La Generalitat concede el tercer grado a los presos del ‘procés’
Todos ellos están condenados a penas de prisión de entre 9 y 13 años por los delitos de sedición y malversación.

La Generalitat concede el tercer grado a los presos del ‘procés’

Las juntas de tratamiento de las cárceles catalanas lo han propuesto, por unanimidad, ahora debe pronunciarse el Servicio de Clasificación de la Consejería de Justicia
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02/7/2020 12:32
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Actualizado: 03/7/2020 07:56
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Las juntas de tratamiento de las cárceles catalanas de Lledoners (Barcelona), Puig de les Basses (Gerona), y la de Wad-Ras (Barcelona) han propuesto, por unanimidad, conceder el tercer grado penitenciario, semilibertad, a los nueve líderes independentistas condenados por el ‘caso procés’, con lo que en principio solo tendrían que regresar al centro penitenciario a dormir.

Las cárceles han revisado hoy la clasificación de estos condenados por el proceso independentista en Cataluña; sentenciados el pasado 14 de octubre por el Tribunal Supremo.

Desde enero están en segundo grado, aunque flexibilizado con el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciado, que les permite salir a trabajar y hacer tareas de voluntariado.

Con la propuesta de nueva clasificación se abre un periodo de dos meses en el que el Servicio de Clasificación de la Consejería de Justicia, en manos de Ester Capella (ERC), debe emitir una resolución ratificando o no. Si lo ratifica saldrían inmediatamente de manera ejecutiva.

Las propuestas de las juntas de tratamiento son avaladas por el Servicio de Clasificación en torno al 95% de casos, y normalmente no se agota el plazo para dar una respuesta.

Calderó ha precisado que con toda seguridad no podrán salir este fin de semana porque «no da el tiempo material» para estudiar toda la documentación.

Una vez haya resolución del Servicio de Clasificación de la Consejería, la Fiscalía podrá recurrir ante el juzgado de vigilancia penitenciaria y posteriormente al tribunal sentenciador, en este caso el Tribunal Supremo.

Preguntado Calderó sobre si en caso de otorgarles el tercer grado serán trasladados a una centro abierto, ha dicho que todavía no está decidido, pero que hay presos en tercer grado saliendo desde prisiones ordinarias, centros abiertos e incluso pisos de la Generalitat.

POLÉMICA EN MARZO

La consejera de Justicia de Cataluña, Ester Capella, dijo el pasado 31 de marzo en la radio pública catalana Catalunya Ràdio que las juntas de tratamiento de las cárceles iban a estudiar aquel día si la situación de emergencia por el Covid-19 permitía que más presos pasen el confinamiento en su casa, entre ellos los del ‘procés’.

Capella explicó que desde ese día se estudiará que estos presos abandonen las cárceles y se vayan a su casa mientras dure la crisis sanitaria, aludiendo a que en esta situación hay que tomar medidas “excepcionales”.

Ante esto, el Tribunal Supremo informó de las posibles consecuencias de tomar decisiones sin fundamento jurídico y al margen de la legalidad.

Este fue su mensaje: “En el caso de que la Junta de Tratamiento de las cárceles donde se encuentran los presos de la causa del procès acuerde su excarcelación para cumplir el confinamiento en sus respectivos domicilios, el Tribunal Supremo se dirigirá a cada de esas juntas de régimen general y al director/directora de los centros respectivos para que a la mayor brevedad expliquen el fundamento jurídico que justifica esa decisión e identifiquen de forma nominal a los funcionarios que han apoyado ese acuerdo. Ello se enmarcaría en la exigencia de responsabilidades penales por la posible comisión de un delito de prevaricación”.

El pasado 18 de febrero, Manos Limpias denunció a Capella ante la Fiscalía General del Estado (FGE) por supuestos delitos de prevaricación y fraude de ley, por “favorecer” a los presos del ‘procés’.

Esta asociación que preside Miguel Bernad considera que Capella está preparando la salida de los presos del ‘procés’ en el régimen de semilibertad aplicando “torticeramente” el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para “darle un encaje a la carta” a los líderes independentistas.

LAS CONDENAS

El líder de ERC y exvicepresidente catalán Oriol Junqueras fue condenado a 13 años de prisión y a 13 de inhabilitación absoluta por un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía.

Por los mismos delitos fueron sentenciados los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa a 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta.

El Supremo también condenó por sedición a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell a 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta; a los exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull a 10 años y 6 meses de prisión, y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta; y a los líderes de la ANC y Òmnium Cultural Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente, a 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta.

A los exconsejeros Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó -en libertad- los sentenció como autores de un delito de desobediencia a cada uno con 10 meses de multa, con una cuota diaria de 200 euros, y a un 1 año y 8 meses de inhabilitación especial.

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