La Audiencia Nacional ratifica su competencia para juzgar a Trapero y a la cúpula de los ‘Mossos’ por el 1-O
La Fiscalía pide 11 años de cárcel para el mayor de los 'Mossos d'Esquadra' por presunta rebelión.

La Audiencia Nacional ratifica su competencia para juzgar a Trapero y a la cúpula de los ‘Mossos’ por el 1-O

Por presunta rebelión
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03/7/2019 12:52
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Actualizado: 03/7/2019 13:18
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La Audiencia Nacional ha ratificado su competencia para juzgar al mayor de los ‘Mossos d’Esquadra’, Josep Lluís Trapero, y a los jefes políticos de la policía autonómica Pere Soler y César Puig, por presunta rebelión, por no frenar el «asedio» a la Consejería de Economía del 20-S y el referéndum ilegal del 1-O. 

También se sentará en el banquillo la intendente Teresa Laplana, por supuesta sedición.

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha dictado hoy un auto confirmado la decisión del tribunal de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la AN, que preside la magistrada Concepción Espejel, que se declaró competente el pasado febrero para juzgar a los cuatro, como ya acordó este tribunal al comienzo de la instrucción.

El Tribunal Supremo celebró el pasado diciembre su propia vista del artículo de previo pronunciamiento, donde las defensas de todos los acusados defendieron trasladar el procedimiento al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat).

La Sala que preside el magistrado Manuel Marchena ya descartó esta posibilidad, aunque sí envió allí la causa contra los acusados por presunta desobediencia.

En la vista del artículo de previo pronunciamiento celebrada el pasado 6 de febrero en la Audiencia Nacional, la defensa del Trapero y la de Laplana no discutieron la competencia de este tribunal para juzgarle por el delito de rebelión .

Las defensas de Puig y Soler sí pidieron trasladar la causa a Cataluña, alegando que los delitos de rebelión y sedición no fueron incluidos por el legislador entre las materias atribuidas a la Audiencia Nacional.

El tribunal respondió entonces que sus atribuciones no quedan limitadas a los delitos cometidos por bandas armadas o terroristas.

En el auto, del que fue ponente el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, expuso que tras el golpe de Estado del 23F, una Ley Orgánica de 1981 reformó los delitos de rebelión y atribuyó su competencia a la Audiencia Nacional, por lo que el tribunal considera que desde ese momento «la Audiencia Nacional fue apoderada por el legislador para conocer los delitos de rebelión».

Contra este auto, del pasado 22 de febrero que confirmó su competencia para enjuiciar los hechos, presentó un recurso César Puig, al que se adhirió Pere Soler, que ha desestimado ahora la Sala de Apelaciones.

La resolución, sin entrar a considerar la veracidad o no de los hechos, hace suyos los “muy acertados y fundados” argumentos expuestos con “enorme profusión” en el auto del tribunal de la Sección Primera.

Recuerda que la competencia legal para que la Sala Penal de la Audiencia enjuicie presuntos delitos de rebelión -artículo 472 del Código Penal de 1995, como delito contra la Constitución y los artículos 214 y siguientes del Código Penal de 1973, según la reforma operada por la Ley Orgánica (LO) 2/1981 de 4 de mayo- deriva de esta última y del artículo 11 de la LO 9/1984, de 26 de diciembre, y  de la disposición transitoria de la LO 4/1988, de 25 de mayo, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En relación con la aclaración denunciada en el recurso por supuesto cambio de criterio respecto de otras resoluciones dictadas en el pasado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el tribunal  expone que el auto recurrido funda la competencia de este órgano de forma correcta en las normas citadas, que “son las que expresamente se la atribuyen sin carácter extensivo alguno, como una manifestación clara de la especialización de la Audiencia Nacional en materia de delincuencia grupal organizada”.

“En consecuencia, su doctrina, única impugnable en este recurso que versa sobre delito de rebelión y conexos a él (las sediciones que persiguen fines rebeldes son igualmente competencia de esta Audiencia Nacional) es plenamente acertada, debiendo procederse a su confirmación, precisamente para ejercer la función unificadora a que responde el recurso de apelación ante esta Sala de Apelación, que es la primera vez que se pronuncia sobre este tema”, concluye la sentencia.

LA FISCALÍA PIDE 11 AÑOS DE CÁRCEL PARA TRAPERO

Trapero fue el mayor de los ‘Mossos d’Esquadra’ hasta su cese en aplicación del artículo 155 de la Constitución.

La Fiscalía reclama 11 años de cárcel para él por presunta rebelión, como «pieza clave» para «llevar a cabo el plan secesionista» catalán.

Había sido procesado por sedición y organización criminal por la juez Carmen Lamela.

El exjefe de los ‘Mossos d’Esquadra’ y su abogada, Olga Tubau Martínez, a su llegada a la Audiencia Nacional./EP

La misma pena pide el Ministerio Público para Soler y Puig, mientras que a Laplana la acusa de presunta sedición por los incidentes del 20 y 21 de septiembre, y solicita para ella 4 años de prisión.

A todos ellos se les considera «mandos subalternos» de la rebelión por su supuesta responsabilidad en los incidentes durante la celebración del referéndum ilegal.

EN MARZO DECLARÓ COMO TESTIGO ANTE EL SUPREMO

Trapero aceptó comparecer ante el Supremo, que juzga el ‘caso procés’, pese a que está pendiente de ser juzgado en la Audiencia Nacional por la supuesta pasividad de la policía autonómica el 1-O.

Por ello, prestó declaración acompañado de su abogada, Olga Tubau Martínez, que le defiende en la causa en la AN, que todavía está pendiente de señalamiento.

En su declaración como testigo en el juicio del ‘procés’ ante el tribunal de la Sala de lo Penal del Supremo. Foto: EP

Su declaración tuvo lugar el pasado 14 de marzo. Dijo que «por supuesto» el dispositivo de la policía autonómica puesto en marcha de cara al referéndum ilegal del 1 de octubre no tenía «ninguna intención de facilitar el referéndum», y «evitarlo venía dado por las órdenes judiciales».

Justificó que la letrada judicial judicial del Juzgado 13 de Barcelona, Montserrat del Toro, saliera por la azotea de la Consejería de Economía el 20 de septiembre para «ahorrarse tiempo» de montar un cordón policial.

Preguntado por la acusación popular sobre «por qué tardó 16 horas en dar auxilio al órgano judicial» el 20-S y si hizo ese día «21 llamadas» al exlíder de la ANC, Jordi Sànchez, Trapero ha respondió que sí realizó «unas cuantas».

Según dijo, fue el entonces consejero de Interior, Joaquim Forn, quien le indicó que iba a recibir una llamada de Sànchez, para «mediar» en los incidentes durante la protesta frente a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017.

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