El TSJM consulta al CGPJ la posibilidad de celebrar juicios sobre asuntos no esenciales antes del fin del estado de alarma

El TSJM consulta al CGPJ la posibilidad de celebrar juicios sobre asuntos no esenciales antes del fin del estado de alarma

Ha trasladado también al CGPJ su plan de reactivación de la actividad judicial

19 / 05 / 2020 18:45

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha consultado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la posibilidad de reanudar la celebración de juicios y vistas en asuntos no catalogados como esenciales antes de la finalización del estado de alarma provocado por la pandemia de coronavirus.

Esta consulta, explica el TSJM, nace ante la diferencia de interpretaciones que han surgido tras los acuerdos de la Comisión Permanente y el Real Decreto 16/2020.

El objetivo es ofrecer a los órganos judiciales una respuesta segura, con garantía de estabilidad, ante una de las cuestiones que han venido motivando el mayor número de consultas en los últimos días.

Junto a ello, el órgano presidido por Celso Rodríguez ha trasladado al CGPJ su plan de reactivación de la actividad judicial, tal y como pidió la Comisión Permanente a las distintas Salas de Gobierno de los TSJ.

El documento del TSJM contempla medidas de protección sanitarias y establece criterios para la realización de actuaciones judiciales y en el ámbito gubernativo.

Asimismo, señala que los órganos judiciales que lo precisen pedirán a la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid la puesta a disposición o instalación de las aplicaciones informáticas que permitan la celebración de actuaciones por el cauce telemático con las debidas garantías.

Así como medidas de protección individual y colectivo y una mayor dotación del personal de vigilancia que presta servicios en las sedes judiciales.

El plan del TSJM busca recuperar de forma progresiva el funcionamiento de los juzgados y tribunales y hacer frente a un escenario que califica como «complejo» y de «incuestionable deterioro del rendimiento del sistema judicial».

Algo que, afirma, «sin duda, arrastrará sus consecuencias durante mucho tiempo. Negar esta premisa sería desconocer la realidad».

Sobre las vistas telemáticas, el TSJM establece que al menos el juez deberá estar en la sede judicial y habrá de garantizarse con especial atención la conexión de los intervinientes por cauces securizados.

Añade que deberán utilizarse las aplicaciones implantadas por la agencia Madrid Digital y seguir sus recomendaciones. Por ello, se solicitará a esta agencia que proporcione a los usuarios planes de formación específicos y refuerce la dotación destinada a prestar atención y resolver las incidencias que puedan producirse.

En aquellos órganos judiciales colegiados que no hubiesen todavía iniciado en la práctica las deliberaciones telemáticas, deberán llevarse a efecto, ya sea mediante correo o mensaje electrónico, ya sea a través de sistema bidireccional de imagen y sonido si estuviese instalado en los dispositivos de los magistrados.

Calendario para el uso de las salas de vista

Además, con el objetivo de un uso eficaz de las salas disponibles, para aquellos casos en los que varios órganos judiciales tengan que compartir el uso de las salas de vista, encomienda a los Jueces Decanos la asignación en cada sede por días.

Deberán tenerse en cuenta en cualquier caso factores como la duración de las vistas, su necesaria distancia temporal, el número de asistentes, el aforo de la sede, y se deberá cuidar de la limpieza recomendada de las salas tras cada uso.

Establece que se podrán utilizar en horario de mañana y tarde, debiendo mediar entre cada turno de sesiones al menos una hora.

En cuanto a la asistencia telefónica, el TSJM apunta que el personal del órgano judicial que reciba esta solicitud deberá asegurarse de la identidad del interlocutor y dejar constancia de la llamada y número desde el que se realiza.

Reordenación de las agendas de señalamiento

La reordenación de las agendas de señalamientos de las actuaciones suspendidas y las que haya que realizar en adelante se acomodará a los indicadores generales establecidos en el acuerdo de 11 de mayo de 2020 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

Así todo, como criterio orientativo, el TSJM establece que las actuaciones judiciales ya señaladas se mantendrán en la medida en que puedan realizarse de acuerdo con la nueva dimensión de las dotaciones de personal y disponibilidad de medios y espacios, siempre que ya estuviesen cursadas las correspondientes citaciones.

Agrega que se procurará dar prioridad a las actuaciones suspendidas durante el período del estado de alarma con el fin de no demorar más de lo necesario su celebración, sin perjuicio de otorgar a los asuntos de nuevo ingreso la preferencia que resulte de su naturaleza legal o contenido.

Planes de refuerzo, sustituciones y comisiones de servicio

En el momento en el que se disponga por la Sala de Gobierno de una estadística sobre el número de asuntos pendientes, suspendidos y escritos pendientes de proveer en cada órgano judicial actualizada a las circunstancias actuales, se promoverá la revisión de todos los planes de refuerzo vigentes con el fin de priorizar la atención y el apoyo a aquellos órganos cuyas necesidades se revelen preferentes.

El mismo criterio, explica el TSJM, se utilizará para el llamamiento de los jueces sustitutos, cuya incorporación a los órganos judiciales se realizará, además, en función de la naturaleza del órgano que resulte necesario cubrir temporalmente.

Además, la Sala de Gobierno interesa del Consejo General del Poder Judicial la revocación de las comisiones de servicio con relevación de funciones que se encuentran desempeñando los magistrados de los órganos judiciales del ámbito del TSJM, con el fin de disponer de una cobertura racional de los órganos de los que actualmente son titulares y asimismo incrementar la disponibilidad de jueces sustitutos y magistrados suplentes cuya incorporación a planes de refuerzo resultará necesaria.

Sobre las vacaciones, en línea con las recomendaciones del CGPJ, contempla la concentración durante el mes de agosto, llevándose a cabo durante ese período la sustitución reducida que acuerden las respectivas Juntas de Jueces.

Control de acceso a las sedes judiciales

Sobre las medidas de protección individual y colectiva, el TSJM se mantiene en la línea marcada por el Ministerio de Justicia y el CGPJ en cuanto a distancias de seguridad, uso de mascarillas, geles y guantes y espacios comunes.

Apunta que sería conveniente que se estableciera un mapa en cada sede judicial con los puestos de trabajo o las sillas de salas de espera que pueden ser utilizados de forma simultánea respetando la distancia de prevención.

En todos los casos en que no pueda mantenerse la distancia interpersonal de seguridad o disponer de alternativa de barrea física, deberán hacerse uso de EPIs.

El TSJM acuerda que se establecerá, cuando sea posible, un mecanismo de control de acceso en la entrada de las sedes judiciales que garantice el cumplimiento estricto del aforo máximo, impidiendo el acceso de cualquier persona una vez superado éste, hasta que se alivie el número de personas ubicadas en el interior de la sede judicial.

Se requiere para ello una mayor dotación del personal de vigilancia que presta servicios en las sedes judiciales, cuando el mismo no fuese suficiente, así como la colocación de señales que delimiten en el exterior y en el interior de las sedes la distancia de 2 metros.

Recomienda también al jefe de Gabinete de Comunicación del TSJ el establecimiento de un protocolo de reserva expresa de plazas destinadas a los medios, con una asignación siguiendo criterios de servicio público y audiencia, y toma de imágenes en régimen de ‘pool’.

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