Edmundo Bal, C’s: «Nuestra propuesta legislativa acabará con el problema de los hurtos»
Edmundo Bal, abogado del Estado en servicios especiales, diputado de Ciudadanos y portavoz de esta formación en la Comisión de Justicia del Congreso, ha sido el responsable de armar esta propuesta del Código Penal para acabar con la impunidad de los carteristas en toda España y, particularmente, en Barcelona.

Edmundo Bal, C’s: «Nuestra propuesta legislativa acabará con el problema de los hurtos»

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06/9/2019 06:55
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Actualizado: 06/9/2019 07:58
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Durante 16 años Edmundo Bal Francés, de 53 años, fue el abogado del Estado-jefe del Departamento de Penal del Ministerio de Justicia. Su conocimiento de la materia penal no se le supone sino que se le da por contrastada.

Esta experiencia previa, hay que reconocerlo, le confiere una «auctoritas» sobre esta materia, que ahora tiene entre manos: la propuesta de reforma de lo referente a los hurtos en el Código Penal planteada por su formación, Ciudadanos, de la que es diputado y en la que ha asumido la Portavocía en la Comisión de Justicia del Congreso, además de ser también portavoz adjunto a Inés Arrimadas. 

«Para nosotros es fundamental atajar el problema de los hurtos que padece España, y más en concreto, en Barcelona, donde un 30 por ciento de los barceloneses dicen que el primer problema, para ellos, es el de la inseguridad ciudadana. Y es comprensible, según las estadísticas, en la ciudad condal se producen 340 hurtos diarios. La plaga de los carteristas tiene que acabarse«, explica Bal.

Según explica este abogado del Estado en servicios especiales, han elaborado una propuesta de modificación del Código Penal importante. 

«Nuestra reforma legislativa va dirigida a aquellos que han convertido el hurto en su profesión. Hay gente que ha sido detenida hasta 440 veces y no pisa prisión. Acabará con el problema de los hurtos, estamos seguros», cuenta.

De acuerdo con Bal, esta reforma tiene como objetivo superar las objeciones que, en 2017, el Supremo puso a la reforma del Código Penal operada por el Gobierno del Partido Popular en 2015. Objeciones que, de facto, la hicieron inoperante.

El problema de la formulación de aquella reforma, dice, es que no contempló que los delitos leves de hurto –antes llamados faltas–, cuyo valor sea inferior a 400 euros, estaban expresamente excluidos de la agravante general de reincidencia recogida en el artículo 22.8 del Código Penal.

Dichos delitos leves están castigados solo con la pena de multa de uno a tres meses, según el artículo 234.2 del citado Código.

El Supremo entonces, en su sentencia de 28 de junio de 2017, dejó sin eficacia esa reforma porque establecía que si un sujeto era condenado tres veces por delitos leves sería castigado con penas de uno a tres años de cárcel.

El Alto Tribunal consideró que no se podía aplicar la multirreincidencia a este tipo de casos por ser desproporcionada y por su expresa exclusión en el Código Penal. 

LA PROPUESTA DE CIUDADANOS

«Lo que nosotros planteamos es, primero, la modificación del artículo 22.8 del Código Penal: Los delitos leves no producirán su cómputo a efectos de la reincidencia…, salvo lo previsto para el hurto leve», cuenta Bal. «En los hurtos leves se tendrá en cuenta la reincidencia, ahora sí». 

«Segundo punto: El tercer hurto leve que se produzca va a valer como un hurto normal, del tipo básico, contemplado en el artículo 234.1: ‘El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros'», señala.

«De esta forma, la tercera vez que sea condenado por un hurto leve, la pena a imponer será como un hurto normal, de seis a dieciocho meses. En ese caso, ya no sería un delincuente primario, un delincuente que hubiera delinquido por primera vez, sino que será un reincidente. No se podría suspender la ejecución privativa de libertad y tendría que ingresar en prisión«, indica Bal.

Este detalle es muy importante porque el artículo 80 del Código Penal dice que para que una pena quede suspendida el principal requisito es que el condenado sea un delincuente primario.

Al contemplar en el cómputo la reincidencia, irremisiblemente el reo entraría en prisión, que es lo que no ocurre ahora.

Bal cuenta que el proyecto está prácticamente terminado. «Es el recurso que necesitan los fiscales y las policías para atajar de una vez por todas esta lacra. ¿Qué cuando podría ver la luz? Bueno, primero tiene que ser tomado en consideración por el Pleno, luego tendría que ser debatido posiblemente en la Comisión Constitucional, por ser la que aborda las reformas de las leyes orgánicas… Si el panorama político termina por aclararse de una vez, podría ser pronto«, concluye.

 

 

 

 

 

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