navarra, en Pamplona.
El instructor estimó que, debido a la extrema juventud de los investigados, el ingreso en el sistema penitenciario, aunque es evidente que excluirá por completo el riesgo de reiteración delictiva, tendrá para los detenidos y, por ende, para toda la sociedad —que a la larga sufrirá los efectos de esa ‘contaminación delictiva’ que pretende evitarse con esta resolución— «unos efectos sumamente negativos», al ponerlos en contacto con otros presos provisionales, «lo que únicamente podrá generar un efecto pernicioso» para los investigados y les alejará del camino de la legalidad, introduciéndolos de lleno en el de la delincuencia con una alta probabilidad.
La finalidad de evitar el riesgo de reiteración delictiva, explicó el magistrado, único motivo que, en el presente caso y a la vista de las circunstancias personales de los detenidos, podría justificar la adopción de la medida cautelar solicitada por el Ministerio Fiscal, puede conseguirse mediante la adopción de otro tipo de medidas cautelares menos traumáticas para los investigados, que se comprometieron comprometieron ante el juez a no seguir por el camino del delito.
«Evidentemente, ese compromiso no es por sí sólo suficiente, pero reforzándolo con otras obligaciones y condiciones que el detenido ha aceptado cumplir servirá, en opinión de este instructor, para minimizar ese riesgo de reiteración delictiva», señaló el juez en las cuatro resoluciones judiciales.
Y subrayó que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones que se les imponen supondrá su inmediato ingreso en prisión.
Los dos jóvenes que se las han saltado están internos en la cárcel de Pamplona.
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