El expresidente de la ANC Jordi Sànchez y los exconsejeros Josep Rull y Jordi Turull, condenados por el ‘procés’, han pedido al Tribunal Constitucional (TC) que suspenda cautelarmente la sentencia ‘procés’, especialmente después del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad parlamentaria.
El abogado de los tres, Jordi Pina, ha informado hoy en una rueda de prensa que presentó un recurso de amparo ante el TC después de que el Tribunal Supremo rechazara en octubre poner en libertad y pedir un suplicatorio a las Cortes Generales para juzgar a los presos que habían sido elegidos en las elecciones generales del 28 de abril, entre ellos Sànchez, Rull y Turull, el líder de ERC, Oriol Junqueras, y el exconsejero Raül Romeva.

Ha explicado que el 20 de diciembre presentó un segundo escrito ante máximo tribunal de garantías de España para informarle sobre la sentencia del TJUE, y ha reclamado que el Constitucional acepte su petición de medida cautelar de suspender la sentencia del ‘procés’ y dejarlos en libertad.
Sànchez, Rull y Turull están internos en el centro penitenciario de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona) cumpliendo la condena.
Sànchez y Rull fueron sentenciados por sedición.
El primero a 9 años de prisión e inhabilitación absoluta, y el segundo a 10 años y 6 meses de prisión e inhabilitación.
Turull fue condenado por sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía, como Junqueras, Romeva, y Dolors Bassa, y en su caso, el Supremo le impuso una pena de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta.
El letrado ya solicitó al Supremo la «libertad inmediata de los candidatos electos» y paralizar el juicio el pasado 6 de mayo a la espera del suplicatorio, pero el tribunal lo denegó aquel mismo mes. Entonces Pina presentó un recurso de súplica que el Supremo rechazó en octubre.
Tras ello, Pina interpuso el recurso de amparo ante el TC al considerar que el primer tribunal interpretó de forma «muy restrictiva» la inmunidad parlamentaria que establece el artículo 71 de la Constitución.
Además, dice que ante la «lentitud» del Constitucional en resolver, solicitó que adoptara la medida cautelar de suspender la sentencia si decide admitir a trámite el recurso próximamente, petición que Pina ve reforzada tras el citado fallo del TJUE.
El abogado considera que «no sería lógico que lo que vale para un eurodiputado» no valga para un diputado o un senador de un Estado miembro de la Unión Europea (UE) como España.
En el recurso de amparo y en el escrito del 20 de diciembre, Pina también solicitó la nulidad de la sentencia y planteó que el Supremo interpretó de forma restrictiva la prerrogativa de inmunidad parlamentaria, «vulnerando con ello el derecho fundamental a la representación política y al acceso a cargos públicos».
Argumentó en el recurso que «la inmunidad extiende su ámbito de protección durante todo el proceso penal, incluyendo así a aquellos diputados o senadores que son proclamados electos con posterioridad a haber sido procesados, esto es, incluso en aquellos supuestos en los que se encuentren ya en fase de juicio oral».