La Fiscalía Provincial de Madrid reclama 11 años de prisión para David M. S., un hombre presuntamente reincidente en los malos tratos a su mujer, quien, a pesar de las palizas recibidas, regresa siempre a la vivienda que tenían en común “por el alto grado de dependencia emocional” que tenía hacia su agresor.
Será juzgado el próximo lunes en la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 27), a partir de las 10:00.
Este individuo fue condenado en sentencia firme el 22 de septiembre de 2015 por el Juzgado de lo Penal no 1 de Alcalá de Henares, por un delito de lesiones en el ámbito familiar a un año y cuatro meses de prohibición de aproximación a la víctima, y a cuatro meses y quince días de prisión, concediéndosele el 27 de abril de 2016 el beneficio de la suspensión por tiempo de dos años, condicionada al cumplimiento de determinadas medidas.
Según relata el Ministerio Público en su escrito de acusación, esta mantuvieron una relación sentimental durante casi tres años, y especialmente desde el nacimiento de su hijo en 2016, «el acusado ha venido atemorizando, menospreciando y vejando a su pareja», con palabras tales como “p***, come po***, mala madre, loca, tarada”, “como estoy loco, mato a alguien y voy al psiquiátrico y no pasa nada”, “te metería en una lápida de un muerto de la Almudena porque nadie busca a un muerto enterrado con otro», “has estado mirando a ese y te has puesto cachonda”, “cualquier día te mato”, “como tengo una discapacidad sólo iré un año a un centro internado”.
Cuenta que llegó incluso a colocarle «cuchillos y tenedores en el cuello».
El fiscal afirma que la mujer «tenía que aceptar lo que él decía y hacía, como consecuencia del clima de temor que impuso el acusado en su convivencia común, lo que le llevaba a que le controlara su rutina diaria, llegándole a quitar el dinero y el terminal móvil, así como quedándose a la fuerza con el bebé que tenían», impidiéndole incluso que llevara al pequeño a la casa de los padres de ella.
Además, dice que «era frecuente» que, «guiado por el ánimo de menoscabar su integridad física, le propinara diversos golpes por distintas partes del cuerpo (bofetadas, puñetazos,
agarrones de cabello, mordiscos o empujones)» y que «incluso, en dos ocasiones, llegó a
dejarla inconsciente, por los golpes recibidos en la cabeza, llegándole a partir el labio o a clavarle una llave en la tripa».
El fiscal explica que la primera agresión se produjo a los seis meses de estar juntos: «le introdujo en la boca una bolsa llena de caramelos para que no pudiera respirar”.
Señala que como consecuencia del clima de violencia verbal y físico, en noviembre de 2016 la mujer pidió apoyó al Servicio de Atención a Víctimas de Violencia de Género del Ayuntamiento de Madrid para poner fin a la relación con su agresor.
Informa que tras pasar un tiempo en casa de su padres “y pese a la orientación y asistencia social y psicológica recibida,»la víctima optó por regresar al domicilio del acusado “por el absoluto grado de dependencia emocional que tenía hacia el mismo”, y que a partir de entonces volvieron las palizas.
El fiscal enumera en su escrito algunos de los «distintos episodios violentos» sufridos por mujer.
Relata que el 4 de noviembre de 2016, entablaron una discusión al quererse ésta ir al domicilio de sus padres con el bebé y que en un determinado momento, «y guiado por el ánimo de
menoscabar su integridad física y de imponer su voluntad, le propinó varios golpes, impidiendo que se llevara al niño».
«La agredió con los puños en la cabeza, cara, nariz y nuca, así como en las piernas, dándole un cabezazo en la mandíbula y colocándole un tenedor en el cuello», detalla.
La mujer decidió abandonar al día siguiente la vivienda, no pudiendo llevarse al bebé.
Un día más tarde, la mujer regresó de nuevo al domicilio familiar donde el acusado se encaró con ella y “guiado por el ánimo de menoscabar su integridad física”, le dio una bofetada.
El fiscal indica que pese a que la propia víctima fue quien dio aviso a la Policía, cuando los agentes se presentaron en el domicilio ésta se negó a interponer una denuncia.
El 6 de noviembre de 2016 la víctima fue asistida médicamente por una unidad del SUMMA 112, “apreciándole inicialmente un desplazamiento nasal y contusión, limitación funcional en el segundo dedo de la mano derecha e inflamación en región malar, aparte de contusiones varias”, y fue trasladarla al Hospital Gregorio Marañón para valoración urgente,
al apreciarse un traumatismo craneoencefálico, sin perdida de conciencia.
«Por tales lesiones, la perjudicada recibió una primera asistencia facultativa, no llegándose a realizar el preceptivo reconocimiento e informe médico forense», añade.
La mujer decidió poner fin a la relación sentimental, «como consecuencia de las continuas agresiones físicas y psicológicas», en enero de 2017, y se trasladó a vivir al domicilio de sus padres, junto a sus hijos menores.
El fiscal expone que aunque la relación sentimental ya había acabado, el 17 de febrero de 2017 el acusado efectuó una llamada de teléfono a su expareja «en la que guiado por el ánimo de imponer su voluntad y de atemorizarla», le dijo “que o le traía al niño o iría a casa de sus padres y los tirotearía”, y ella, «sumida en un colapso emocional y, ante el temor sufrido, tal día cogió al bebé y se trasladaron a la vivienda».
Cuenta que una vez allí, «a los pocos minutos», el acusado adoptó un comportamiento “agresivo” y comenzó a proferirle expresiones tales como “eres una p***” mientras le golpeaba.
La agarró por la cabeza y «se la estampó contra la puerta de la vivienda, procediendo posteriormente a darle varios empujones y tirarla al suelo», detalla.
De acuerdo al escrito del fiscal, al día siguiente, la volvió a agredir. Por la mañana, estando en el salón y en la habitación, le propinó empujones y puñetazos en los brazos, además de golpes en la cara y en el cuerpo, llegando a alcanzarla con un cazo en la cabeza, tras refugiarse en el baño. Durante la noche,
estando ella tumbada en la cama ella, el acusado la golpeó, colocándose encima y dándole puñetazos en el cuerpo y mordiscos en los brazos.
Nuevamente, durante la mañana del 19 de febrero de 2017, el acusado se dirigió a ella y le propinó «diversos golpes en el cuerpo», barbilla, oído y pómulo, y la cogió del cuello.
La mujer «quiso marcharse del domicilio con el bebé, impidiéndoselo el acusado, quien le decía que “se fuera si quería pero q el bebé no saldría del domicilio”, coartándole de esta manera su capacidad de
decidir», señala la Fiscalía.
En torno a las 19.00 horas del mismo día 19 de febrero de 2017 y, encontrándose el acusado con su pareja y con su bebé, en el parque llamado de los Mosquitos de Madrid, el acusado se encaró con ella , al quererse esta machar con el bebé, y «guiado por el ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó un fuerte puñetazo en la cara».
«Cansada ya de la situación sufrida y ante el temor que pudiera pasarle algo a su hijo«, la víctima decidió avisar a la Policía.
Los agentes se percataron de las lesiones que presentaba. La mujer tuvo que ser asistida por una unidad del SAMUR y, posteriormente, trasladada a un centro hospitalario.
La Fiscalía informa que el 21 de febrero de 2017, el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 5 de Madrid acordó las medidas cautelares de prohibición al acusado de aproximara a la mujer a una distancia de 500 metros, a su domicilio, a su lugar de trabajo o cualquier otro que frecuente, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, adoptándose la preceptiva orden de protección, con vigencia de las mismas hasta la finalización del procedimiento.
Medidas cautelares que se controlan mediante un dispositivo de detección de proximidad o pulsera electrónica.