Lastra anuncia que el nuevo Código Penal convertirá en delito la exaltación del franquismo
Sánchez también anunció en enero que promoverá una revisión de los delitos de rebelión y de sedición. Foto: EP

Lastra anuncia que el nuevo Código Penal convertirá en delito la exaltación del franquismo

"Exhumaremos a las víctimas que aún yacen en las fosas comunes, retiraremos la simbología franquista que aún queda en lugares públicos y reformaremos el Código Penal para que la apología y la exaltación del franquismo sean al fin un delito", ha explicado
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10/2/2020 13:22
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Actualizado: 10/2/2020 13:58
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La ‘número dos’ del PSOE, Adriana Lastra, ha anunciado hoy que el nuevo Código Penal incorporará como delito la exaltación del franquismo.

«Exhumaremos a las víctimas que aún yacen en las fosas comunes, retiraremos la simbología franquista que aún queda en lugares públicos y reformaremos el Código Penal para que la apología y la exaltación del franquismo sean al fin un delito», ha explicado.

Con esta decisión se da un salto con respecto al acuerdo de coalición con Unidas Podemos, que se limitaba a prohibir la exaltación y enaltecimiento del franquismo en lugares de acceso
público.

«En democracia no se homenajea ni a dictadores ni a tiranos», ha expresado Lastra, que solo se ha referido al franquismo, no al comunismo.

El pasado 19 de septiembre, el Parlamento Europeo aprobó una resolución sobre «la importancia de la memoria histórica europea para el futuro de Europa».

En ella, pidió a todos los Estados miembros de la UE que «hagan una evaluación clara y basada en principios de los crímenes y los actos de agresión perpetrados por los regímenes comunistas totalitarios y el régimen nazi», expresó su «preocupación por el hecho de que se sigan usando símbolos de los regímenes totalitarios en la esfera pública y con fines comerciales», y recordó que varios países europeos han prohibido el uso de símbolos nazis y comunistas».

La vicesecretaria general y portavoz del PSOE en el Congreso ha hecho este anuncio en un desayuno informativo organizado por el Foro de la Nueva Economía, en el que ha reconocido que aún no ha visto borrador alguno de la reforma del Código Penal, un proyecto en el que está trabajando el Ministerio de Justicia que dirige Juan Carlos Campo.

El Código Penal es ley orgánica y requiere para su reforma una mayoría absoluta de apoyos (al menos 176 diputados) en una votación final sobre el conjunto del proyecto.

Por tanto, el PSOE precisaría más apoyos que el ya prestado por los grupos parlamentarios que votaron a favor de la investidura de Sánchez como presidente del Gobierno.

Bastaría con mantener dichos apoyos y obtener el sí de aquellas formaciones que se abstuvieron, como ERC y Bildu, además del voto favorable de otras como JxCat.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, también anunció el pasado enero que promoverá una revisión de los delitos de rebelión y de sedición.

Para que «se ajusten mejor a la realidad actual”, según explicó entonces la portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Dijo que la reforma no se suscita exclusivamente por la conveniencia de actualizar los delitos de rebelión y de sedición por los que se ha juzgado a los líderes del ‘procés’, sino también para revisar los delitos sexuales con la idea de introducir el consentimiento expreso en las relaciones. 

Según recoge el artículo 544 del Código Penal, “son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.

El artículo 545.1 establece las penas: «Serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo».

«Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años”, precisa el 545.2.

Montero no aclaró si los socialistas son partidarios de suavizar el delito de sedición, pese a que los periodistas le preguntaron de forma reiterada.

Fuentes del Gobierno no han descartado que finalmente se pudiera endurecer el delito de rebelión (artículo 472 del Código Penal), pero suavizar el de sedición, según ha publicado Europa Press.

La citada agencia también ha informado que fuentes jurídicas consultadas coinciden en señalar que la aplicación de esta reforma penal, al venir respaldada por una mayoría reforzada en el Parlamento, supondría un menor coste al Ejecutivo que la aprobación de indultos parciales o totales cuya aprobación corresponde en exclusiva al Gobierno.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, magistrado en servicios especiales, ha señalado recientemente que hay que reformar “sin asustarse” el Código Penal. En concreto, se refirió  a las figuras penales de la sedición y la rebelión y afirmó que “son más propias de ataques a la soberanía en el siglo XIX” cuando se pensaba en ataques “con tanques en la calle”.

Se pronunció así en V Encuentro Cumplen, organizado por la Asociación de Profesionales de Cumplimiento Normativo, que tuvo lugar el pasado 23 y 24 de enero.

Por su parte, el secretario de Justicia e Interior del PP, Enrique López, también magistrado en servicios especiales, y consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, afirma que el Gobierno quiere con la reforma del Código Penal que revisará el delito de sedición “blanquear el suceso más grave, junto al golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, que se ha producido en democracia”.

“Su objetivo es rebajar la pena para aplicarlo de forma retroactiva a los condenados por uno de los sucesos más graves ocurridos en democracia como fue el golpe de Estado en Cataluña hace dos años”, señala López.

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