El informe de idoneidad sobre la nueva fiscal general del Estado del CGPJ no será unánime

El informe de idoneidad sobre la nueva fiscal general del Estado del CGPJ no será unánime

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16/1/2020 00:00
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Actualizado: 16/1/2020 00:00
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No habrá unanimidad entre los 21 miembros que componen el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el informe de idoneidad que tienen que emitir sobre el nombramiento como paso previo para formalizar su nombramiento, tal como establece la ley.

De acuerdo con fuentes del órgano de gobierno de los jueces, no se descarta que se rompa en dos y que el informe salga por una mayoría simple de 11 votos, lo que supondría un revés para la candidatura de Dolores Delgado. Porque normalmente estos informes se suelen saldar con unanimidad.

Los vocales más conservadores piensan que la propuesta de que sea Delgado la nueva fiscal general del Estado viniendo, como viene, de ser ministra de Justicia, es legal, porque cumple todos los requisitos, pero tiene «alas de plomo».

«Vulnera el principio de imparcialidad objetiva que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha repetido una y otra y otra vez en sus sentencias, porque ha sido ministra de Justicia. Su credibilidad, y la de una institución como la Fiscalía General del Estado, cuya función es la defensa de la legalidad, salta por los aires, hecha añicos», explican fuentes bien informadas.

Un artículo sobre el que también le están dando pensamiento como argumento de oposición es el 351 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, referido a la situación de «servicios especiales» para jueces y magistrados, que es utilizado como analogía por los fiscales.

A esta situación se acojen jueces y fiscales y funcionarios de carrera cuando pasan a ejercer cargos políticos. Se asemeja a una excedencia pero con la particularidad de que cuando vuelven a su destino se les aplica todas las circunstancias positivas que se les habría aplicado si no se hubieran ido.

El apartado f) dice: «Cuando sean nombrados para cargo político o de confianza en virtud de Real Decreto, Decreto autonómico o acuerdo de Pleno de Entidad Local, o elegidos para cargos públicos representativos en el Parlamento Europeo, Congreso de los Diputados, Senado, Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, Juntas Generales de los Territorios Históricos o Corporaciones locales».

«En este caso, así como en el supuesto previsto en la letra f) del artículo 356, los jueces y magistrados, y los funcionarios de otros cuerpos, que reingresen en la Carrera correspondiente deberán abstenerse, y en su caso podrán ser recusados, de intervenir en cualesquiera asuntos en los que sean parte partidos o agrupaciones políticas, o aquellos de sus integrantes que ostenten o hayan ostentado cargo público».

Dolores Delgado se acogió, al ser nombrada ministra, a la situación de servicios especiales.

Y seguirá en dicha situación como fiscal general del Estado, por lo que no es del todo aplicable, si bien tiene la particularidad de que no es un cargo cualquiera sino la cúspide de su propia carrera.

Por lo tanto, algunos vocales entienden que podría ser recusada, por su reciente destino, de intervenir en los asuntos en los que sean parte partidos o agrupaciones políticas, tal como indica el artículo en cuestión, lo que forma parte de las «alas de plomo», referidas con anterioridad.

Ciertamente, no será un pleno pacífico.

 

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