Los repartidores de comida a domicilio demandarán a las plataformas y al Gobierno si alguno de ellos coge el coronavirus
El sindicato de repartidores de plataformas digitales Free Riders interpondrá una denuncia porque se les obliga a trabajar.

Los repartidores de comida a domicilio demandarán a las plataformas y al Gobierno si alguno de ellos coge el coronavirus

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16/3/2020 06:30
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Actualizado: 16/3/2020 08:56
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El sindicato de repartidores de plataformas digitales Free Riders interpondrá este lunes una denuncia ante la inspección de Trabajo por la situación derivada del Real Decreto Ley de Estado de Alarma que les obliga a trabajar.

“Es discriminatorio», alegan, «y nuestra saludad está en juego”, apunta Robert Castro, abogado de este colectivo.

Según confirma esta publicación “aprovecharemos para dar a conocer todas nuestras irregularidades contractuales, como el ser falso autónomo y no trabajar en condiciones de seguridad y salud”.

A su juicio, “puede ser incluso inconstitucional porque genera una discriminación hacia este colectivo que se ve obligado a trabajar para cobrar en esta difícil coyuntura. Dicho Real Decreto puede limitar derechos fundamentales pero no puede discriminar hacia otros colectivos”, apunta.

Para este jurista “no se entiende que no se pueda parar el comercio online de plataforma y el reparto a domicilio en varias semanas. El virus puede pasar de uno a otro lado usuario y ‘riders’ y realmente se podría evitar esta situación”, apunta Castro.

En el caso de que algún repartidor diera positivo y quisiera emprender acciones, “desde este sindicato lo tramitaríamos. Habría otra denuncia a la inspección, otra demanda en el juzgado de lo social reclamando una indemnización por daños y perjuicios por ser un accidenta laboral en toda regla y una demanda judicial por esta desprotección”.

Castro recuerda que “en este caso tendría que estar en casa y dejar de trabajar. No tendría derecho ni a prestación por baja ni por accidente laboral. No cobraría nada”.

Al mismo tiempo, recuerda que hay sentencias importantes de los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y de Cataluña donde se habla de la laboralidad de estos profesionales.

“Creo que la balanza se está decantando hacia ese lado y esperamos que la regulación del Ministerio de Trabajo se haga en este escenario de ajeneidad”, apunta.

Este abogado experto en derecho del trabajo cree que el citado Real Decreto Ley de Estado de Alarma “pretende evitar que el máximo numero de personas salga a la calle. No creo que el reparto a domicilio sea prioritario en este momento para propiciar que estos repartidores tengan que hacer pedidos”.

El asunto ha saldado en redes sociales cuando este sábado el sindicato de repartidores de plataformas digitales Free Riders ha hecho dos preguntas en twitter a la ministra de Trabajo e Inclusión Social, Yolanda Díaz para que les aclare.

La primera «¿porque nosotros, los ‘riders’, no tenemos derecho a la seguridad y a la salud en el trabajo?».

Otra cuestión que plantea este colectivo es por qué el Real Decreto aprobado este sábado y ya en vigor desde esta media noche “no prohíbe no prohíbe el reparto a domicilio si esto implica riesgo de contagio para el «rider» y para los usuarios?

LA MINISTRA DE TRABAJO, DESAPARECIDA  

Dos preguntas en twitter que quedará en el aire. De hecho la propia titular de Trabajo desde que publicó la Guía de Relaciones Laborales para el Coronavirus parece estar desaparecida en combate desde aquel momento.

Como se dice popularmente se ha quitado de en medio y del primer plano de forma elegante.

Curiosamente, Díaz, desde que asumió la cartera de Trabajo y Economía Social, se ha caracterizado en sus manifestaciones por señalar que los repartidores de plataforma son trabajadores por cuenta ajena.

Sin embargo resulta curioso que este colectivo quede desprotegido en el caso que se vean afectado por coronavirus.

Al mismo tiempo, «esta medida ha sido respaldada también en redes sociales por las grandes marcas de restauración y hostelería de España, que, junto con las plataformas de reparto Just Eat, Glovo, Deliveroo, Uber Eats y Stuart, reunidas en Adigital, mostraban su apoyo a la decisión de la Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Cantabria y Galicia de permitir la continuidad del servicio de comida a domicilio, pese a la orden de cierre de restaurantes en dichas regiones”.

Según este grupo empresarial, dicha medida evitará el cierre total de la actividad de los restaurantes y proporcionará a los ciudadanos y familias que así lo requieran una alternativa de servicio.

“Pero el riesgo es evidente que estos profesionales puedan contraer el coronavirus. Ya se han confirmado positivos en Amazon  en sus centros logísticos de Barcelona y Madrid”.

La sensación de intranquilidad en los repartidores de plataformas digitales es clara. Habrá que ver que pasa esta noche, porque la noche del domingo suele ser uno de los puntos clave de mayor demanda de comida a domicilio para estos profesionales

Desde Free Riders se anuncian medidas contra el Gobierno y así se ha reflejado en un tuit de esta cuenta que nos confirme Castro.

“Si algún ‘rider’ se contagia por el #coronavirus estos días en que el decreto de estado de Alarma nos obliga a trabajar denunciaremos por accidente laboral tanto a la empresa como al propio gobierno”, apuntaba dicho mensaje.

Para Castro, “es oportuna la medida del Ministerio de Trabajo de si estás en cuarentena o enfermo por este virus se equipare a accidente laboral y tengas tu sueldo garantizado. Pero en en este caso, pese a las sentencias que avalan que muchos de ellos son falsos autónomos otros se encuentran en una situación complicada, próxima la encerrona. Solo cobras si trabajas”.

Hecha la consulta al Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad social, cuya cuenta de Twitter @instrabajoyss no ha dejado de responder a dudas legales de empresarios y expertos en derecho laboral, ante el escenario de este Real Decreto Ley de Estado de Alarma y las posibles medidas económicas que se aprueben en los próximos días para flexibilizar el entorno

Para su presidente, Ana Ercoreca de la Cruz, inspectora de Trabajo y Seguridad Social “lo primero que tienen que hacer es denunciar a la empresa por falso autónomo. Eso ira a la jurisdicción con el acta de la inspección. Será el juzgado que tendrá que valorar si realmente había esa relación laboral. Luego tendrían que denunciar el accidente de trabajo y que el trabajo no tenia las medidas de protección adecuadas al mismo”.

En esta casuística, indica que «las multas serian acumuladas, la falta de alta 3.126 euros y segundo una investigación del accidente. En el caso que se comprobase donde se ha producido el contagio y que tuvo lugar en el trabajo, la sanción es de 2046 euros por falta de prevención a lo que se une un recargo del 30%. Se sancionaría la falta de medidas y el no tener el equipo de protección adecuado».

Las plataformas digitales, como otras compañías, están obligadas por la normativa de prevención de riesgo laborales a evaluar los puestos de trabajo “luego tienen que ver si hace falta equipos de protección individual o colectivos. Tendrían que contar con un equipo adecuado de mascarillas, guantes o geles y mantener una distancia prudencial.  Serían dos infracciones acumuladas, cada una de 2046 euros”

Al mismo tiempo cita el Real Decreto 773/97 y el articulo 17 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales que regula este tipo de asuntos. También nos confirma que de momento no ha habido denuncias sobre este tipo en la propia inspección de trabajo y seguridad social.  Habrá que estar atentos en los próximos días.

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