El TSJ de Extremadura condena al Ayuntamiento de Mérida a concluir la adjudicación de licencias de taxis

El TSJ de Extremadura condena al Ayuntamiento de Mérida a concluir la adjudicación de licencias de taxis

La Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda que las seis licencias deben adjudicarse a los solicitantes con mejor derecho

4 / 07 / 2019 06:15

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) ha dictado con fecha de 27 de junio una sentencia en la que condena al ayuntamiento de Mérida a continuar y concluir el procedimiento de adjudicación de seis licencias de autotaxi anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz de fecha 5 de marzo de 2013.

Con ello, según apunta la sentencia, el ayuntamiento emeritense “debe continuar la tramitación del procedimiento administrativo, adjudicando las seis licencias de autotaxi a los solicitantes con mejor derecho».

En este sentido, con este fallo se revoca la sentencia sobre dicha temática dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Mérida de fecha 17 de abril de 2019.

Se anulan también los acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mérida del 13 de noviembre de 2015 y 17 de marzo de 2017, “por no ser ajustados a Derecho”.

Igualmente, en el fallo del TSJE, se condena al consistorio de la capital autonómica al pago de las costas procesales de primera instancia hasta el importe máximo de 1.000 euros, IVA incluido, “por todos los conceptos y a favor de todos los demandantes de manera conjunta”.

Contra dicha sentencia solo cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Adminstrativo del Tribunal Supremo, y que debería prepararse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJE.

Informes desde el Ayuntamiento

La falta de informe jurídico es subsanable a la vista de los numerosos informes que obran del Ayuntamiento de Mérida, el informe favorable de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo y los demás informes de entidades y representantes ajenos a las Administraciones Públicas.

El criterio de vecinos residentes en el municipio está previsto para el supuesto de que queden licencias libres que no se adjudiquen a los conductores asalariados de los titulares de las licencias de auto-taxi en el municipio de Mérida, «que presten el servicio con plena y exclusiva dedicación en la profesión, por rigurosa y continuada antigüedad».

Por tanto, es posible que dicho criterio no tenga que aplicarse al no quedar licencias que no se otorguen a los conductores asalariados de los titulares de las licencias de auto-taxi.

«Anulamos los Acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mérida de fechas 13 de noviembre de 2015 y 17 de marzo de 20.17, por no ser ajustados a Derecho», dice la sentencia.

Por otra parte, condena al Ayuntamiento de Mérida a continuar y concluir el procedimiento de adjudicación de seis licencias de autotaxi anunciado en el BOP de Badajoz de fecha 5 de marzo de 2013.

«El Ayuntamiento de Mérida debe continuar la tramitación del procedimiento administrativo, adjudicando las seis licencias de autotaxi a los solicitantes con mejor derecho», finaliza.

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