El TSJCat archiva la causa contra el consejero de Interior catalán por el 1-O

El TSJCat archiva la causa contra el consejero de Interior catalán por el 1-O

Al no constar ninguna resolución ni acto administrativo de Buch que haga referencia a la cesión de locales municipales para la votación

26 / 07 / 2019 13:22

Actualizado el 26 / 07 / 2019 13:27

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) ha archivado la investigación contra el consejero de Interior, Miquel Buch, por presuntamente ceder locales para la votación del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 cuando era alcalde de Premià de Mar (Barcelona).

En un auto, con fecha de ayer, el magistrado instructor, Jordi Seguí Puntas, señala que no consta ninguna resolución ni acto administrativo de Miquel Buch que haga referencia a la cesión de tres locales municipales para la votación del 1-O, por lo que considera que no cabe apreciar «indicios de conducta criminal atribuible» al consejero.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma y de apelación.

Buch estaba investigado por los presuntos delitos de desobediencia y prevaricación.

El pasado 16 de julio declaró ante el magistrado Seguí que no dictó ningún acuerdo o decreto ni dio ninguna orden para permitir ceder locales para la votación del 1-O.

A su salida del juzgado dijo a los medios que había entregado al juez los certificados del Ayuntamiento que lo constatan.

Además, subrayó que mucha gente tenía las llaves de los colegios y que la apertura de los centros se pudo hacer «porque la sociedad se involucró para tener las escuelas abiertas».

El consejero de Interior catalán y la alcaldesa de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), Neus Lloveras, ambos del PDeCAT, ya comparecieron el pasado noviembre ante el TSJCat en calidad de investigados.

Buch, por presuntamente haber promovido el referéndum ilegal del 1-O entre los alcaldes, y Lloveras por supuestamente haberles emplazado a facilitar locales para celebrarlo.

La causa fue archivada el pasado enero por el TSJCat.

No obstante, a petición de la Fiscalía, el TSJCat acordó volver a imputar a Buch por presuntamente facilitar la organización del referéndum en Premià.

Según señala el magistrado, Buch firmó el 7 de septiembre de 2017 un decreto -que no contaba con la firma de la secretaria general por considerarlo no ajustado a la legalidad- de apoyo explícito al referéndum del 1-O, haciendo constar además su disposición a cumplir las disposiciones de la Ley 19/2017, de 6 de septiembre, del referéndum de autodeterminación, «lo que incluía la puesta a disposición de la Administración electoral de la Generalitat de los locales de titularidad municipal habitualmente utilizados como centros de votación».

Sin embargo, el magistrado destaca que «no consta resolución, oficio u otro acto administrativo» de Buch de fecha posterior a la notificación de la providencia del Tribunal Constitucional, en el que éste hiciese referencia a la utilización de los tres locales de titularidad municipal en los que se desarrolló el referéndum ilegal del 1o de octubre o de los otros cinco centros escolares utilizados esa jornada».

Añade que «tampoco aparecen indicios de la intervención de éste en la preparación del referéndum con actuaciones de cualquier género vinculadas con la disposición o habilitación de los mencionados ocho locales para aquella finalidad».

Por este motivo, el TSJCat acuerda dar carpetazo a la causa abierta contra Buch, por «no ser los hechos constitutivos de delito alguno».

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