Navas & Cusí reclamará principal e intereses de las tarjetas ‘revolving’

El despacho considera que el usuario puede reclamar no solo por el carácter usurario de las tarjetas sino también por su falta de transparencia y abusividad

5 / 03 / 2020 12:33

Tras la sentencia del Tribunal Supremo que declara “usurario” un tipo de interés del 26% para una tarjeta ‘revolving’. El despacho Navas & Cusí ha anunciado que reclamará el principal e intereses de todas las tarjetas de este tipo.

“No solo tienen tipos de usura sino que el mismo mecanismo de la tarjeta es abusivo y poco transparente”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí.

La ley antiusura señala como “usurarios” aquellos intereses “manifiestamente desproporcionados” al “interés normal del dinero”. En este sentido, el Supremo interpreta que el interés normal del dinero será la estadística más ajustada del Banco de España en el momento de la contratación.

Como la autoridad supervisora no publicó la media de interés de las ‘revolving’ hasta 2017, el Supremo interpreta que hasta 2017 el tipo con el que se debe de comparar es el de préstamos al consumo, alrededor del 10%. “Por tanto, el 100% de las ‘revolving’ previas al 2017 son consideradas usurarias”, explica Navas.

En cuanto a las tarjetas ‘revolving’ posteriores al 2017, apunta, «habrá que analizar si son manifiestamente desproporcionadas respecto a la media». Aquí, continua, «el Supremo no ofrece una solución clara, pero si apunta algunos elementos. En primer lugar, que un 20% de media de las ‘revolving’ ya es una cifra elevada».

Además, «critica la comercialización agresiva, sin análisis de solvencia a tipos de interés elevados, señalando que esas prácticas no pueden ser sujeto de protección jurídica”.

«Abusividad y falta de transparencia»

También señala que “cuanto mayor es la media menos margen hay para no incurrir en usura”. La conclusión, según Navas, es que «toda tarjeta por encima del 25% será considera usuraria».

Sin embargo, la ley antiusura no es la única manera de defenderse de las ‘revolving’. Navas también apunta a la abusividad y la falta de transparencia. “Así es como hemos ganado varios casos porque nunca se explicó el complejo mecanismo interno, ni que los intereses se acumulaban en caso de impago, de hecho es complejísimo descifrar qué corresponde a principal y qué a intereses”.

«Incluso aunque se trate de una tarjeta ‘revolving’ con tipos de interés situados en la media de interés publicada por el Banco de España se puede reclamar vía abusividad», sostiene.

Un 20% de interés cuando el BCE sitúa el precio del dinero prácticamente en cero es sin duda un abuso, una relación desequilibrada”.

La conclusión en los tres escenarios -usura, abusividad y falta de transparencia- es siempre la misma, señala, «la nulidad del préstamo en su conjunto». “Todos los que estén atrapados en una ‘revolving’ pueden liberarse, la sentencia de Supremo otorga más garantías frente a una mala practica bancaria”, concluye.

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