La Fiscalía pide el archivo de la causa abierta contra el alcalde de Madrid por el cierre de los parques
El abogado José Luis Mazón presentó una denuncia penal contra Martínez-Almeida y el concejal de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante; los acusa de “prevaricación e impedimento del ejercicio del derecho fundamental de libre circulación”.

La Fiscalía pide el archivo de la causa abierta contra el alcalde de Madrid por el cierre de los parques

Reclama que se deje sin efecto la comparecencia prevista para este sábado, 23 de mayo
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21/5/2020 14:05
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Actualizado: 21/5/2020 14:44
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La Fiscalía Provincial de Madrid se ha adherido al recurso presentado por la representación legal del alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, y del concejal de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabantante, ante el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid en el que se solicita el sobreseimiento de la causa abierta contra ambos por el cierre de los parques y que, por tanto, deje sin efecto sus respectivas comparecencias previstas para el próximo sábado, 23 de mayo.

El abogado José Luis Mazón presentó el 5 de mayo una denuncia penal contra Martínez-Almeida y Carabante por mantener los parques cerrados durante las 6 horas diarias en las que se permite salir a hacer deporte y pasear.

Los acusa de “prevaricación e impedimento del ejercicio del derecho fundamental de libre circulación”.

Además, el 8 de mayo Mazón presentó un recurso contencioso-administrativo de derechos fundamentales contra la denuncia que ese mismo día le había puesto la Policía Municipal de Madrid por pasear por el Parque del Oeste, cercano al Paseo Pintor Rosales, uno de los espacios verdes de la capital.

Sobre este recurso, el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Madrid rechazó ayer la medida cautelar de reabrir los grandes parques de la capital, así como paralizar la denuncia a Mazón.

Por su parte, el magistrado titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado García, ha citado al alcalde y al concejal a una comparecencia presencial el 23 de mayo.

El abogado denunciante, José Luis Mazón, con 32 años de ejercicio.

La Fiscalía afirma que tanto la denuncia como el auto incoado no aclaran la resolución concreta que sería presuntamente arbitraria y que se desconoce las personas que dictaron dicha resolución, al margen de que el Consistorio sí esté habilitado, a juicio del Ministerio Público, para adoptar dicha decisión.

La Fiscalía no aprecia en la resolución de mantener cerrados al público los parques y jardines de la capital dictada por las personas denunciadas “datos que permitan inferir que contradicen la norma de forma patente y grosera o desborden la legalidad de un modo evidente, flagrante y clamoroso, o muestren una desviación o torcimiento del derecho de tal manera grosera, clara y evidente que sea de apreciar el plus de antijuridicidad que requiere el tipo penal”.

Pide al magistrado que rechace la medida cautelar de reabrir los parques y jardines cerrados al público, requerida por Mazón.

A la Fiscalía le llama “poderosamente” la atención el hecho de que el denunciante atribuya al alcalde de Madrid y a este concejal un delito de prevaricación en su modalidad de dictar una resolución arbitraria sin mencionar a qué resolución concreta se refiere “debiendo adivinar las partes intervinientes la misma”.

Además de reflejar en su escrito que se desconoce si la resolución que el abogado José Luis Mazón tilda de arbitraria fue dictada por las personas denunciadas, expresa que de la denuncia se puede inferir que está vinculada al uso de parques o jardines y “que la misma pudo dictarse careciendo de competencias por quién la dictó”.

Por ello, informa al magistrado que si se atribuye una prevaricación por acción resulta “indispensable” determinar la resolución aparentemente arbitraria.

El representante del Ministerio Público explica que la arbitrariedad aparece “cuando la resolución, en el aspecto en que se manifiesta su contradicción con el Derecho, no es sostenible mediante ningún método aceptable de interpretación de la ley”.

O bien “cuando falta una fundamentación jurídica razonable distinta de la voluntad de su autor, convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad, o cuando la resolución adoptada -desde el punto de vista objetivo- no resulta cubierta por ninguna interpretación de la ley basada en cánones interpretativos admitidos”.

Por tanto, precisa que para que la referida decisión del Ayuntamiento pudiera considerarse “arbitraria” debía equipararse a una resolución «objetivamente injusta», «en abierta contradicción con la ley», y de «manifiesta irracionalidad».

A juicio de la Fiscalía, no puede entenderse como arbitrario el hecho de cerrar ciertas zonas de la ciudad, en este caso determinados parques y jardines, “si se consideran lugares donde puedan existir aglomeraciones, y en consecuencia posibles fuentes de contagio”.

Respecto a la alegación de Mazón de que el alcalde y el concejal carecen de competencia para cerrar los parques y zonas verdes, la Fiscalía se remite a la Orden SND/380/2020 donde se «deja claro» que son las autoridades locales los que “facilitarán el reparto del espacio público a favor de los que caminan y de los que van en bicicleta, en ese orden de prioridad”.

Destaca que “de la lectura de dichos preceptos se desprende que las Administraciones mantienen sus competencias, y las ejercen en el marco de las órdenes que reciban del Gobierno» o ministro competente, y concluye que es el Ayuntamiento quien ostenta las competencias para decidir si procede la apertura de los parques y jardines.

EL DENUNCIANTE MANIFIESTA QUE ‘LA ARBITRARIEDAD ES EVIDENTE’

José Luis Mazón afirma que «la arbitrariedad es evidente porque un alcalde no tiene ninguna competencia en materia de medidas de coronavirus, que están reservadas por el estado de alarma exclusivamente al Gobierno».

Así lo ha señalado a Confilegal preguntado sobre el informe de la Fiscalía.

Además, manifiesta que «Martínez-Almeida se ha creado este problema por ser un metomentodo e inmiscuirse donde no le llaman».

Respecto al auto del Juzgado de lo Contencioso número 5 de Madrid, que deniega la medida cautelar de reabrir los parques, anuncia que ha tomado la decisión, que ya ha ejecutado, de desistir el recurso.

«De la lectura del auto se deduce el resultado final, por tanto no pierdo el tiempo», señala Mazón.

Informa que mantiene la denuncia penal y que acudirá a la cita del sábado.

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