VOX recurre ante el Supremo la designación de Iglesias como miembro de la Comisión de Asuntos de Inteligencia
Pide la medida cautelar de suspensión del artículo 4, apartado 2, del Real Decreto recurrido (“Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia”).

VOX recurre ante el Supremo la designación de Iglesias como miembro de la Comisión de Asuntos de Inteligencia

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27/2/2020 15:45
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Actualizado: 27/2/2020 17:19
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Los 52 diputados de VOX han presentado hoy un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el nombramiento de la exministra de Justicia, Dolores Delgado como fiscal general del Estado, y otro contra designación del vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, como miembro de la comisión del Gobierno que controla la actividad del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

En este vídeo lo explican la portavoz adjunta del Grupo Parlamentario VOX Macarena Olona Chocán, abogada del Estado en servicios especiales, y el secretario general de VOX, Javier Ortega Smith:

En concreto, han interpuesto un recurso contra el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros el pasado martes por el que se aprobó el Real Decreto 410/2020, de 25 de febrero, por cual se nombró fiscal general del Estado a Delgado, quien desde ayer ejerce como fiscal general después de que su nombramiento fuese publicado en el BOE.

Delgado prometió ayer su cargo como fiscal general del Estado ante el Rey y tomó posesión en el Salón de Plenos del Tribunal Supremo.

El otro lo han presentado contra el Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.

Los diputados de VOX piden la adopción de medida cautelar de suspensión del artículo 4, apartado 2, del Real Decreto recurrido (“Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia”) «con el fin de impedir que pueda participar quien, con arreglo a la Ley de 2002 que regula el CNI, no tiene derecho a acceder a la información sensible que maneja el CNI ni mucho menos participar en la adopción de los acuerdos».

Afirman que este Real Decreto «infringe frontalmente la Ley 11/2002 en la medida en que atribuye la condición de miembro integrante de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia» al vicepresidente segundo y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Los diputados de VOX señalan que «de no acordarse la medida cautelar de suspensión, los efectos del acto recurrido serán irreversibles en la medida en que habrá tenido acceso a la sensible información que recepciona y gestiona para el desarrollo de sus funciones la Comisión Delegada quien, por mandato expreso del Legislador -integrado, entre otros, por los Diputados hoy recurrentes-, no está habilitado para acceder a dicha información ni, desde luego, para participar en la toma de decisiones que se adopten por el citado Órgano colegiado».

Indican que se desconocen las razones que han podido llevar al Consejo de Ministros a considerar que el ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 «debía acceder a la información sensible que centraliza el CNI».

Apuntan que con tal previsión, «ha obviado» que la voluntad del legislador fue que «dicho acceso estuviera limitado a los miembros del Gobierno que determina taxativamente la Ley 11/2002, y, con carácter de invitados y de manera eventual, los titulares de aquellos otros órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado que se estime conveniente».

«Véase como no se habilita dicho acceso tampoco a Administraciones diversas de la General del Estado, así que, por mas que la voluntad del Consejo de Ministros fuera dar entrada a titulares de Administraciones diversas, dicho acceso estaría vedado por imperativo de los principios mencionados de legalidad y jerarquía normativa cuya contravención determina la nulidad radical del acto o disposición infractora», explican.

Dicen que «si el Gobierno, por las consideraciones que estime oportunas», desea que Pablo Iglesias «tenga acceso al CNI, debe promover una reforma legislativa que así lo determine, modificando el artículo 6 de la Ley 11/2002″.

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