Detenida por difundir fotografías íntimas de su expareja para que perdiera su trabajo

Detenida por difundir fotografías íntimas de su expareja para que perdiera su trabajo

Está acusada de un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos, conocido como 'sexting'

2 / 09 / 2019 09:07

Actualizado el 02 / 09 / 2019 16:24

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La Policía Nacional ha detenido en Alcoy (Alicante) a una mujer que presuntamente difundió fotografías de contenido sexual de su expareja entre los familiares de la víctima y sus compañeros de trabajo.

Al parecer, pretendía perjudicarlo tanto en la esfera personal como profesional e, incluso, intentó que perdiera su puesto de trabajo.

La arrestada, de 47 años, está acusada de un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos.

El Juzgado de Instrucción número 8 de Alicante, encargado del caso, ha impuesto una orden de alejamiento de esta individua con el hombre, así como la prohibición de que se comunique con él.

Este delito de descubrimiento y revelación de secretos se conoce como ‘sexting’Según ha informado la Policía Nacional en un comunicado, es una modalidad delictiva «muy de moda en la actualidad».

Consiste en que la víctima se realiza fotos íntimas y de índole sexual para luego remitirlas de manera voluntaria a otra persona, y ésta sin permiso de la victima las difunde a terceras personas con el fin de causarle un perjuicio.

La Policía ha indicado que la investigación, por parte de la Brigada de Policía Judicial de Alcoy, se inició cuando el hombre interpuso una denuncia en la que explicaba que por motivos laborales había conocido a esta mujer con la que inició una relación de amistad, que cada vez fue más estrecha e íntima.

En este contexto, el hombre envió voluntariamente fotos íntimas a la acusada.

Pasado un tiempo, el denunciante decidió poner fin a la relación, pero, al parecer, la mujer no aceptó la ruptura y decidió difundir las imágenes íntimas que poseía.

Supuestamente las envió al domicilio de la víctima, a través de tres cartas postales, y también a la empresa donde trabajan, por correos electrónicos.

Tras la reforma del Código Penal de 2015, a raíz del caso de Olvido Hormigos, se establece una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, «sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona».

La pena se impondrá en su mitad superior cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aún sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, o los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa.

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