Arriaga no tira la toalla tras la inadmisión de la querella: Recurrirá en súplica al TSJCat y después "más arriba"
Arriaga Asociados ha interpuesto, hasta la fecha, 10 querellas contra los tribunales que han fallado contra lo que él considera que ha sido el sentido de la sentencia del TJUE. Con esta promete llegar hasta el final.

Arriaga no tira la toalla tras la inadmisión de la querella: Recurrirá en súplica al TSJCat y después «más arriba»

22 / 06 / 2020 20:35

Actualizado el 13 / 08 / 2020 09:49

El socio director de Arriaga Asociados, Jesús María Ruiz de Arriaga, no tira la toalla después de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cartaluña (TSJCat) haya inadmitido la querella por un supuesto delito de prevaricación contra los cinco magistrados de la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona.

«Esto no se acaba aquí. Vamos a recurrir en súplica ante el mismo Tribunal Superior de Justicia, que ya sabemos que no va a tener recorrido. Después iremos al Tribunal Supremo y, si es preciso, al Tribunal Constitucional, en amparo, o, incluso, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos», declara Ruiz de Arriaga a Confilegal. 

«Desde nuestro punto de vista, vemos la inadmisión de nuestra querella como un ataque al artículo 24.1 de la Constitución, que garantiza la tutela judicial efectiva, y también contra el 125, porque lo que se ha producido es un desprecio a la acción popular, por corporativismo, por autoprotección», añade el abogado.

El TSJCat considera, en su auto, que los hechos denunciados por Arriaga no constituyen delito alguno. «Con independencia de su acierto jurídico que deberá ser evaluado a resultas de un eventual recurso de casación, la sentencia dictada por los magistrados querellados no puede ser calificada ni remotamente de arbitraria o de irrazonable», afirman. 

Arriaga se querelló el pasado mes de mayo contra los cinco integrantes del tribunal que, el 24 de abril, desestimaron la sentencia que dictó el Juzgado de Primera Instancia 6 de Sabadell, el 15 de enero de 2019. Este fallo fue anulado al considerar, el tribunal colegiado, que la cláusula de Índice de Referencia Préstamos Hipotecarios (IRPH) no estaba sujeta al control de transparencia al ser un índice oficial establecido por el Banco de España.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia del pasado 3 de marzo, por el contrario, estableció que el IRPH sí que estaba sujeto a dicho control de transparencia, como todos los índices restantes. Y dictó que debía explicarse al consumidor, de forma fácilmente asequible y clara, el modo de cálculo del tipo de interés y que se le suministrara información sobre su evolución para decidir en consecuencia.

De acuerdo con el abogado «la Audiencia Provincial de Barcelona hizo una interpretación forzada que daba la razón a los bancos. Están privando a más de un millón y medio de familias recuperar el dinero cobrado de más».

Arriaga reconoce que «la sentencia del TJUE no es todo lo clara que quisiéramos, pero es lo suficientemente clara. Como lo demuestra el hecho de que ya se han producido 26 sentencias en España, en el sentido del fallo del TJUE. Y sólo 12 han sido favorables a la banca».

«No es de recibo que muchos tribunales digan que les da lo mismo lo que diga Europa, que los van a aplicar la jurisprudencia actual del Supremo, como si no se hubiera dictado la del TJUE», añade el socio director de la firma, que recuerda que, hasta la fecha, han interpuesto 9 querellas más similares a esta.

MULTA DE 3.000 EUROS 

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCat ha multado, además, a Arriaga Asociados con 3.000 euros por interponer la querella porque, consideran, «constituye una instrumentalización intolerable del proceso penal en general y de la acción popular en particular, que conculca las reglas de la buena fe procesal y degrada a la Administración de Justicia».

En su opinión, Arriaga ha lanzado «una infundada y frívola acusación» por supuesta prevaricación contra los cinco magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona con el propósito de prevenir el efecto que pudiera tener su sentencia en otros procesos similares pendientes o futuros.

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