Cuál es la función de los abogados generales del TJUE y quiénes son
La foto de los miembros del TJUE comprende también a los abogados generales porque forman parte del mismo en derechos y obligaciones. En esta, tomada en febrero de 2018, faltan tres. La plantilla final la conforman 10. Foto: TJUE.

Cuál es la función de los abogados generales del TJUE y quiénes son

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17/11/2019 09:30
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Actualizado: 06/10/2020 11:26
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En España no existe la figura del abogado general como el del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Para nosotros, por lo tanto, es alienígena y se presta a confusión cuando en los medios de comunicación se presenta su opinión sobre cualquier asunto conflictivo, sobre el que el tribunal tiene que emitir sentencia, como un avance del sentido de la futura sentencia.

Sucedió recientemente con la del abogado general polaco, Maciej Szpunar sobre la cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo español y, específicamente, por el tribunal del «procés», sobre si Oriol Junqueras –condenado por sedición y malversación de fondos públicos–, como eurodiputado electo, tendría inmunidad parlamentaria.

Y no es así.

Las opiniones de los abogados generales no son vinculantes para el TJUE.

De hecho, desde un punto de vista estadístico, los tribunales de este órgano judicial europeo suelen seguirlas en el 67 por ciento de los casos. 

O dicho de otra, forma: en el 33 por ciento de los asuntos sometidos a sentencia, el TJUE y los abogados generales no coinciden en absoluto.

Por lo tanto, el tribunal que debe resolver esa cuestión prejudicial podrá coincidir o no con el abogado general.

SU MISIÓN ES ASISTIR AL TRIBUNAL

En palabras del jurista italiano, Antonio Lapergola, que fue juez del TJUE y después abogado general –fallecido en 2007–, «El abogado general tiene la misión de asistir al tribunal de justicia, presentando conclusiones motivadas sobre los asuntos de que éste conoce, acompañadas de una sugerencia sobre cómo el tribunal de justicia debe resolver las cuestiones que le han sido sometidas (…). Actúa con absoluta imparcialidad y con plena independencia».

Y remachaba: «Sus conclusiones no son vinculante para el tribunal de justicia».

Así lo recordaba su discípulo Jorge Rodríguez Zapata, exmagistrado del Tribunal Constitucional y actualmente magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el prólogo que escribió para el libro «La figura del abogado general en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas«, escrito por Rosario León Jiménez.

La abogada general Juliane Kokott, de 59 años, es alemana y ostenta ese puesto desde 2003.

Sobre estas líneas, el polaco Maciej Szpunar, primer abogado general, quien decide la atribución de los asuntos que deben abordar sus compañeros sobre los que tienen después que presentar sus conclusiones.

¿DE DONDE PROCEDE LA FIGURA DEL ABOGADO GENERAL Y CUÁL ES SU FUNCIÓN?

La función de abogado general (avocat général) ya existía en el sistema legal francés antes de la Revolución Francesa. Operaban en los tribunales superiores proponiendo soluciones legales a problemas en los que se veía involucrado el Estado, la Iglesia, las comunidades o los ayuntamientos.

Desde la Revolución Francesa se hallan en el Tribunal de Casación, el Tribunal de Cuentas, los tribunales de apelación y los tribunales de lo Penal.

En otros países europeos, de sistema continental, como el de Holanda, funcionan de forma similar.

Los abogados generales que operan en el TJUE son asesores legales neutrales.

No representan a ningún cliente ante el tribunal.

Tampoco son jueces, pero forman parte del tribunal. No participan en la deliberación de cada asunto. 

Tienen, sin embargo, la misma categoría profesional y los mismos derechos y obligaciones que los jueces del TJUE.

Su función es examinar las alegaciones escritas y orales presentadas ante el tribunal en cada uno de los casos en que se plantee una nueva cuestión de derecho, y emitir una opinión imparcial al Tribunal sobre la solución jurídica que, como subrayaba Lapergola, no es vinculante.

Su rol está fijado en el artículo 19.2 del Tratado de la Unión Europea (TUE).

«El Tribunal de Justicia estará compuesto por un juez por Estado miembro. Estará asistido por abogados generales», dice el TUE.

«Los jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y los jueces del Tribunal General serán elegidos de entre personalidades que ofrezcan plenas garantías de independencia y que reúnan las condiciones contempladas en los artículos 253 y 254 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Serán nombrados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros para un período de seis años. Los jueces y abogados generales salientes podrán ser nombrados de nuevo», añade.

Pedro Cruz Villalón, presidente del Tribunal Constitucional (1998-2001) y magistrado del máximo tribunal de garantías (1992-1998), describió la figura del abogado general como una «rara avis».

En una conferencia organizada por la Fundación FIDE, en Madrid, Villalón explicaba: “cada Abogado General crea su propia función, pues el puesto va unido a la independencia, a cierta libertad, que se traduce en el enfoque que le da a su función”.

Y es que la función básica de esta figura jurídica se resume en “presentar públicamente conclusiones en los asuntos que lo merecen”. Conclusiones que «identifican de la forma más concisa posible la cuestión de derecho, para situarla en la jurisprudencia».

Eleanor Sharpton, abogada general de Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el Reino Unido.

Manuel Campos Sánchez-Bordona es el abogado general por España en el TJUE.

DIEZ «RARAS AVIS» Y UNO ES ESPAÑOL

Los «rara avis» del TJUE son diez, con lo que su elección, a pesar de hacerse por los gobiernos, se basa en el prestigio jurídico de los candidatos, a los que se exige una carrera de más de quince años de antigüedad.

España cuenta con uno en el TJUE: Manuel Campos Sánchez-Bordona, de 69 años, quien, hasta su nombramiento como abogado general, el 7 de octubre de 2015, fue magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (entre 1999 y 2015). Antes de eso, fue secretario jurídico del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas –como se denominaba antes el TJUE– (de 1995 a 1999) y presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (1984-1994).

Los otros son Priit Pikamäe, de Estonia; Juliane Kokott, de Alemania; Eleanor Sharpston, de Reino Unido; Henrik Saugmandsgaard, de Dinamarca; Michal Bobek, de la República de Chequia; Evgeni Tanchev, de Bulgaria; Giovanni Pitruzzela, de Italia; Gerard Hogan, de Irlanda.

Y Maciej Szpunar, de Polonia, que es el primer abogado general. El que decide la atribución de los asuntos que deben abordar sus compañeros sobre los que tienen después que presentar sus conclusiones; su «primus inter pares», el primero entre iguales.

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