La Fiscalía argumentará mañana que hubo una situación 'claramente insurreccional' en Cataluña
Se trata de los 9 sentenciados por sedición a penas de prisión: Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Carme Fordadell, Joaquim Forn y Dolors Bassa.

Con Rull y Turull, aplicado el 100.2 a todos los presos del ‘procés’, condenados el pasado 14 de octubre

Las juntas de tratamiento han aprobado la aplicación, necesitan de la aprobación del juez de vigilancia penitenciaria, previa consulta a la Fiscalía, y si ésta recurre, resolverá la Audiencia de Barcelona

6 / 03 / 2020 10:18

Actualizado el 06 / 03 / 2020 10:25

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Con la aprobación ayer de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners (Barcelona) de la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a los exconsejeros catalanes Josep Rull y Jordi Turull, ya se ha aplicado dicho artículo a todos los presos por el ‘procés’, condenados hace cinco meses, el pasado 14 de octubre.

Pueden salir de cárcel para trabajar, hacer voluntariado o cuidar a familiares, en aplicación del citado artículo, que permite flexibilizar el régimen de prisión pese a estar clasificado en segundo grado.

Se trata de los 9 sentenciados por sedición a penas de prisión.

La consejera catalana de Justicia, Ester Capella, ya había anunciado que el 100.2 se aplicaría a todos ellos.

Manos Limpias presentó el pasado 18 de febrero una denuncia contra Capella ante la Fiscalía General del Estado (FGE) por supuestos delitos de prevaricación y fraude de ley, por «favorecer»a los presos del ‘proces’.

Los otros 3 condenados por el ‘procés’, los exconsejeros Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó -en libertad-, fueron sentenciados por un delito de desobediencia a 10 meses de multa cada uno, con una cuota diaria de 200 euros, y a un 1 año y 8 meses de inhabilitación especial.

Los exconsejeros Josep Rull y Jordi Turull podrán salir 12 horas al día, cinco días a la semana, para trabajar y hacer voluntariado.

Hoy se ha conocido que Rull trabajará en los servicios jurídicos de Mútua Terrasa.

La incorporación de Rull, que es abogado, será para reforzar la asesoría legal de la entidad poniendo el foco en los ámbitos relacionados con la economía circular, la eficiencia energética y la sostenibilidad, según ha informado la entidad en un comunicado.

Rull también hará voluntariado, pero en una entidad ajena a Mútua Terrassa, ha apuntado la mutua.

También se ha aplicado el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario al exconsejero Quim Forn, con salidas de cinco días a la semana 12 horas y media para ir a trabajar a Mediapro; a la exconsejera Dolors Bassa, tres días durante ocho horas para cuidar a un familiar, y al expresidente de la ANC y exdiputado de JxCat, Jordi Sànchez, que puede salir tres días 11 horas para voluntariado.

Se ha aplicado también a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell, tres días a la semana nueve horas cada día para cuidado de un familiar y voluntariado; al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, 9 horas y media cinco días por trabajo y voluntariado; al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras; y al exconsejero Raül Romeva, en libertad tres días entre semana, seis horas cada día.

Romeva trabaja para una asociación privada, y Junqueras, que es licenciado en Historia Moderna y Contemporánea y doctor en Historia del Pensamiento Económico, da clases en la Universidad de Vic (Barcelona)

El pasado viernes, Convivencia Cívica Catalana presentó una denuncia contra la Universidad y Junqueras ante el juzgado de guardia de Barcelona por un presunto delito de quebrantamiento de condena.

Indica que Junqueras “no puede ser contratado” por ningún ente del sector público catalán, “siendo la Fundación Balmes (que gestiona la Universidad) miembro del mismo”.

“Es incompatible trabajar en una fundación del sector público habiendo sido inhabilitado y condenado por malversación y sedición”, ha señalado a Confilegal el presidente de Convivencia Cívica Catalana, el abogado Ángel Escolano.

Estas salidas son de aplicación inmediata aunque necesitan de una aprobación posterior del juez de vigilancia penitenciaria, previa consulta a la Fiscalía, y la última palabra la tiene la Audiencia Provincial de Barcelona.

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