Admitida a trámite la denuncia de Fiscalía contra la procuradora de la ADP por un supuesto delito de falsedad documental

A Felipe S. Juanas le molesta que se haya admitido a trámite la querella por injurias del decano del ICPM

29 / 10 / 2019 06:15

Confilegal publicó el pasado 23 de octubre una noticia bajo el titular «Admitida a trámite la querella por injurias del decano de los procuradores de Madrid contra Felipe S. Juanas».

Un hecho incontrovertido. Porque así lo había decidido la magistrada-juez del Juzgado de Instrucción 45 de Madrid, Luisa María Prieto Ramírez, según su auto de 16 de octubre, al que tuvo acceso nuetro diario.

Gabriel María de Diego Quevedo, el decano, basa su acusación en el escrito de impugnación que el procurador Felipe Segundo Juanas Blanco, presidente de la Asociación de Defensa del Procurador, presentó ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Y lo hizo para responder al recurso de casación contra la sentencia 60/2018 de 7 de febrero del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había interpuesto el Colegio de Procuradores de Madrid.

En el documento de impugnación, el procurador disidente Felipe Segundo Juanas Blanco afirma –negro sobre blanco– que “Se destruyeron la totalidad de las papeletas de los votos, a sabiendas de la impugnación tanto del voto por correo como del resto de actos del proceso electoral. La destrucción la llevaron a cabo familiares, amigos y candidatos de la candidatura de D. Gabriel de Diego Quevedo, todo ello sin conocimiento ni consentimiento de los miembros de la candidatura de mi representado”.

De acuerdo con fuentes del ICPM, las papeletas de los votos y la actas que dice Felipe Segundo Juanas Blanco que fueron destruidas, se encuentran depositas en el Colegio, «como debe de ser».

«Los hechos que resultan de las anteriores actuaciones presentan características que hacen presumir la posible existencia de delito de injurias, cuya instrucción corresponde a este órgano judicial, según los artículos 14.2 y 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal», dice la magistrada Prieto Ramírez.

En la información que publicamos decíamos que «El querellado fue derrotado por el actual decano en las elecciones a la Junta del Gobierno que tuvieron lugar el 24 de febrero de 2015, en las que lideró Juanas capitaneó la candidatura perdedora».

Y así fue, pero dichas elecciones, que fueron ganadas por la candidatura liderada por De Diego Quevedo por una mayoría del 79,6 por ciento, fueron anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid mediante sentencia de 7 de febrero de 2018.

Técnicamente, desde el punto de vista de Felipe Segundo Juanas Blanco, no fue derrotado.

La anulacion de las elecciones de febrero de 2015 fueron la consecuencia lógica de la nulidad de los Estatutos del Colegio de Procuradores de Madrid de 2011, dictada por el Tribunal Supremo mediante fallo de 15 de junio de 2015.

La anulación de los Estatutos se produjo «esencialmente por un defecto de forma consistente en no haber sido revisados los mismos por el Consejo General de Procuradores de España para su aprobación y posterior remisión a los órganos competentes de la Comunidad de Madrid», según explicó en 2018 el ICPM en un comunicado.

Y afectó a todos los actos subsiguientes, uno de cuyos efectos fue la dimisión en bloque de la Junta de Gobierno, que se presentó, a continuación, a las nuevas elecciones como candidatura y que volvieron a ganar con gran holgura, por una mayoría del 69,9 por ciento de los votos, el 25 de abril de 2018.

Felipe Segundo Juanas Blanco, tras la información publicada por Confilegal, nos ha enviado un escrito rogándonos su publicación.

“En relación con la noticia publicada en la que se alude a la admisión a trámite de una querella interpuesta contra mí, de la que aún no tengo conocimiento más que por la noticia publicada, y en la que se indica que fuí ‘derrotado’ en las elecciones celebradas el 24 de febrero de 2015, tal afirmación es totalmente falsa, y gravemente atentatoria contra mi honor, pues no sólo ningún Juzgado o Tribunal, incluido el Tribunal Supremo, han podido constatar las actas de las votaciones ni las papeletas de los votos, sino que la totalidad del proceso electoral ha sido declarado nulo de pleno derecho, con efectos ex tunc por reiteradas Sentencias judiciales firmes».

«Consta por otro lado acreditado judicialmente, y lo reiteraremos en su momento, que familiares de D. Gabriel de Diego Quevedo, miembros de su candidatura y amigos de estos, destruyeron papeletas de los votos el día 24 de febrero de 2015, todo ello a sabiendas de que el voto por correo, y todo el proceso electoral, excepto el acuerdo de convocatoria de elecciones, había sido impugnado en vía administrativa y denunciado en vía penal, resultando finalmente admitida la denuncia penal presentada».

«Me reservo las acciones civiles, administrativas y penales a que hubiera lugar en el ejercicio de mi derecho de defensa, no sólo contra quien ha interpuesto la querella a la que se refieren en su noticia, sino también contra aquellos que la han dado pábulo”.

Felipe Segundo Juanas Blanco reitera, en su escrito, las expresiones que han provocado la admisión de la querella de De Diego Quevedo contra su persona y que tendrá que dilucidar finalmente la magistrada titular del Juzgado de Instrucción 45 de Madrid.

 

 

 

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