Dos años y medio de cárcel por defraudar 456.000 euros de IVA a Hacienda
Edificio de la Audiencia Provincial de Cáceres, que también alberga a los Juzgados y, específicamente, al Penal 2, donde se juzgó este caso. Foto: Google.

Dos años y medio de cárcel por defraudar 456.000 euros de IVA a Hacienda

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22/2/2020 06:30
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Actualizado: 09/9/2022 12:46
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La magistrada del Juzgado de lo Penal 2 de Cáceres, Vanesa Pérez Bañuelos, ha condenado a J.I.C, administrador único de la mercantil Fibra Óptica de Cáceres, S.L., a dos años y medio de cárcel y a pagar dos multas que juntas suman 456.000 euros por dos delitos contra la Hacienda Pública en su modalidad de elusión del pago de impuestos contemplado en el artículo 305 del Código Penal.

Fibra Óptica de Cáceres, empresa creada el 7 de noviembre de 2011 y en la que J.I.C. ostenta el 95 por ciento de las participaciones sociales –el equivalente a acciones en las sociedades anónimas–, ha sido también condenada, como responsable civil directo, 456.000 euros, por los dos delitos, más los correspondientes intereses legales. 

Esa es la cantidad que dejaron de abonar en concepto de pago del Impuesto del Valor Añadido (IVA) durante los ejercicios de 2014 y 2015.

J.I.C, de acuerdo con la sentencia, abonó 32.880 euros en concepto de IVA, cuando le había correspondido ingresar 270.262 euros, defraudando así 194.000 euros en 2014.

En 2015, la empresa de instalación de fibra óptica, que tiene su domicilio en el Polígono Industrial Capellanías, declaró un IVA de 23.355 en vez de los 285.355 euros que tenía que haber ingresado. En este caso la defraudación fue de 262.000 euros.

«No concurren en el acusado circunstancias modificativas de la responsabilidad penal ni la atenuante de confesión de los hechos, del artículo 21.4 del Código Penal, ni la analógica de confesión tardía de los hechos, del artículo 21.7 del Código Penal, invocada por el letrado de la defensa de forma subsidiaria», dice la magistrada en su sentencia 202/2019 de 4 de diciembre.

Estos hechos, añade la magistrada, se realizaron “con evidente ánimo defraudatorio, para eludir el pago de considerables cantidades en concepto de IVA”.

La empresa dejó de tener actividad en 2015. En el Registro Mercantil figura un solo empleado.

La sentencia se puede recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.

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