El juez anula las citaciones como investigados de los periodistas que informaron del sumario de los CDR
Las informaciones aludían a los autos de prisión de los CDR investigados por presunto terrorismo; la Asociación de la Prensa de Madrid considera que "quienes tienen que guardar silencio son los funcionarios y no los periodistas, cuyo deber es difundir información veraz y contrastada sobre asuntos de interés público". Foto: EP

El juez anula las citaciones como investigados de los periodistas que informaron del sumario de los CDR

Como había pedido la Fiscalía Provincial de Madrid
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28/11/2019 14:37
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Actualizado: 28/11/2019 14:44
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El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, el magistrado Juan Carlos Peinado García, ha dejado sin efecto la imputación de los periodistas de los ocho medios de comunicaciónEl Mundo, El País, ABC, El Confidencial Digital, La Vanguardia, El Español, Cadena Ser y RTVE- que había citado a declarar mañana.

El juez ha admitido parcialmente el recurso de la Fiscalía Provincial de Madrid, presentado el pasado viernes contra el auto en el que citaba a los periodistas como investigados por un presunto delito de revelación de secretos; por publicar informaciones sobre el sumario de los miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) detenidos y en prisión por presunto terrorismo cuando estaba bajo secreto.

El Ministerio Público pidió que las comparecencias se anularan, al considerar que los periodistas no son «responsables de la infracción penal que es objeto de la instrucción de la presente causa» y, por tanto, «no cabría dirigir el procedimiento contra los mismos en calidad de investigados».

La Fiscalía también sostenía en su escrito que la información publicada «cumple con los requisitos constitucionales de información veraz e interés público».

LAS DEFENSAS DE LOS CDR PIDIERON INDAGAR SOBRE LAS FILTRACIONES

El magistrado titular Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, investiga a varios miembros de los CDR como presuntos autores de los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia de explosivos con fines terroristas y conspiración para la comisión de estragos.

Varios de ellos presentaron escritos ante dicho Juzgado exponiendo que, pese a que dicho procedimiento había sido declarado secreto, estaban apareciendo en los medios de comunicación detalles del modo en que se había desarrollado el operativo policial y filtraciones de las diligencias sumariales, consistentes principalmente en extractos de las declaraciones de los investigados y contenido de las intervenciones telefónicas, así como autos dictados.

Las defensas consideraban que los hechos que podrían ser constitutivos tanto de un delito de revelación de secretos, como de un delito contra la Administración de Justicia, por lo que solicitaban la incoación de pieza separada encaminada a averiguar la autoría de las filtraciones denunciadas.

El juez, previo informe del Ministerio Fiscal, acordó el desglose de los referidos escritos y su remisión al Juzgado Decano de Madrid, por si los hechos pudieran ser constitutivos de delito, y la causa correspondió por reparto al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, cuyo titular acordó la incoación de diligencias previas.

La Fiscalía también señalaba en su recurso que en dicha resolución se recoge “únicamente” que las actuaciones se iniciaron en virtud de denuncia del Juzgado Central de Instrucción número 6 “por un posible delito de revelación de secretos por funcionario”, sin especificar los artículos concretos del Código Penal que considera infringidos y en el fundamento de derecho tercero donde se dirige el procedimiento contra Cadena Ser, El País, ABC, El Confidencial Digital SL, El Mundo, La Vanguardia, El Español y RTVE, “sin exponer los motivos por los que considera presuntos autores de los hechos a los medios de comunicación contra los que dirige la causa”.

ACIJUR Y LA APM MOSTRARON SU RECHAZO A LA CITACIÓN COMO INVESTIGADOS DE PERIODISTAS

La Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (ACIJUR) manifestó su «sorpresa y absoluto rechazo» ante la medida adoptada inicialmente por el juez Juan Carlos Peinado de citar en calidad de investigados por un presunto delito de revelación de secretos a periodistas.

«Desde el más escrupuloso respeto a las resoluciones judiciales, que ha sido y es consustancial a esta asociación, ACIJUR discrepa de esta decisión que pone en entredicho el valor constitucional de la libertad de prensa y sobre todo el del derecho a la información, del que son titulares todos los ciudadanos», señaló en un comunicado esta asociación que preside Patricia Rosety.

Afirmó que «sorprende» que el juez haya citado a los periodistas en calidad de investigados cuando lo «lógico» sería que fueran llamados como testigos a la hora de investigar una presunta filtración.

Y destacó que los periodistas «tienen la obligación de informar, que es elemento fundamental para la formación de una opinión pública libre».

Tras incidir en su defensa del «ejercicio responsable de la actividad informativa, de manera especial la que tiene que ver con la Administración de Justicia», subrayó que no puede permanecer «indiferente» ante una decisión judicial «que parece ir en dirección opuesta a la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha primado siempre el interés general que garantiza el derecho a la libre y veraz información»

La Asociación de la Prensa de Madrid (APM) también mostró su rechazo a esta citación judicial.

Resaltó que los periodistas han sido citados como investigados por el juez «a pesar de que investiga un delito de revelación de secretos por parte de funcionario público» y que «según este juez instructor, los periodistas serían cooperadores necesarios de dicha revelación de secretos».

La APM considera que «quienes tienen que guardar silencio son los funcionarios y no los periodistas, cuyo deber es difundir información veraz y contrastada sobre asuntos de interés público».

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