La Fiscalía recurre la absolución de Xabi Alonso y pide que se repita el juicio
El exfutbolista Xabi Alonso se sentará en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Madrid el próximo martes. EP.

La Fiscalía recurre la absolución de Xabi Alonso y pide que se repita el juicio

|
03/12/2019 00:00
|
Actualizado: 03/12/2019 00:00
|

La Fiscalía de Madrid ha recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvió al exfutbolista Xabi Alonso de tres delitos contra la Hacienda Pública relativos a los ejercicios de 2010, 2011 y 2012, y ha pedido que se repita el juicio.

El tribunal de la Sección 30 de la Audiencia de Madrid, integrado por los magistrados Juan José Toscano Tinoco, Ana Rosa Núñez Galán, y Rosa María Quintana San Martín (ponente), determinó que resultó ajustado al régimen fiscal y que los hechos no constituyen delito.

Absolvió a Xabi Alonso, para quien la Fiscalía pedía dos años y medio por haber pagado tres millones de euros.

También exoneró al asesor fiscal Iván Zaldúa Azcuénaga y al administrador de la sociedad Kardazli, Ignasi Maestre Casanovas, de los delitos de los que le acusaba el Ministerio Público, para quienes la Fiscalía pedía la misma pena.

El Ministerio Público también impugna la absolución de Zaldúa y Maestre.

Afirma que la valoración que la Audiencia de Madrid hizo de las pruebas fue «incorrecta», y que su resolución adolece de «racionalidad jurídica».

La Fiscalía señala que «varios elementos de prueba valorados en la sentencia no fueron sometidos a contradicción en la vista oral», y que «la valoración de las pruebas que hizo el tribunal plasmada en la sentencia es incorrecta».

Para el fiscal, la sentencia impugnada centra el objeto de análisis, a los efectos de determinar si el acusado había cometido los delitos contra la Hacienda, en la realidad del contrato de cesión de derechos de imagen a la entidad Kardzali de fecha 1 de agosto de 2009, entendiendo que «únicamente podría imputarse la comisión de los delitos si tal contrato no respondiese a la realidad por tratarse de una simulación absoluta como defienden las acusaciones».

Recuerda, por ejemplo, que la sentencia habla de una forma «inhabitual» de comportarse por parte de los acusados aunque a la hora de motivar su absolución los magistrados aluden a una convicción construida sobre las declaraciones prestadas en fase de diligencias de investigación de terceras personas «que no fueron sometidas a contradicción ni inmediación».

Subraya que «no alcanza a comprender» la razón por la cual los magistrados diseccionan las declaraciones prestadas en diligencias de investigación «descartando, en cambio, parte de las actuaciones practicadas en el juicio oral».

‘FALTA DE RACIONALIDAD JURÍDICA’

Además, señala que la resolución impugnada adolece tanto de «insuficiencia como de falta de racionalidad jurídica en la motivación fáctica».

La Fiscalía precisa que sus discrepancias con los magistrados no son «valorativas», sino que el núcleo de tales discrepancias la sitúa «en la falta de racionalidad de la motivación fáctica con base en las pruebas practicadas en el juicio oral y la coherencia entre ellas».

Insiste en su escrito en que los elementos probatorios se determinen de forma «lógica» y «razonable» porque los hechos que se juzgan tienen la entidad «suficiente» para que el Ministerio Fiscal interese una sentencia de «mayor» altura habida cuenta de que Alonso dejó de tributar todas las cantidades derivadas de la explotación de su derechos de imagen que ascendían a más de 5 millones de euros.

Sostiene que a raíz de las pruebas practicadas ha quedado acreditado que Kardzali es una estructura destinada «exclusivamente» a eludir el pago de las obligaciones tributarias de Xabi Alonso y que, por tanto, la cesión de sus derechos a la misma «solo puede calificarse de simulación absoluta».

La Fiscalía entiende que Kardzali se dedicaba «únicamente» a emitir facturas «y por ello era un instrumento de ingresos y pagos».

Dado que la sentencia concluye que varias empresas pagaron al acusado por medio de la sociedad Kardzali por la explotación de sus derechos de imagen, el representante del Ministerio Público se pregunta, «¿por qué se concluye que abonaron al acusado si había cedido la explotación de los derechos de imagen a una sociedad?».

Esta circunstancia llama la atención de la Fiscalía y dice que confirma que la entidad constituía «un instrumento de ingresos y pagos».

LA FISCALÍA TAMBIÉN SE QUERELLÓ EN JUNIO CONTRA XABI ALONSO POR SUPUESTAMENTE DEFRAUDAR A HACIENDA 572.000 EUROS EN 2013 

La sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid presentó el pasado junio una segunda querella contra Xabi Alonso por la presunta comisión de un delito fiscal durante el ejercicio 2013, que asciende a 572.008 euros.

También la dirigió contra Zaldúa y Maestre.

Noticias relacionadas:

¿Por qué Xabi Alonso se libró de la condena y otros jugadores la aceptaron?

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales