Celso Rodríguez Padrón fue el magistrado que validó la «Lista Falciani» y posibilitó recuperar cientos de millones de euros
El nuevo presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Celso Rodríguez Padrón, fue el ponente del tribunal que validó la "Lista Falciani" y que obligó a un buen número de contribuyentes que tenían dinero oculto en el banco HSBC, en Suiza, a regularizarlo con la Agencia Tributaria. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Celso Rodríguez Padrón fue el magistrado que validó la «Lista Falciani» y posibilitó recuperar cientos de millones de euros

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04/10/2019 06:15
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Actualizado: 03/10/2019 20:05
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Por unanimidad el pasado mes de junio el Pleno del Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo del jubilado Sixto Delgado Coba, un ingeniero jubilado canario de Repsol, de 74 años –uno de los 1.500 nombres de la «Lista Falciani»–, que había interpuesto contra la sentencia del Tribunal Supremo.

Previamente, el Alto Tribunal había confirmado la condena de 6 años de cárcel y el abono de 14,21 millones de euros –entre multas y cuota defraudada– como autor de dos delitos contra la Hacienda Pública.

Con la sentencia del máximo tribunal de garantías constitucionales se cerró un círculo que había comenzado tres años y tres meses antes, con el fallo, en primera instancia, del tribunal de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, del que fue ponente Celso Rodríguez Padrón, el nuevo presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), y que estuvo formado también por los magistrados María Riera, como presidenta, y por Eduardo Gutiérrez. 

Dicha sentencia –la 280/2016 de 29 de abril– fue vital porque supuso un «aviso para navegantes» –principalmente grandes fortunas, políticos y empresarios– que estaban esperando a lo que tenía que decir la justicia bien para pleitear o bien para regularizar con la Agencia Tributaria. 

Y tocó regularizar.

Hacienda, además, recuperó 260 millones de euros. El caso marcó un antes y un después.

«Sixto Delgado Coba era un jubilado que no declaraba más que unos pequeños ingresos de una explotación vinícola de Canarias. Tenía en el HSBC dos cuentas por importe de 4 millones cada una. Cuando se descubre su nombre en los listados lo que uno se pregunta es de dónde ha podido salir tanto dinero. A lo largo de la investigación y del juicio no llegó a descubrirse de dónde procedía el dinero que tenía depositado», recuerda Rodríguez Padrón.

«Su comportamiento procesal, a lo largo de la instrucción, fue ejemplar. Pero cuando dictamos la sentencia, se dio la fuga. Se cursaron órdenes europeas de detención y órdenes de búsqueda y captura internacional. A día de hoy, está sin detener», aclara.

NO ERA APLICABLE LA DOCTRINA DEL FRUTO DEL ÁRBOL ENVENENADO

«La defensa de Delgado Coba planteó que toda la prueba era ilícita porque había sido obtenida ilícitamente por Hervé Falciani, un especialista en informática, que había sido contratado por el HSBC en Ginebra. Por lo tanto, era la doctrina del fruto del árbol envenenado, que contaminaba toda la prueba y la hacía no válida», relata.

Falciani había extraído del banco información de 130.000 evasores fiscales de todo el mundo, 24.000 de ellos europeos y 1.500 españoles. Todos ellos tenían cuentas no declaradas en esa sucursal del HSBC. 

«Hubo dos planteamientos de base en nuestra sentencia. En primer lugar, el ordenamiento jurídico no puede tolerar la existencia de un país blindado, como era Suiza –ahora ya no lo es tanto–, donde todo el mundo sabe que puede ocultar dinero, invocando la imposibilidad de una investigación con la argumentación de que el derecho a la intimidad está por encima de cualquier cosa. Eso no se puede justificar ni lo soporta una democracia», señala.

«En segundo lugar: la incautación del material fue llevado a cabo durante un registro policial de la casa que Falciani tenía en Marsella autorizada por una orden judicial de entrada y registro. Después de eso, el ministro de Finanzas Francés ordenó hacer listados por países. A nosotros, la prueba, los datos, nos llegan por entrega oficial, por vía diplomática. El agregado económico de la embajada francesa en Madrid lo entregó a Hacienda mediante un oficio firmado con absoluta transparencia».

José Antonio Choclán, abogado defensor de de Delgado Coba y exmagistrado de la Audiencia Nacional, siguió argumentando ante el Supremo, donde recurrió en casación, y ante el Constitucional, en amparo, que no se podía hacer uso de la «Lista Falciani» porque era el producto de un delito cometido por Falciani en Suiza, vulnerando la intimidad de su cliente.

«El Supremo y el Constitucional validaron nuestra sentencia. No era aplicable la doctrina del fruto del árbol envenenado. La prueba se obtuvo de un modo lícito. Fin de la historia. Recuerdo que el Supremo –con ponencia del presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena– llegó, incluso más lejos, distinguiendo entre dos tipos de obtención de pruebas: las que realizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las que no tienen esas finalidad, como en el caso de Falciani», añade Rodríguez Padrón.

Delgado Coba desapareció, es cierto, pero los que quedaron no tuvieron más remedio que pasar por la Agencia Tributaria.

«¿Quien dice que la Justicia no es rentable? Esta es una buena prueba de todo lo contrario», concluye Rodríguez Padrón. 

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