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Sobre el teletrabajo en el mundo rural

Sobre el teletrabajo en el mundo rural
El columnista, Carlos Franco, afirma que el reciente auge percibido en el mundo rural como alternativa tanto residencial como vacacional debe venir aparejada de una mejora sustancial de los servicios esenciales, de posibilidades de trabajo y finalmente de la interconexión digital de su entorno.
29/7/2020 06:35
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Actualizado: 29/7/2020 08:22
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Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) han supuesto una transformación innovadora en los sistemas de trabajo y la vida cotidiana en el Siglo XXI, pues permiten a las personas conectarse con familiares, amigos, compañeros de trabajo y jefes, en cualquier momento.

Sin embargo, también facilitan la intromisión del trabajo remunerado en los espacios y tiempos normalmente reservados para la vida personal.

La desvinculación del trabajo remunerado de los espacios de oficina tradicional ha sido un factor crucial en este desarrollo.

Hoy día, el trabajo de oficina y, en términos más generales, el trabajo basado en el conocimiento, se fundamenta en gran medida en Internet y se desarrolla prácticamente desde cualquier lugar y en cualquier momento.

Esta nueva independencia espacial ha transformado el papel de la tecnología en el entorno de trabajo, ofreciendo nuevas oportunidades y planteando nuevos desafíos.[1]

El trabajo a distancia, en la situación actual en el escenario provocado por el COVID-19, ha determinado que haya tenido que dictarse el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, por el que se han adoptado medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de esta pandemia, y entre ellas, la  de algunas normas que regulan su régimen jurídico, como aquella que permite, de forma excepcional, que sea el propio trabajador a distancia, el que realice la autoevaluación de las condiciones en las que se encuentra su puesto de trabajo.[2]

En este sentido, la crisis sanitaria derivada del Covid-19 ha hecho que el trabajo a distancia se mostrara como el mecanismo más eficaz para asegurar el mantenimiento de la actividad durante la pandemia y para garantizar la prevención frente al contagio.

Durante la crisis sanitaria no solo se ha reforzado la tendencia a la normalización del trabajo a distancia que ya se anticipaba con anterioridad a la misma, sino que incluso su utilización se ha llegado a configurar como preferente, tanto en España como en otros países de nuestro entorno.

La crisis sanitaria, en consecuencia, ha permitido advertir no solo sobre las potencialidades, sino también los retos y los peligros de una forma de trabajo que hasta ahora ha sido cuando menos peculiar en nuestro país, pero que probablemente no lo será tanto a partir de ahora.

A este respecto, datos de Eurofound[3] revelan que un 37 % de los trabajadores de la Unión Europea comenzó a teletrabajar con motivo de la pandemia.

La mayor parte de los trabajadores que modificaron su jornada en favor del teletrabajo los encontramos en los países nórdicos y Benelux (cerca del 60% en Finlandia y por encima del 50% en Luxemburgo, Países Bajos, Bélgica y Dinamarca, y 40% o más en Irlanda, Suecia, Austria e Italia).[4]

La regulación del trabajo a distancia en el Ordenamiento Jurídico español se ha encontrado hasta ahora en el artículo 13 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Se trata de una norma sucinta, que muestra la escasa relevancia que esta modalidad ha tenido tradicionalmente y que refleja una realidad muy diferente a la actual.

El trabajo a distancia que se advierte en el texto del artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores es un trabajo marginal, amenazado por la economía sumergida y el trabajo y salario no declarados, en muchas ocasiones degradado y raramente escogido como opción prioritaria por la persona trabajadora.[5]

Evidentemente se hace necesaria una regulación propia por esa aludida y advertida ya potencialidad con realidad de presente.

Uno de los principales retos a los que se enfrenta el trabajo a distancia está relacionado con los tiempos de trabajo y descanso.

La cuestión del tiempo de trabajo y del derecho a la desconexión adquiere una dimensión especial en el caso de las personas que desarrollan trabajo a distancia, porque la posibilidad de flexibilidad horaria y la propia naturaleza del mismo hace que los límites entre la vida profesional y la vida personal a veces se desdibujen.

DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL

Por ello es necesario que estén especialmente protegidas por la legislación.

El derecho a la desconexión digital se encuentra actualmente regulado en el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, a la que expresamente hace referencia la presente norma.

Para garantizar la separación efectiva entre el tiempo laboral y el tiempo personal que asegure a su vez este derecho a la desconexión resulta necesario que el horario de la persona trabajadora a distancia esté específica y claramente identificado en el acuerdo de trabajo a distancia, sin perjuicio del derecho a la alteración de éste que, con los límites y condiciones establecidos en dicho acuerdo, corresponde a la persona trabajadora.

A pesar de que el aludido Anteproyecto de Ley refiere que el teletrabajo es una “forma de trabajo que supone un ahorro de tiempo, que puede contribuir a la lucha contra la contaminación y que puede tener virtualidad incluso para revitalizar los núcleos de población rural”, la realidad de la España Vaciada, como veremos a continuación, es muy distinta.

Según indica el Banco de España, la estimación del número potencial de empleos que podrían realizarse desde casa muestra que aproximadamente el 60% de los empleos de los grupos de ocupaciones cualificadas podrían realizarse mediante teletrabajo.[6]

Código CON 2011 a 1 dígito  

Título CON a 1 dígito

 

%

2 Técnicos y profesionales científicos e intelectuales 58,9
1 Directores y gerentes 56,2
3 Técnicos y profesionales de apoyo 53,2
4 Empleados contables, administrativos y otros empleados de oficina 45,3
8 Operadores de instalaciones y maquinaria, y montadores 26,0
5 Trabajadores de los servicios de restauración, personales y de protección, y vendedores 17,5
6 Trabajadores cualificados de los sectores agrícola, ganadero, forestal y pesquero 8,3
9 Ocupaciones elementales 7,3
7 Artesanos y trabajadores cualificados de las industrias manufactureras y la construcción (excepto operadores de instalaciones y maquinaria) 1,6
0 Ocupaciones militares 0,0
TOTAL 30,6

Fuente: Instituto Nacional de Estadística (Encuesta de Población Activa, microdatos de la submuestra anual de 2019).

Sin embargo, de la anterior tabla también puede desprenderse que difícilmente puede desempeñarse la actividad laboral a través del teletrabajo en el mundo rural, toda vez que en su mayoría consiste en actividades del sector primario y, en menor medida, secundario en donde la asistencia presencial de los trabajadores resulta imprescindible.

Ello supone que, a las dificultades añadidas provocadas por el Covid-19 a los trabajadores que obligan a muchos de ellos a realizar sus tareas laborales desde su domicilio, en muchas situaciones implicará la necesaria cesación de sus actividades a través del, desgraciadamente famoso en estos días, Expediente de Regulación Temporal de Empleo o ERTE, con el consecuente perjuicio económico tanto para el trabajador como para el empresario.

De igual modo y en los términos adelantados en nuestro anterior artículo relativo a la desconexión digital en el mundo rural, en las Comunidades Autónomas de Galicia, Castilla y León, Extremadura, Castilla-la Mancha y Andalucía, el porcentaje de hogares desconectados se sitúa por encima del 10 por ciento que, teniendo en cuenta que en las grandes ciudades de estas Comunidades Autónomas todas están conectadas, suponen un importante número de familias carentes de internet en las zonas rurales.

En este sentido destacan iniciativas como la de la Junta de Castilla y León en concordancia con la Diputación de León para llevar internet por satélite a los pueblos de difícil acceso[7] así como un incremento en el presupuesto, hasta los 4,2 millones tras una modificación de crédito, para llevar internet al medio rural con el objetivo de acabar con la brecha digital que, en palabras del Presidente de la Diputación en un comunicado oficial difundido en video, la crisis derivada del COVID-19 ha puesto en evidencia la brecha digital entre los pueblos y las ciudades impidiendo garantizar a todos los ciudadanos de la provincia las mismas condiciones a la hora de continuar con los estudios, teletrabajar o acceder a la cultura, un problema grave que establece diferencias entre los que vivimos en el medio rural y los que viven en las grandes ciudades.[8]

Como corolario, advertir que el reciente auge percibido en el mundo rural como alternativa tanto residencial como vacacional en detrimento del mundo urbano debido al pasado confinamiento y a las restricciones de movilidad, debe venir aparejada de una mejora sustancial de los servicios esenciales, de posibilidades de trabajo y finalmente de la interconexión digital de su entorno pues, a pesar de que la desconexión digital como método para aliviar el llamado tecnoestrés, también conocido como síndrome de la fatiga informática[9], constituye uno de los mayores atractivos del mundo rural, pues la globalización y digitalización del mundo ha permitido aliviar sustancialmente los efectos devastadores de la presente crisis económica mundial, de la que el mundo rural no es ajena debiendo ofrecer nuevas posibilidades, también un quantum significativo de oportunidades a los ciudadanos para su desarrollo personal y profesional.

 

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[1] Informe OIT “Working anytime, anywhere: The effects on the world of work” Febrero 2017.

[2] https://confilegal.com/20200425-protocolos-del-trabajo-a-distancia/

[3] Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Trabajo.

[4] Informe Eurofound “Living, working and COVID-19. First findings” Abril 2020.

[5] EM Anteproyecto Ley de Trabajo a Distancia.

[6] Banco de España “Artículos Analíticos. Boletín Económico 2/2020”, El Teletrabajo en España, elaborado por Brindusa Anghel, Marianela Cozzolino y Aitor Lacues, de la Dirección General de Economía y Estadística.

[7] https://www.lanuevacronica.com/un-plan-de-diputacion-y-junta-llevara-internet-por-satelite-a-los-pueblos-de-dificil-acceso

[8] https://www.lanuevacronica.com/diputacion-incrementa-el-presupuesto-de-este-ano-para-llevar-internet-a-los-pueblos

[9] https://confilegal.com/20200315-tecnoestres-un-mal-de-nuestro-tiempo/

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